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Term Definition
delito formal

Delito que se consuma con la simple acción del autor, sin que sea necesario un daño efectivo para su configuración. Ejemplo de delito formal son las amenazas. “[…] no puede dejarse de indicar que la denominación de «delitos formales» ha quedado es descrédito, pues se ha utilizado para denominar a hechos en los cuales se considera que no resulta necesaria la afectación al bien jurídico. Por ello había señalado Jiménez de Asúa que “no hay delito sin resultado y creemos que llegó la hora de poner coto al abuso de llamar formales a los delitos que no necesitan causar un daño para ser perfectos” (Jiménez de Asúa, Tratado- III, 4ª ed., 1963, p. 335). De tal manera que resulta inadmisible la idea de un «delito formal», si con ello se entiende que basta únicamente con la realización de la acción prevista en el tipo penal, tal como sostiene el impugnante, dejando de lado aspecto subjetivos y, más importante, la efectiva afectación —lesión o peligro— del bien jurídico, en este caso el Honor. Ya desde el ámbito de la política criminal se indica que el legislador no puede disponer sanción más que para aquellas conductas que afecten bienes jurídicos y, por ende, quedan fuera del campo del Derecho Penal las que no cumplan con tal requisito”. (Sentencia del Tribunal de Casación Penal de San Ramón, nº 629 de 23 de noviembre de 2007). delito. delito material.

delito frustrado

Forma inconclusa en la ejecución de un delito que se da cuando el sujeto perpetrador ha realizado todo lo necesario para su consumación; sin embargo, no se logra el resultado por circunstancias independientes de su voluntad. “[El delito frustrado] se presenta cuando el agente ha realizado, con el objeto de cometer un delito, todo lo que es necesario para consumarlo, y sin embargo no lo ha logrado por circunstancias independientes de su voluntad. Esto se diferencia de la tentativa, porque en la tentativa el autor no hace todo lo necesario por causas independientes a su voluntad, pues hubo un factor externo que le impidió continuar su actuación”. (Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, N.º 1097 de 09:00 h de 11 de junio de 2014). tentativa acabada.

delito grave

En asuntos de delincuencia organizada, conducta que constituye un delito sancionado con pena de privación de libertad de al menos cuatro años, o con pena mayor. grupo delictivo organizado.

delito imposible

Denominación de la circunstancia en que hay imposibilidad de conseguir un resultado delictivo o un fin criminal, en razón del medio empleado por el agente, las circunstancias del hecho, el sujeto que interviene o el objeto sobre el que recae la acción. “El delito imposible, también denominado tentativa inidónea, se da cuando: “[…] la acción del autor dirigida a la realización de un tipo penal no puede llegar a la consumación en las circunstancias dadas, sea por razones fácticas, sea por razones jurídicas. Este es el caso en la inidoneidad del objeto, del medio o del sujeto. También se incluyen aquí los supuestos en los que el objeto de la acción previsto por el autor no se encuentra en el lugar del hecho, o contra lo esperado, se mantiene alejado del mismo (inidoneidad del medio). Ejemplos: El intento de dar muerte a un cadáver (RG 1, 451 [452]) constituye tentativa sobre objeto inidóneo, y el intento de aborto con pastillas contra el dolor de cabeza (RG 17, 58) es tentativa con medios inidóneos, debiéndose la inidoneidad en ambos casos a razones fácticas” (Jescheck, Hans-Heinrich : Tratado de Derecho Penal Parte General, Granada, España, Editorial Comares, 1993, pág. 480)”. (Sentencia de la Sala Tercera, N.º 59 de 11:50 h de 4 de febrero de 2014). “La figura del delito imposible impide la acción punitiva estatal, en tanto, por no existir afectación al bien jurídico, resultaría excesiva una pena. La dificultad de interpretación jurídica que se podría presentar es, que en todos los casos de tentativa es posible pensar que hubo alguna inidoneidad para conseguir el resultado que se pretendía. Por esto, tal y como lo señala Eugenio Raúl Zaffaroni en su libro “Teoría del Delito”, pg. 691 “la capacidad o incapacidad consumativa del medio debe valorarse objetivamente, en abstracto respecto de un aspecto y en concreto respecto a otro”. (Sentencia del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal, San Ramón, N.º 800 de 11:55 h de 16 de diciembre de 2015). tentativa inidónea.

delito impropio de omisión
delito imprudente
delito in fraganti
delito informático

Ilícito penal en que las computadoras —o artefactos similares— sus técnicas y funciones sirven como medio o se ejecutan como fin. El fraude informático (como medio) y el sabotaje informático (como fin) son delitos informáticos.

delito instantáneo

Acción delictiva cuya consumación se produce en el instante que se da el resultado. “Delito instantáneo sería aquel en el cual la consumación se produce con la realización del último acto o el resultado, ya sea lesión o puesta en peligro del bien jurídico, sin que se cree una situación antijurídica duradera; prototipo del anterior es el homicidio, en el cual el resultado (muerte de una persona) constituye la consumación del hecho, sin que importe que las consecuencias del mismo sean permanentes”. (Sentencia del Tribunal de Casación Penal de San Ramón, nº 108 de 09:35 h de 23 de febrero de 2007).

delito material

Delito que se consuma con la producción de un resultado determinado o daño efectivo, legalmente dispuesto. El delito material produce un cambio en el mundo y puede haber un resultado de daño o de peligro concreto. El homicidio es ejemplo de delito material. delito formal.

delito medioambiental
delito permanente

Acción delictiva cuya consumación, por voluntad del autor, se prolonga en el tiempo. Ejemplos de delito permanente son: la privación ilegítima de libertad, la detención ilegal, el allanamiento de morada o la tenencia ilegal de armas y explosivos. Constituyen delitos permanentes “…aquellos hechos en los que el delito no está concluido con la realización del tipo, sino que se mantiene por la voluntad delictiva del autor tanto tiempo como subsiste el estado antijurídico creado por él mismo”. (Sentencia del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San Ramón, N.º 438 de 11:30 h de 1 de junio de 2012). delito de estado.

delito perseguible a instancia privada

Categoría que comprende los delitos que solo se pueden perseguir o investigar a instancia de la víctima, sus representantes legales, algunos de los parientes o causahabientes legitimados. delito de acción pública.

delito pluriofensivo

Conducta delictiva que afecta a más de un bien jurídico tutelado. La denuncia y querella calumniosa al afectar a la Administración de Justicia y, a un mismo tiempo, al honor, se configura como delito pluriofensivo. Al delito pluriofensivo también se le llama ‘delito compuesto’. En el delito pluriofensivo “[e]s cuestión de interpretación si con el delito que afecta al segundo bien jurídico hay concurso de delitos o concurso de leyes”.

delito plurisubjetivo

Conducta delictiva resultante de la necesaria acción de varias personas. delito unisubjetivo.

delito plurisubjetivo de convergencia

Conducta delictiva resultante de la concurrencia uniforme de dos o más personas para conseguir un mismo objetivo ilícito. La delincuencia organizada es ejemplo de delito plurisubjetivo de convergencia.

delito plurisubjetivo de encuentro

Conducta delictiva resultante de la concurrencia autónoma de varias personas para la consecución de un objetivo ilícito. El cohecho es ejemplo de delito plurisubjetivo de encuentro.

delito plurisubsistente

Conducta delictiva que se configura con la necesaria realización de varias acciones de la misma especie. El ejercicio ilegal de una profesión y el proxenetismo son ejemplos de delitos plurisubsistentes. delito unisubsistente.

delito político

Conducta delictiva que se comete contra el orden constitucional o los poderes públicos del país o de la nación y que tiene como fin alterar o cambiar el manejo estatal del poder. La rebelión y la propaganda contra el orden constitucional pueden enmarcarse como delitos políticos. política. || Delito que sanciona la conducta ilegal que pretenda variar la forma de gobierno existente.

delito por comisión
delito por omisión

Conducta delictiva en que se incurre cuando no se hace lo que la ley preceptúa. delito de comisión por omisión.

delito preterintencional

Conducta delictiva que produce efectos más graves que los que el autor pretendía causar. Hay delito preterintencional cuando el agente quería solamente golpear, y mata al golpeado.

delito privilegiado

Nominación que se le da al delito cuyo extremo mínimo de la pena se puede atenuar en virtud de una circunstancia que favorece al autor. La agresión con armas en estado de emoción violenta y el aborto ‘honoris causa’ son ejemplos de delitos privilegiados. extremos de la pena.

delito relativo a la tesorería de partido político

En Costa Rica, delito especial que sanciona al tesorero de un partido político —o a la persona autorizada para administrar fondos partidarios— que recibe, directa o indirectamente, contribuciones, donaciones, préstamos o aportes, en dinero o en especie, en contravención a las disposiciones legales, sean estos provenientes de personas jurídicas, extranjeros, depositados en cuenta bancaria en el extranjero o realizados mediante estructuras paralelas. partido político. || En Costa Rica, delito especial que sanciona al tesorero de un partido político que una vez prevenido por el Tribunal Supremo de Elecciones sobre el deber de reportar las contribuciones, las donaciones y los aportes, en dinero o en especie, que reciba ese partido político, omite el envío del informe, lo presente en forma incompleta o lo retrase injustificadamente. || En Costa Rica, delito especial que sanciona al tesorero de un partido político que, ante el requerimiento formal del Tribunal Supremo de Elecciones, no brinda información de las auditorías sobre el financiamiento privado del partido o suministra datos falsos. || En Costa Rica, delito especial que sanciona al tesorero de un partido político que no comunica, de inmediato, al Tribunal Supremo de Elecciones sobre contribuciones privadas irregulares a favor del partido político o el depósito ilícito realizado en la cuenta única del partido. || En Costa Rica, delito especial que sanciona al tesorero de un partido político que recibe contribuciones de organizaciones internacionales no acreditadas ante el Tribunal Supremo de Elecciones. || En Costa Rica, delito especial que sanciona al tesorero de un partido político que recibe contribuciones anónimas a favor del partido político.

delito sexual

Conducta punible consistente en tener acceso carnal —o hacerse acceder— practicar el coito o tener relaciones sexuales, con el fin de agredir o procurarse goce sexual, en contra de la voluntad o libertad de la víctima. La violación es un delito sexual. acceso carnal. relación sexual. || Acción delictiva, contra la indemnidad sexual de la víctima, que se comete cuando se promociona, se mantiene o se utiliza para fines eróticos, pornográficos u obscenos. La corrupción, el proxenetismo, la rufianería, la trata de personas y la producción de pornografía en la que hay menores de edad son delitos sexuales.