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Term Definition
prenda aduanera

En materia fiscal y de aduanas, derecho legalmente constituido sobre mercancías que responden, directa y preferentemente, al fisco, a causa de derechos e impuestos, multas y otros cargos que no se hayan cubierto, total o parcialmente, dada una actuación dolosa, culposa, o de mala fe. En Costa Rica, la ley 7557, Ley General de Aduanas, establece: “Artículo 71.- Prenda Aduanera. Con las mercancías se responderá directa y preferentemente al fisco por los tributos, las multas y los demás cargos que causen y que no hayan sido cubiertos total o parcialmente por el sujeto pasivo como resultado de su actuación dolosa, culposa o de mala fe. La autoridad aduanera debe retener o aprehender las mercancías previa orden judicial si esta acción implica un allanamiento domiciliario, de acuerdo con el ordenamiento vigente. La autoridad aduanera decretará la prenda aduanera mediante el procedimiento que establece el artículo 196 de esta ley. Ese procedimiento debe iniciarse dentro del plazo de prescripción para el cobro de la obligación tributaria aduanera”.

prenda agraria

Derecho real que se constituye como garantía especial en préstamos u obligaciones sobre bienes muebles destinados a la realización de operaciones o tareas de producción, transformación, industrialización y enajenación de productos relacionados con la cría de animales o cultivos vegetales. “V.- La prenda agraria puede concebirse como una garantía real accesoria constituida sobre bienes agrarios muebles que no dejan de estar en poder del deudor y que confiere al acreedor el derecho de perseguirlos y hacerlos rematar en pública subasta para que con el producto del remate se le pague de preferencia a los demás acreedores, de conformidad con la correspondiente prelación legal.  La prenda agraria es una institución de naturaleza especial, que tiene sus reglas peculiares, sin que por ello pierda la fisonomía como garantía real.  Asimismo se rige por la legislación especial que la regula en forma expresa.  Se trata de una garantía accesoria e indivisible que sólo puede recaer sobre bienes muebles susceptibles de enajenarse. El Código de Comercio en su artículo 533 enumera una serie de objetos muebles que pueden ser aptos para emprendar en un crédito, de ahí se pueden concluir los utilizables en materia agraria”. (Tribunal Agrario, N.° 319 de 16:00 de 14 de mayo de 2009). bien agrario.

prenda flotante

Garantía constituida sobre bienes muebles, no individualizados y de contenido variable y que, generalmente, recae sobre mercaderías o materias primas de un establecimiento comercial o industrial. IV.- No encuentra reparo legal el Tribunal respecto a la admisión y validez de la prenda flotante, al no contravenir las previsiones sobre garantías prendarias que sobre la materia regula nuestra normativa mercantil que resulta flexible y adaptable a los requerimientos del entorno empresarial moderno y a la necesidad de facilitar a los empresarios, ahorristas e inversores medios más sencillos y efectivos con vías de ejecución más idóneas según la actividad económica de los contratantes. Bajo ese entorno, la prenda flotante surge como una alternativa viable y útil en cuanto a empresarios prestadores de servicios cuyos créditos se encuentran precisamente representados respecto a la mercaderías o materias primas que distribuyen a través de sus establecimientos comerciales. Recordemos que en modo alguno resultaría impeditivo la constitución de garantías prendarias de naturaleza “fungible” que corresponde al prototipo configurativo de las prendas flotantes”. (Tribunal Primero Civil, N.° 947 de 08:25 h de 13 de setiembre de 2006).

prenda legal

Derecho constituido sobre un bien mueble, para garantizar el pago de una obligación, que se establece por mandato de una ley. La prenda aduanera es ejemplo de ‘prenda legal’.

prenda mercantil

Derecho constituido que sirve para garantizar el cumplimiento de una obligación regulada por la legislación comercial, sean o no comerciantes quienes pactan. mercantil.

prenda no inscrita

Contrato y derecho real, constituido sobre un bien determinado para garantizar el pago de una obligación, que no ha pasado por el trámite de anotación en el Registro Público.

prenda sobre títulos valores del Estado

Garantía constituida sobre documentos aptos que ejercitar el derecho que en ellos se menciona y que son emitidos por el Gobierno del país, sus entidades autónomas o descentralizadas, o su banca central.

prendar

Dar o tomar una prenda o bien como garantía del pago de una obligación. || Pignorar. pignorar. || Gustar, agradar a alguien. || Enamorarse, querer sentimental o sexualmente a alguien. || Desear o anhelar una cosa. 

prensa

Máquina o ingenio que se usa para comprimir, apretujar o apretar. prensa de imprimir. || Taller en que está la imprenta. imprenta. || Conjunto de publicaciones periódicas. periodismo. || Conjunto de una parte o de la totalidad de los periodistas. periodista. || En general, los medios de comunicación masivos. || tener buena prensa. Ser bien visto; gozar de buena fama. || tener mala prensa. Ser mal visto; padecer o sufrir de mala fama.

prensa de imprimir

Máquina o ingenio con el cual se transfiere, mediante presión, la tinta, tintura o colorante de una plancha plana o grabada, a una página. || Aparato que por presión directa en una página u hoja de material adecuado, con tinta o colorante, hace copias en serie e idénticas de un texto o imagen. || Aparato o instrumento electrónico que por inyección o chorro de tinta dispone textos o imágenes en un soporte material.

prensa electrónica

Medio de comunicación que parte o la totalidad de su investigación, producción y difusión se masifican mediante Internet o por el ciberespacio. medios de comunicación masivos.

prensa escrita

Medio de comunicación masiva cuya producción se difunde mediante textos escritos. || Conjunto de medios de comunicación masiva cuya producción se difunde mediante textos escritos. medios de comunicación masivos.

prensa radial

Medio de comunicación masiva cuya producción se difunde mediante ondas hercianas, o recursos cibernéticos, y que son recibidas por un receptor de radio. || Conjunto de medios de comunicación masiva cuya producción se difunde mediante ondas hertzianas, o recursos cibernéticos, y que son recibidas por un receptor de radio.medios de comunicación masivos.

prensa televisiva

Medio de comunicación masiva cuya producción, de imágenes y sonidos, se difunde mediante ondas electromagnéticas y que se reciben en un televisor. || Conjunto de medios de comunicación masiva cuya producción, de imágenes y sonidos, se difunde mediante ondas electromagnéticas y que se reciben en un televisor. medios de comunicación masivos.

prensar

Apretar o comprimir algo en una máquina o ingenio.

preparar

Disponer, organizar o arreglar algo para una finalidad. Preparó la mochila para el viaje. Preparar la lección. || Prevenir o preparar para un hecho o eventualidad futuros. || Ejecutar las acciones necesarias para la obtención de un producto. || Alistarse o habilitarse para afrontar una prueba.

preponente

Propietario de un establecimiento comercial que es administrado por un factor de comercio. contrato de preposición. establecimiento de comercio. factor de comercio (a).

preposición

Categoría gramatical invariable —y cada uno de los elementos que la integran—, sin significado propio, que se utiliza para relacionar palabras y oraciones. a, ante, bajo, cabe, con, contra, de, desde, en, entre, hasta, hacia, para, por, según, sin, so, sobre, tras, son ejemplos de preposiciones. || Acortamiento de ‘contrato de preposición’. contrato de preposición.

presa

En Costa Rica, embotellamiento vehicular. || En Costa Rica, cuerpo que impide el libre paso o fluir de algo, especialmente de un líquido. || Acción de capturar o prender algo. || Cosa capturada o robada. || Animal susceptible de ser cazado o pescado. || Pared o muro que se dispone en un curso de agua, con el fin de almacenar y derivar el líquido de manera determinada. || Se dice de la persona, animal o cosa que sufre algo. Fue presa de la emoción.

prescribir
Mandar que se haga algo. || Dar órdenes. || Determinar instrucciones, reglas o normas. || Recetar medicamentos o remedios. || Extinguirse un derecho, acción o responsabilidad por el transcurso del tiempo y en las condiciones legalmente determinadas.
prescripción

Extinción de un derecho, acción o responsabilidad por efecto de su falta de ejercicio durante un tiempo legalmente determinado. Con la prescripción se pierde un derecho, con la usucapión se adquiere. || Modo o medio para adquirir un derecho o para liberarse del cumplimiento de una obligación por el transcurso del tiempo. Referente a la prescripción se ha dicho que se le considera: “…un principio, una sanción o pena contra el titular de un derecho quien, por negligencia, crea una situación de inseguridad censurable en razón de la cual el legislador veda, salvo renuncia del interesado, la posibilidad de su ejercicio tardío. Se ha dicho dentro de la doctrina, que la prescripción encuentra su razón de ser en una presunta renuncia tácita del derecho por parte de su titular, quien a través de su inactividad, trasunta su intención de no reclamar lo que le corresponde”. (Sala Primera, N.° 244 de 15:17 h de 28 de marzo de 2001). Extinción de un derecho, acción o responsabilidad por efecto de su falta de ejercicio durante un tiempo legalmente determinado. Con la prescripción se pierde un derecho, con la usucapión se adquiere. || Modo o medio para adquirir un derecho o para liberarse del cumplimiento de una obligación por el transcurso del tiempo. Referente a la prescripción se ha dicho que se le considera: “…un principio, una sanción o pena contra el titular de un derecho quien, por negligencia, crea una situación de inseguridad censurable en razón de la cual el legislador veda, salvo renuncia del interesado, la posibilidad de su ejercicio tardío. Se ha dicho dentro de la doctrina, que la prescripción encuentra su razón de ser en una presunta renuncia tácita del derecho por parte de su titular, quien a través de su inactividad, trasunta su intención de no reclamar lo que le corresponde”. (Sala Primera, N.° 244 de 15:17 h de 28 de marzo de 2001). Asimismo: “V. Sobre la prescripción. Primeramente, se pronunciará este Tribunal en relación con la excepción de prescripción invocada por algunos de los codemandados en autos. En relación con el instituto de la prescripción, debe indicarse que desde vieja data, la más calificada doctrina jurídica la ha establecido de manera genérica, como el efecto del transcurso del tiempo sobre las diversas situaciones jurídicas existentes. En ese tanto, se ha establecido pacíficamente por parte de los estudiosos del derecho, la existencia de dos vertientes diversas que son abarcadas por el mismo instituto jurídico de la prescripción, tomando en consideración sus efectos positivos -constitutivos- o negativos -extintivos- derivados del transcurso del tiempo y que son ejercidos sobre los bienes y/o los derechos de un sujeto de derecho determinado. Se ha determinado, entonces, la existencia de una prescripción positiva o usucapión (usucapio) instituto que encuentra sus orígenes en el antiguo derecho romano y que corresponde por definición, a la posibilidad jurídica de adquirir un derecho (o un bien) por el transcurso del tiempo. Y por otro lado, la prescripción negativa, en cuya acepción más pura corresponde a la pérdida de un derecho (o un bien) por parte de su titular, en virtud del transcurso del tiempo, ambas figuras, de conformidad con su sujeción a los plazos y a las disposiciones establecidos en una norma de rango, potencia y resistencia legal”. (Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Sección VII, N.° 98, de 15:25 h de 30 de noviembre de 2018). usucapión. || Mandamiento, precepto para que se haga. || Orden, exigencia. || Receta médica. || Consideraciones antepuestas al texto de un libro. || Epígrafe. || Consolidación de una situación jurídica como consecuencia del transcurso del tiempo.

prescripción adquisitiva

En Costa Rica, en el Centro de Información Jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia, descriptor sinónimo de ‘prescripción positiva’ o de ‘usucapión’. prescripción. prescripción positiva. usucapión.

prescripción agraria

Modo o medio para adquirir un derecho o para liberarse del cumplimiento de una obligación por el transcurso del tiempo, en materia concerniente a una operación o tarea de producción, transformación, industrialización y enajenación de productos vegetales o cría de animales. || Extinción de un derecho, acción o responsabilidad por efecto de su falta de ejercicio, durante un tiempo legalmente determinado, en una actividad productiva fundamentada en el uso de recursos naturales y utilizados en la agricultura, ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca y maricultura.

prescripción de daños y perjuicios

Extinción del término para accionar, o del derecho para hacerlo, cuando se procura un resarcimiento por pérdidas o ganancias dejadas de percibir. daños y perjuicios.

prescripción de daños y perjuicios en sede administrativa

Extinción del término para accionar, o del derecho para hacerlo, cuando se procura un resarcimiento por pérdidas o ganancias dejadas de percibir ante la jurisdicción de órganos administrativos. daños y perjuicios.