Diccionario

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Term Definition
confesionario

Conjunto de reglas para confesar y confesarse. || Voz sinónima de confesonario. ► confesonario.

confeso (a)

Persona que ha reconocido o admitido un delito, culpa o falta. || Que ha declarado. || tener por confeso. Locución jurídica que se refiere a una situación procesal en la que el juez considera que un litigante reconoce su culpa, dada su incomparecencia a una vista o la negativa a someterse a determinados requerimientos legales.

confesonario

En las iglesias católicas, mueble o espacio, generalmente cerrado, donde se sienta el sacerdote para escuchar la revelación de las supuestas, o reales, malas acciones o pecados que otra persona cuenta.

 

confesorio

Voz sinónima de ‘confesonario’. confesonario.

confiado (a)

Inocente, cándido, que tiende a creer en cualquiera. || Se dice de la persona que no toma las previsiones necesarias. Por confiado, se quedó sin agua a medio camino. || Se dice de quien muestra satisfacción en sí mismo.

confianza

Creencia o suposición firme de que alguien se comportará de una manera determinada. || Representación de que algo sucederá. || Intimidad que permite dar a conocer a otro un secreto o información confidencial. || Seguridad en sí mismo. || Ánimo para hacer. || Familiaridad excesiva. En casa ajena, aquel extraño se tomaba unas confianzas que ni te cuento. || Amistad grande. Invitalo a mi fiesta, claro, nos tenemos confianza. || confianza parlamentaria. Relación que une a un Gobierno con la mayoría parlamentaria. || de confianza. Se dice de la persona con quien se tiene gran amistad o intimidad. || Dicho de la persona en quien se puede tener la seguridad de que se comportará de determinada manera. || en confianza. Con reserva, con afán de que no se transmita o circule.

confianza legítima

En derecho administrativo, enunciado, anejo al concepto de seguridad jurídica, que indica la ilegitimidad de cambios arbitrarios o injustificados de criterios de las administraciones públicas. principio de confianza. principio de confianza legítima. seguridad jurídica. seguridad jurídica objetiva. seguridad jurídica subjetiva. || Descriptor acortado de “principio de confianza legítima”.

confianza parlamentaria

confianza.

confiar

Creer o suponer, con seguridad o convencimiento, que alguien se comportará de una forma determinada. || Representarse, con convencimiento, que algo sucederá. || Contarle a alguien algún secreto o darle una información confidencial. Le confió sus más íntimos deseos. || Poner a alguien al cuidado o encargo de una persona o cosa. Confió la educación y alimentación de su hijo a su hermano.

confidencia

Manifestación reservada, secreta o íntima.

confidencial

Que es dicho o hecho en el entendido de que eso se mantendrá reservado o secreto. || En asuntos administrativos, referido a datos personales, que normalmente no puede ser divulgado ni comunicado.

confidencialidad

Carácter de la información que solo es accesible a personas expresamente autorizadas. ► deber de confidencialidad. principio de confidencialidad. || Propiedad de que la información no esté disponible a individuos, entidades o procesos no autorizados. ► secreto profesional.

confidente

Persona a la que se le confían dichos o hechos que son reservados, secretos o íntimos. || Persona que hace de espía o que, secretamente, informa acerca de determinadas actividades.

confiscación

Sanción o pena, principal o accesoria, consistente en la apropiación, sin compensación, que hace el Estado de la totalidad o de una parte del patrimonio de una persona. || En ciertos contextos o prácticas, término sinonímico de decomiso. decomiso.

confiscación especial

Sanción o pena, principal o accesoria, consistente en la apropiación, sin compensación, que realiza el Estado de bienes que son medios o instrumentos de un delito; u objetos, efectos o ganancias devenidas de una conducta delictiva.

confiscación general parcial

Sanción o pena, principal o accesoria, consistente en la apropiación, sin compensación, que realiza el Estado de una parte —más allá de un objeto o bien específico— del patrimonio de una persona.

confiscación general total

Sanción o pena, principal o accesoria, consistente en la apropiación, sin compensación, que realiza el Estado de la totalidad del patrimonio de una persona. En Costa Rica, la confiscación general-total está constitucionalmente prohibida, en el artículo 40 de la Constitución Política.

confiscación particular

Noción sinonímica de ‘confiscación especial’. confiscación especial.

confiscación propia

Noción sinonímica de ‘confiscación especial’. confiscación especial.

confiscar

Sancionar mediante la apropiación, por parte del Estado, sin compensación, de la totalidad o de una parte del patrimonio de una persona. || En ciertos contextos, practicar el decomiso. decomiso.

conflicto

Choque de pretensiones o derechos. Conflicto de intereses. || Discusión respecto a una materia o asunto concreto. Existe un conflicto de competencia entre el juzgado de tránsito y el juzgado penal. || Circunstancia y contexto en el que existen intereses contrapuestos. || Estado en que hay oposición o discrepancia. || Situación problemática de difícil solución. || Problema, dificultad. || Lucha, batalla. || Situación en la que se pelea o combate. || Choque armado. || Desavenencia, disputa, desacuerdo. || En asuntos de la psique, tendencias o contradicciones que generan angustia o neurosis.

conflicto armado
 Enfrentamiento, entre sectores sociales, países o naciones, en que se utilizan armas de fuego, blancas o contundentes. || Guerra.
conflicto bélico

 Estado de guerra, declarado o no. > guerra.

conflicto colectivo

 En materia laboral, oposición o enfrentamiento entre un grupo de trabajadores y uno o más patronos. conflicto colectivo de carácter económico social. conflicto colectivo de carácter jurídico. conflicto laboral|| Asunto o problema en el que hay pluralidad de litigantes.

conflicto colectivo de carácter económico social

Enunciado de naturaleza laboral que afecta a una empresa o sector económico y que refiere al problema suscitado entre un grupo de trabajadores –vistos sus intereses y derechos como conjunto autónomo y no como suma de relaciones individuales de trabajo— y uno o varios empresarios. Su resolución tiene efectos generales. Formas usuales para la solución de conflictos colectivos de carácter económico social son la conciliación, el arbitraje y la legislación. || El conflicto colectivo que pretende la modificación del sistema normativo vigente o la creación de uno nuevo para la mejora de condiciones económicas o sociales de los trabajadores. conflicto laboral.