Diccionario usual del Poder Judicial

culpa aquiliana

Responsabilidad por la comisión de un acto dañoso, sin que haya habido vínculo jurídico previo entre el causante del daño y quien lo sufrió. ► responsabilidad civil extracontractual. || Responsabilidad generada por un grave descuido o error que el común de las personas, situadas en la misma condición de quien causa un daño, no hubieran cometido. lex aquilia.

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