Term | Definition |
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delito de mera actividad | Forma delictiva que se consuma con la mera realización de la conducta descrita en el tipo penal, sin que se requiera la producción de un resultado, efecto o consecuencia, en el objeto o sujeto de la acción. Los delitos de mera actividad son aquellos en los que “… la realización del tipo coincide con el último acto de la acción y por tanto no se produce un resultado separable de ella”. […] “En los delitos de mera actividad, como el abuso deshonesto por ejemplo, el tipo no exige ningún resultado en el objeto de la acción (la víctima) o de alguna otra índole que trascienda o vaya más allá de la acción misma (v. gr.: del tocamiento) y de la que se halle separada espacial y temporalmente”. (Sentencia de la Sala Tercera, N.º 1427 de 10:00 h de 15 de diciembre de 2000). ► delito de resultado. tipo penal. |