Term | Definition |
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orden 1 | Distribución, situación o colocación de las cosas, estados o personas en el sitio o lugar que corresponde. || Adecuada disposición; concierto de varias cosas entre sí. || Procedimiento o método utilizado para hacer algo. El orden para resolver esa pregunta es el siguiente: […]. || En arquitectura, estilo y forma de una edificación. Esa columna es de orden jónico. || En la religión católica, sacramento con el que se instituyen los sacerdotes. || En taxonomía biológica, categoría que se ubica entre la clase y la familia. || llamar al orden. Indicar o avisar la necesidad de comportarse acorde a una norma o correctamente. |
orden 2 | Mandato o precepto que tiene que ser obedecido. La Policía giró la orden de que nadie saliera. || Resolución que impone hacer, o dejar de hacer, o no hacer. || Mandamiento, ordenanza. || En la práctica católica, institución religiosa que se caracteriza porque sus miembros viven según las prédicas de su fundador. Tiene que ser aprobada por el papa. La orden benedictina. || Institución de carácter militar y religioso formada por caballeros. La orden de los templarios. || estar a la orden del día. Locución que indica lo que ocurre actual y frecuentemente. |
orden de desalojo | Dictado judicial con el que se ordena sacar a alguien o algo de un lugar. |
Orden de los Pobres Caballeros de Cristo |
En latín, Pauperes commilitones Christi Templique Solomonici. > templario.
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orden de orientación y supervisión |
En Costa Rica, mandamientos o prohibiciones impuestas por el juez o la jueza penal juvenil para regular el modo de vida de los menores de edad, así como promover y asegurar su formación. > internamiento en centro especializado en materia penal juvenil. medidas de orientación y supervisión en materia penal juvenil.
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orden de salida del domicilio conyugal | ► orden de salida del hogar conyugal. |
orden de salida del hogar conyugal | En Costa Rica, medida cautelar que una autoridad judicial puede dictar, a petición de parte, contra cualquiera de los cónyuges, consistente en exigir la salida del lugar en que vive la pareja con el fin de proteger la estabilidad personal y evitar el atropello físico o emocional entre los esposos o los hijos. ► medidas cautelares. medidas cautelares en materia de familia. |
orden de secuestro |
En Costa Rica, en materia procesal penal, disposición mandada por el juez o la jueza, el o la representante del Ministerio Público o la Policía, tendente a recoger y conservar los objetos relacionados con un delito, los que pueden ser confiscados y los que pueden servir como medio de prueba. > secuestro 2.
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orden del temple |
> templario (a).
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orden judicial |
La dictada por un juez o una jueza o una autoridad judicial competente, en la que se impone un deber de hacer o no hacer.
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orden público |
Situación de un Estado en que las diversas actividades, individuales y colectivas se desarrollan sin perturbaciones o conflictos. || Normal funcionamiento de las instituciones públicas o privadas, y del libre y pacífico ejercicio de los derechos individuales, políticos y sociales. || Disposición armónica y pacífica de la estructura del sistema estatal. || Adecuado funcionamiento de los servicios públicos. || Estado de legalidad en que las autoridades ejercen sus atribuciones sin oposición violenta. || Paz y tranquilidad en los lugares comunes de una colectividad. || Categoría de normas jurídicas que son de acatamiento general y absolutamente obligatorias. La ley penal es de orden público.
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orden sanitaria |
En Costa Rica, acto administrativo por el cual el Ministerio de Salud comunica una resolución, particular o especial y de acatamiento obligatorio, en resguardo de la salud y el ambiente. "Con la emisión de una orden sanitaria el Ministerio de Salud da inicio al debido proceso a que tiene derecho la persona interesada."
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orden y seguridad pública |
Categoría policial que engloba la noción de orden público y de protección a la integridad física y patrimonial de la ciudadanía. > orden público.
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ordenación | Disposición o colocación de personas o cosas. || El acto y la consecuencia de ordenar u ordenarse. || Regla que se acata por hacer o disponer. || Orden, mandato, precepto o instrucción. || En arquitectura, capacidad de cada lugar del edificio, según vaya a ser su uso. || En la religión católica, ceremonia en la que se administran las órdenes para que la persona sea instituida sacerdote. |
ordenamiento 1 | Colocación o distribución de personas o cosas en el lugar que corresponde. || Disposición concertada de varias cosas entre sí. |
ordenamiento 2 | Conjunto de normas o leyes referentes a una esfera del Derecho. El ordenamiento procesal. El ordenamiento laboral. ► ordenamiento jurídico. |
ordenamiento jurídico | Conjunto que abarca la totalidad de principios, normas jurídicas o leyes que rigen un país o nación. || Conjunto de normas que determinan la conducta, actuación o proceder social, económico, político y jurídico de los individuos de un país. |
ordenanza |
Mandato, precepto forzoso. || Conjunto de normas, cánones o mandatos referentes a una materia. || Estatuto, régimen, ley. || Orden, método. || Empleado subalterno encargado de llevar y traer órdenes u otros mensajes.
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ordenar 1 | Colocar, distribuir o situar a personas o cosas en el lugar que corresponde. || Disponer concertadamente varias cosas entre sí. |
ordenar 2 | Mandar o preceptuar. || Disponer que alguien haga, deje de hacer o no haga. || En asuntos religiosos, conferir órdenes sacerdotales o sagradas. |
ordenata |
Distribución de bienes determinada por un árbitro.
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órdenes de supervisión y orientación |
En Costa Rica, en materia penal juvenil, mandamientos o prohibiciones impuestas por el juez con el fin de regular la conducta y el modo de vida de menores de edad infractores, además de promover y coadyuvar en su formación. "El Juez Penal Juvenil podrá imponer las siguientes órdenes de orientación y supervisión: 1.- Instalarse en un lugar de residencia determinado o cambiarse de él. 2.- Abandonar el trato con determinadas personas. 3.- Eliminar la visita a bares y discotecas o centros de diversión determinados. 4.- Matricularse en un centro de educación formal o en otro cuyo objetivo sea enseñarle alguna profesión u oficio. 5.- Adquirir trabajo. 6.- Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, enervantes, estupefacientes o tóxicos que produzcan adicción o hábito. 7.- Ordenar el internamiento del menor de edad o el tratamiento ambulatorio en un centro de salud, público o privado, para desintoxicarlo o eliminar su adicción a las drogas antes mencionadas."
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ordinariar |
En Costa Rica, barbarismo jurídico que refiere a la disposición judicial de convertir en ordinario un proceso o procedimiento especial.
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ordinario (a) |
Común, usual, frecuente; que sucede habitualmente. || Se dice de quien o de lo que es vulgar, de poco refinamiento o escasa estimación. || Hecho sin cuidado, burdamente. || En materia procesal, el juicio normal o declarativo. > juicio declarativo. || Dicho del correo que se despacha por tierra o mar en oposición del correo aéreo.
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ordinario laboral de mayor cuantía |
Juicio que se tramita por la vía ordinaria, en el que se resuelve acerca de bienes cuyo valor supera el límite dinerario legalmente dispuesto. Se conoce acerca de conflictos individuales o colectivos de carácter jurídico que surgen entre patronos, entre trabajadores y entre patronos y trabajadores; del contrato de trabajo; de los conflictos colectivos de carácter económico y social; de los juicios que se entablan para la disolución de organizaciones social-laborales; cuestiones de carácter contencioso que ocurren con motivo de la aplicación de las disposiciones sobre reparación por riesgos profesionales; y de los juzgamientos por faltas cometidas contra leyes de trabajo o de previsión social. > juicio de mayor cuantía. juicio declarativo. juicio especial.
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