Diccionario usual del Poder Judicial

seguridad jurídica subjetiva

Certeza moral que se tiene de que los bienes y derechos personales serán respetados. La seguridad jurídica subjetiva “requiere de ciertas condiciones, tales como la organización judicial, el cuerpo de policía, las leyes”. (Sala Constitucional, N.° 3946 de 14:44 h de 24 de febrero del 2010). seguridad jurídica.

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