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Term Definition
principio de seguridad jurídica

Precepto conforme al cual el ordenamiento jurídico debe ofrecer certeza, estabilidad y previsibilidad respecto de las normas y de las consecuencias jurídicas de sus actos. A partir del principio de seguridad se busca que sea posible conocer razonablemente qué conductas son permitidas, exigidas o prohibidas. Se ha dicho: “VI.- SOBRE EL FONDO. La demanda planteada debe ser declarada parcialmente con lugar, por infracción al principio constitucional de seguridad jurídica, manifestado específicamente –en lo que es de interés en este caso– en la garantía de la intangibilidad de los actos propios. En efecto, cuando se habla de “seguridad jurídica”, se alude a la confianza que los ciudadanos pueden tener en la observancia y respeto de las situaciones derivadas de la aplicación de las normas vigentes. Si bien no está explícitamente contemplado en la Constitución Política, se manifiesta fundamentalmente por medio de las garantías de irretroactividad de la ley e intangibilidad de los actos propios (non venire contra factum propio)”. Tribunal de lo Contencioso-Administrativo y Civil de Hacienda, Sección VI, N.° 51 de 09:00 de 21 de marzo de 2012). ► seguridad jurídica. || Garantía que requiere que la actuación de los poderes públicos sea regular, coherente y fundada en normas previas, y estables, y que excluya la arbitrariedad, la incertidumbre y los cambios intempestivos o injustificados de criterio. || Criterio que impone la firmeza y estabilidad de las situaciones jurídicas consolidadas y de las resoluciones judiciales o administrativas, en resguardo de la confianza y de la paz social.