Diccionario usual del Poder Judicial

oferta pública de valores

Ofrecimiento hecho o anunciado por cualquier medio de publicidad, expreso o implícito, que busque emitir, colocar, negociar o comerciar valores. En Costa Rica, “únicamente podrán hacer oferta pública de valores en el país los sujetos autorizados por la Superintendencia General de Valores, salvo los casos previstos en esta ley”. valores.

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