| Term | Definition |
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| culpa del servicio | En derecho administrativo, la acción u omisión, negligente, en la que el funcionario público no tiene responsabilidad propia, siendo la Administración la responsable. ► culpa personal. responsabilidad de la Administración. |
| culpa delictual | Noción que comprende la responsabilidad civil por delito. ► responsabilidad civil derivada del hecho punible. |
| culpa dolosa | |
| culpa en abstracto | Noción que comprende el análisis de un arquetipo general de persona diligente, y de la prudencia normal, para con base en ello determinar o medir la conducta y la culpa de quien causa el daño o perjuicio. La culpa en abstracto comprende la idea de la diligencia normal de una persona común. ► culpa aquiliana. culpa en concreto. |
| culpa en concreto | Noción que comprende el análisis de cada persona y de cada caso concreto para determinar la culpa de quien causa el daño o perjuicio. ► culpa en abstracto. |
| culpa en el juego | Noción que comprende aquel daño o perjuicio que, sin que medie voluntad dañosa o perjudicial, ocurre con la práctica de actividad deportiva. ► accidente deportivo. deporte. |
| culpa en la guarda | Acción u omisión, negligente o imprudente, en la que se falla en la custodia de cosas propias o ajenas. |
| culpa grave | Grado altísimo de negligencia en el cumplimiento de las obligaciones. Hay doctrina que, en virtud de la gran falta de diligencia, equipara la culpa grave al dolo. || Descuido total o desprecio absoluto de precaución para evitar un daño. || Ineptitud inexcusable. |
| culpa in committendo | Locución latina que se refiere a la realización de una acción u omisión, negligente o imprudente, en contravención de una norma reglamentaria o de la transgresión de una disposición legal. |
| culpa in contrahendo | En traducción literal, “culpa en la negociación”. Locución latina que se refiere a la negligencia o imprudencia al momento de precontratar o contratar. ► precontrato. |
| culpa in eligendo* | Culpa y responsabilidad civil del empleador, físico o jurídico, por actos que el empleado que eligió realiza en el ejercicio de su labor. ► responsabilidad in eligendo. |
| culpa in omittendo* | Actitud de negligencia o imprudente en cuanto a no haber hecho lo que debía hacerse para evitar un daño o perjuicio. |
| culpa in vigilando | Culpa y responsabilidad civil de la persona que tiene un deber de vigilancia, necesario u obligatorio, sobre otra y que surge como consecuencia de actos dañosos realizados por esta última. ► responsabilidad in vigilando. |
| culpa inconsciente | Acción u omisión, negligente o imprudente, en la que el culpable no prevé las consecuencias de su actuar, sin desear la causación de un daño. ► culpa sin representación. |
| culpa inexcusable | Acción u omisión que, por el grado de negligencia o imprudencia, es gravísima y, sin que haya voluntad directa de la causación de un daño o del perjuicio, no tiene causa justificativa. |
| culpa intencional | Forma poco usual con la que alguna doctrina se refiere al dolo. ► dolo. |
| culpa lata | Construcción sinónima de ‘culpa grave’. ► culpa grave. |
| culpa leve | Acción u omisión dañosa realizada por la falta de diligencia o prudencia que la persona emplearía para la ejecución de sus propios asuntos. |
| culpa levísima | Acción u omisión cuya imprudencia o falta de diligencia no cometería una persona muy cuidadosa. |
| culpa lucrativa | Acción u omisión, negligente o imprudente, que reporta, a quien incurre en ella, un beneficio económico grande. |
| culpa moral | Malestar anímico por sentirse responsable de un resultado dañoso. |
| culpa no dolosa | En intervenciones o textos más distendidos que técnicos, responsabilidad, sin desear o procurar el resultado, por la comisión de un hecho dañoso. |
| culpa objetiva | En el sentido de la consecución de un resultado dañoso no deseado por el agente, responsabilidad legalmente determinada. || Para cierta doctrina, noción sinónima de ‘responsabilidad objetiva’. ► responsabilidad objetiva. |
| culpa penal | Falta u omisión voluntaria de diligencia o al deber de cuidado que causa un daño previsible y evitable, y que conlleva una responsabilidad penal. ► culpa. deber de cuidado. |
| culpa personal | En derecho administrativo, la acción u omisión, negligente o imprudente, en la que el funcionario público tiene responsabilidad propia, con exclusión de la Administración. ► culpa del servicio. |