Term | Definition |
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propiedad horizontal | Locución jurídica que indica el régimen o la situación en la cual diferentes apartamentos o pisos de una casa, edificio o finca pertenecen a diversos propietarios. La propiedad horizontal constituye “una forma especial de propiedad por razón del objeto, ya que, por determinación de la estructura física del inmueble, hallemos partes del mismo que son propiedad exclusiva de sus titulares, y partes del inmueble que pertenecen a la comunidad de los propietarios”. (Informe de investigación CIJUL, tema: propiedad horizontal). || Forma de condominio o copropiedad que se da en un inmueble y que se establece entre los diferentes propietarios de los distintos pisos o locales que conforman el edificio. En la propiedad horizontal, al aprovechamiento independiente del departamento, se suma la salida a un área común o a la calle. ► condominio. copropiedad. |
propiedad industrial | Derecho de poseer y disponer que tiene el inventor o descubridor de marcas, nombres comerciales, patentes de invención, modelos, diseños y técnicas relacionadas con la manufactura o fabricación. ► propiedad artística. propiedad intelectual. || Aspecto subjetivo y patrimonial que se refiere a los dueños de propiedades fabriles. |
propiedad intelectual | Categoría jurídica de los derechos reales inmateriales, que regula y protege los bienes producto del intelecto y que comprende la propiedad artística y literaria, así como la propiedad industrial. La propiedad intelectual abarca las expresiones del intelecto, pero no así las ideas, procedimientos y métodos de operación. ► propiedad artística. propiedad industrial. || Pertenencia que se tiene sobre una creación devenida de la mente o de la inteligencia. |
propiedad pública |
Derecho y titularidad de un bien que corresponde al Estado, municipalidad o a algún ente público. La propiedad pública comprende conceptos como 'bien público', 'dominio público' y 'espacio público'. > bien público. bienes públicos. bienes demaniales. dominio público. espacio público.
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propietario (a) | Que tiene la facultad o el derecho, directo e inmediato, de poseer y disponer sin otra limitación más que la legalmente dispuesta. ► propiedad. || Persona que tiene el derecho de poseer con exclusividad de una cosa y gozar y disponer de ella. || Persona que tiene un bien, material o inmaterial, que le pertenece y es objeto de su dominio o derecho. || Titular de un cargo o puesto. Fulano es el titular del puesto y Perencejo el interino. ► interino (a). |
proponer | Razonar algo para que otro adopte la idea o conozca lo dicho. || Expresar y ofrecer un conocimiento, idea o práctica con determinada finalidad. || Recomendar o consultar a un superior con la finalidad de dar un empleo o cargo. || Hacer lo propio o determinar para que algo se ejecute o no se ejecute. || Presentar argumentos, en pro y contra, para que algo se adopte o rechace. || Consultar a un cuerpo colegiado para que resuelva acerca de algo que se ofreció. |
proporción | Disposición, correspondencia o equilibrio entre las partes con un todo o entre cosas que se relacionan entre sí. La proporción del cuerpo humano. La proporción entre la falta y el castigo. || Tamaño, dimensión. Un edificio de grandes proporciones. |
proporcionado (a) | Que guarda correspondencia o equilibrio entre las partes de un todo o entre cosas que se relacionan entre sí. || De dimensiones que guardan armonía y equilibrio. Un rostro proporcionado. || Que no es grande ni pequeño en relación con la referencia. |
proporcional | Que tiene una disposición, correspondencia o equilibrio entre las partes del todo y entre cosas que tiene relación entre sí. Impusieron una pena proporcional. || En gramática, se dice del sujeto o adjetivo que expresa cuántas veces una cantidad contiene en sí otra más pequeña. «Doble», «triple» son ejemplos de nombres o de adjetivos proporcionales. |
proporcionalidad | Disposición o equilibrio de unas partes con un todo o de partes relacionadas entre sí. |
proporcionar | Disponer o equilibrar las partes de un todo, o entre cosas que se relacionan entre sí. || Entregar o poner a disposición lo que se requiere o es conveniente. || Causar, originar o dar lugar a que algo se dé. Las horas de pesca le proporcionaban gran descanso. |
proposición | Enunciado de lo que se va a demostrar. || Enunciado que es la base de la demostración. || Expresión de un juicio o afirmación entre dos enunciados que pueden ser verdaderos o falsos. ► enunciado. || Producto del pensamiento que es expresado mediante algún tipo de lenguaje. || Acción y resultado de razonar con el fin de que otro adopte lo concluido o conozca lo dicho. || Recomendación o consulta que tiene la finalidad de dar un empleo o cargo. || Requerimiento para tener o hacer algo. || Acción y efecto de hacer lo propio para que algo se ejecute o no se ejecute. || Consulta para que se resuelva acerca de algo que se ofreció. || En lingüística, contenido de un enunciado. || En gramática, oración u oración subordinada. || Enunciación de lo demostrado o de lo que se trata de demostrar. || Parte del discurso donde se expone lo que se quiere que sea aceptado o asumido. |
proposición de ley | Texto o iniciativa de ley cuando proviene de un parlamentario. La proposición de ley se diferencia del proyecto de ley, al proceder este del Poder Ejecutivo. (Diccionario… Cabanellas). |
proposición deshonesta | Requerimiento o insinuación para tener acercamientos o relaciones sexuales. |
proposición irrespetuosa | Frase o juicio despectivo, descortés o injurioso. ► proposiciones irrespetuosas. |
proposiciones irrespetuosas | En Costa Rica, contravención consistente en expresar contra alguien frases o expresiones ofensivas, dirigirle ademanes groseros o mortificantes, o asediarle con impertinencias de hecho, orales o escritas. |
propuesta | Idea, conocimiento o práctica que se expresa y ofrece con una finalidad determinada. || Recomendación o consulta que se hace a un superior para que dé un empleo o cargo. || Consulta a un cuerpo colegiado para que resuelva acerca de lo ofrecido. |
prorrata |
Porción de lo que le corresponde a alguien cuando hay una repartición. > a prorrata.
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prorratear |
Dividir proporcionalmente una cantidad entre varias personas.
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prorrateo |
Repartición proporcionada de una cantidad, obligación o carga, entre varios.
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prórroga | Alargamiento de un plazo o término. || Prolongación de lo que dura el curso de algo. || Continuación de un asunto después de que se suponía que había terminado. || Aplazamiento de un acto o hecho. || Tiempo adicional, añadido al normalmente dispuesto, para la ejecución de algo. || Prolongación o extensión jurisdiccional que posibilita someter el conocimiento de un asunto, sobre personas, materias o casos, a quien en principio no estaba señalado para resolver. ► prórroga de la competencia. || En competiciones deportivas, tiempo suplementario de juego. En aquel partido de futbol se perdió mucho tiempo, así que agregaron 8 minutos de prórroga. En caso de empate se jugará una prórroga de 30 minutos. |
prórroga de la competencia | En materia procesal, potestad que las partes tienen, expresa o tácita, de definir la competencia de su asunto particular. Con la prórroga de la competencia expresa las partes voluntariamente someten el conocimiento del proceso a un juez determinado, renunciando al señalado por la ley; y con la prórroga de la competencia tácita las partes acuden a un juez no contemplado por la ley […], aunque en ambos casos debe tratarse de un juez con facultades para conocer de la pretensión. ► competencia 1. |
prórroga extraordinaria | En materia procesal penal, tiempo adicional, una vez vencida la prórroga ordinaria, que el juez instructor dispone a fin de prolongar la etapa de instrucción, en caso de que no corresponda sobreseer o no se tengan pruebas suficientes para decretar la elevación a juicio. ► instrucción formal. prórroga ordinaria. |
prórroga ordinaria | En materia procesal penal, tiempo adicional, al normalmente dispuesto para la instrucción formal, que el juez instructor solicita a una autoridad superior a fin de contar con los elementos para sobreseer o disponer la elevación a juicio. Respecto a la prórroga ordinaria, decía el derogado código de procedimientos penales de Costa Rica: "Artículo 199.- La instrucción deberá concluirse en el término de dos meses a contar de la declaración del imputado. Si resultare insuficiente, el juez solicitará prórroga al Tribunal de Apelación, el que podrá acordarla hasta por otro tanto, según las causas de la demora y la naturaleza de la investigación. En los casos de suma gravedad y de muy difícil investigación, la prórroga podrá exceder excepcionalmente de dicho plazo, no pudiendo sobrepasar de otros dos meses". ► instrucción formal. |
prorrogar |
Alargar un plazo o término. || Prolongar la duración del curso de algo. || Continuar con un asunto después de que se suponía terminado. || Aplazar un acto o hecho. || Añadir tiempo adicional para la realización de algo. || Prolongar o extender la autoridad o potestad para conocer de un asunto, sobre personas, materias o casos, a quien en principio no estaba determinado para resolver. > prórroga de la competencia. || En competiciones deportivas, agregar tiempo al normalmente dispuesto para el juego.
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