Diccionario usual del Poder Judicial

usucapión

Prescripción positiva. Adquisición del dominio, la propiedad u otro derecho real por medio de la posesión continua durante el tiempo y las condiciones que la ley determina. Es necesaria la concurrencia de cosa hábil —susceptible de ser propiedad privada—, ubicada dentro del comercio, justo título, buena fe; posesión y transcurso del tiempo, ejercida aquella en calidad de propietario, en forma continua, pública, pacífica. En Costa Rica, el tiempo de posesión para la usucapión es de diez años o más. En la usucapión el adquiriente se tiene que haber comportado como dueño o usufructuario de la cosa. ► buena fe. posesión. título traslativo de dominio.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.