Diccionario usual del Poder Judicial

factor de comercio (a)

Persona que mediante mandato se encarga de la administración de los negocios de un comerciante. “El factor es un representante permanente del comerciante colocado al frente de un establecimiento mercantil para realizar en su nombre y cuenta su tráfico o giro comercial”. administrador (a). apoderado (a). || Apoderado con mandato para administrar el establecimiento particular de un comerciante. “Es factor tanto aquel a quien se le encarga la administración de todos [los] negocios como aquel a quien se le confiere la administración de un establecimiento. Esta última, sería la hipótesis, por ejemplo, de un comerciante con varios establecimientos, que podría colocar al frente de cada uno un factor sin perjuicio de tener un factor a cargo de todos sus negocios en general”. || Auxiliar de comercio que administra un establecimiento mercantil a nombre y cuenta del dueño. apoderado (a). auxiliar de comercio.

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