Term | Definition |
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rechazar |
Resistir un cuerpo a otro. || No aceptar. || Obligar a alguien o algo a que retroceda, especialmente a un enemigo. || Denegar lo que se solicita o pide. || En materia procesal, no admitir un recurso. || Rehusarse a darle curso a una demanda o acusación. || No admitir lo que se propone u ofrece. || Despreciar a una persona o grupo de ellas. || Repulsar una idea o forma de actuar o ser.
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rechazo |
Resistencia de un cuerpo a otro. || No aceptación. || La acción y el resultado de que alguien o algo retrocedan. || Denegación de lo que se solicita o pide. || En materia procesal, inadmisibilidad de un recurso. || Acción y efecto de rehusarse a dar curso a una demanda o acusación. || Acción y efecto de no admitir lo que se propone u ofrece. || Desprecio por una persona o grupo de ellas. || Repulsa de una idea o forma de actuar o ser.
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rechazo ad portas | Denegación de conocer un asunto, gestionar una petición o aceptar una actividad sin que haya mayor análisis para la negativa. || En materia procesal, nominación del que deniega sin analizar el fondo de lo solicitado en virtud de una evidente improcedencia o por motivo de graves defectos de forma. ► ad portas. rechazo de plano. |
rechazo ad portas en sede administrativa | El rechazo, sin análisis del fondo, que se da en competencias o jurisdicciones concernientes a órganos administrativos. En cuanto al rechazo 'ad portas' en sede administrativa la Sala Constitucional había resuelto que no es lícito rechazar de esa forma una gestión, salvo si contenía vicios que impedían su tramitación, tales como la falta de identidad del solicitante, su firma o la falta de precisión de la pretensión. |
rechazo de plano | Inadmisibilidad de una gestión cuya improcedencia es evidente y que tiene como objeto no someter a las partes a un trámite inútil; así como dispensar al Estado de gastos innecesarios. El rechazo de plano tiene su límite en que no se convierta en una denegación de justicia. |
rechazo de pruebas |
Denegación de conocer y analizar testimonios, documentos, evidencias y demás probanzas que se pretenden hacer valer en un juicio. || Situación en la que una persona que juzga decide no conocer pruebas que, por versar sobre hechos impertinentes o superfluos, son legalmente prohibidas o ineficaces. || Conducta procesal impropia que comete el juez o jueza cuando rechaza prueba legalmente admisible o que la denegación pueda causar indefensión a alguna de las partes. > prueba.
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rechazo del recurso |
En Costa Rica, en el tesauro del Digesto de Jurisprudencia, descriptor que comprende la denegación a los recursos de amparo, habeas corpus o acciones de inconstitucional que se incoan ante la Sala Constitucional.
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recibí |
Palabra, documento o fórmula sacramental con la que se expresa que un acreedor recibió la prestación debida por el deudor.
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recibido | En Costa Rica, documento que la persona que recibe algo, por lo general un documento, con su firma confirma la recepción. Andá y me dejás este escrito en el juzgado: no se te olvide que te firmen el recibido. |
recibir |
Tomar o hacerse cargo de lo que le dan o le envían. || Percibir, obtener un sueldo, renta o suma. || Admitir o aceptar una cosa. || Padecer un daño. Recibir un golpe. || Admitir dentro de sí una cosa. || Dicho de una obra, construcción o trabajo: Aceptarlos como terminados. || Acoger al que lo visita a uno. || Recoger al que llega. || Hacer frente al quien acomete. || Tomar una investidura o título. Ya se recibió de abogada. || Experimentar un sentimiento. Recibir una gran alegría. Recibir un disgusto. || Captar una señal, onda o frecuencia.
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recibo | Acción y resultado de tomar o hacerse cargo de lo que le dan o le envían. || Escrito o documento en que se declara o manifiesta que se recibió algo, por lo general una suma dineraria. || ser de recibo. Locución con la que se indica que algo posee las condiciones o características para ser admitido o aceptado. |
reciclado (a) |
Se dice de lo que se hace o fue elaborado a partir de materiales a los que se les ha restituido su valor económico y energético. || > reciclaje.
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reciclaje |
Transformación de residuos mediante procesos que permiten la restitución del valor económico y energético y posponen su disposición final o eliminación. El reciclaje implica que la restitución implique un ahorro de energía y materias primas sin perjuicio para la salud y el ambiente. || Exposición de una cosa a un proceso renovador de forma que se pueda reutilizar. || Actualización, renovación, reemplazo de algo.
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reciclamiento |
> reciclaje.
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reciclar |
Transformar residuos mediante procesos que permiten restituirles valor económico y energético de manera que se evite su disposición final o eliminación. || Exponer una cosa a un proceso renovador de forma que se puede volver a usar. || Someter una materia a un mismo ciclo. || En asuntos educativos: Brindar formación complementaria, sea profesional o técnica. || Actualizar, renovar, reemplazar algo.
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