Diccionario usual del Poder Judicial

seguridad jurídica

Certeza en la previsibilidad del contenido y de la aplicación de las normas jurídicas. || Conocimiento certero, seguro y cierto, o la posibilidad de tenerlo, de lo que legalmente se ha previsto como prohibido, mandado o permitido. || Garantía estatal consistente en la certeza de que la situación jurídica del ciudadano no será alterada más que por procedimientos legales, previamente publicados. La seguridad jurídica pública se refiere a las relaciones entre el Estado y el ciudadano. La seguridad jurídica privada comprende las relaciones de los ciudadanos entre sí. || Situación devenida de la existencia de un sistema preventivo de documentación, y su registro, que otorga certeza y estabilidad acerca de lo declarado. || Categoría que, convencionalismo mediante, abarca lo que determinados sectores del quehacer jurídico consideran que es lo seguro o cierto.

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