Diccionario usual del Poder Judicial

confesión extrajudicial

Reconocimiento o admisión de una culpa o de un hecho, de carácter jurídico, que se realiza al margen o fuera del proceso o juicio. Alguna doctrina ve como confesión extrajudicial aun la realizada ante el juez que no es competente. “VII. […] En lo que toca a la confesión extrajudicial, el artículo 341 [Ley 7130] dispon[ía]: “Las aserciones contenidas en un interrogatorio o en los escritos que se refieren a hechos personales del interrogante o parte, se tendrán como confesión de éstos. La confesión extrajudicial es inadmisible en los casos en los que no se puede admitir la prueba testimonial; y en los casos en los que sea admisible, quedará al prudente arbitrio del juez apreciar sus efectos con arreglo a las circunstancias y demás pruebas del proceso”. (Sala Primera, N.° 124 de 16:28 h de 14 de febrero de 2008).

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