Term | Definition |
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contravenciones | Serie de conductas, dispuesta en la normativa penal y de leve punición, que contravienen determinados bienes jurídicos. Ciertos modos de embriaguez, el maltrato de animales, palabras o actos obscenos, el exhibicionismo de los órganos genitales y la usurpación de nombre son ejemplos de contravenciones. ► contravención. || Conjunto de acciones contrarias a lo mandado o preceptuado. |
contravenciones contra el honor | Disposiciones penales de menor gravedad y punición que los delitos contra el honor, y que sancionan la emisión de afirmaciones que tienen como finalidad desacreditar, denigrar o deshonrar a otra persona. ► delito contra el honor. |
contravenciones contra la inviolabilidad de terrenos, heredades o negocios | En Costa Rica, disposiciones penales, de menor gravedad y punición que los delitos, que contemplan entradas violentas a negocios; resistencia a la orden de retirarse de un establecimiento público; la caza y pesca en campo vedado; y la entrada sin permiso a terreno ajeno. |
contravenciones contra la protección de vida silvestre | En Costa Rica, disposiciones penales, de menor gravedad y punición que los delitos, que contemplan la sanción por: la extracción, sin autorización, de plantas o sus productos en forma no comercial, en áreas oficiales de protección o en áreas privadas debidamente autorizadas; la extracción o comercialización, sin autorización, de la flora silvestre, en general, y de raíces o tallos de helechos arborescentes; la importación, sin autorización, de flora silvestre exótica; el ingreso a áreas oficiales de conservación de la vida silvestre —o en las áreas privadas debidamente autorizadas—, portando armas blancas o de fuego, sierras, sustancias contaminantes, redes, trasmallos, arbaletas o cualquier arma, herramienta o utensilio que sirva para la caza, la pesca, la tala, la extracción o la captura, o el trasiego de la vida silvestre; la cacería de fauna de vida silvestre sin la licencia correspondiente; la cacería de especies permitidas, pero con armas o proyectiles inadecuados; el ejercicio autorizado de la caza, pero sin reporte de las piezas cazadas; el exceso en el ejercicio de la caza de control o pesca en cuanto a número de piezas, tamaños, especies y zonas autorizadas; la utilización de piezas obtenidas, mediante caza de subsistencia o control o para colecta científica, para fines distintos a los establecidos en la ley y reglamentos; la tenencia en cautiverio o en condiciones de mascota a animales silvestres, estén o no en peligro de extinción o poblaciones reducidas; la práctica sin autorización de la taxidermia o procesamiento, en forma comercial, de pieles de animales silvestres; el desperdicio de las piezas que ha cazado o pescado al abandonar, voluntariamente, su búsqueda; la pesca sin la licencia correspondiente; la pesca en tiempo de veda; y el suministro de alimentos o sustancias no autorizadas a la fauna silvestre. ► arbaleta. caza de control. vida silvestre. |
contravenciones contra las buenas costumbres | Disposiciones penales, de menor gravedad y punición que los delitos, que contemplan la sanción por: la embriaguez, en lugares públicos, y si causa escándalo, perturbación de la tranquilidad o pone en peligro su seguridad o la de otros; el maltrato de animales; las palabras o actos obscenos; las proposiciones irrespetuosas, así como los ademanes groseros, o el asedio con impertinencias de hecho, orales o escritas; algunos tipos de tocamientos; el exhibicionismo, cuando el agente se muestra desnudo o exhibe sus órganos genitales; la usurpación de nombre; las miradas indiscretas; y las llamadas telefónicas mortificantes. ► mirada indiscreta. |
contravenciones de tránsito | Quebrantamiento a las normas que regulan la circulación por calles, carreteras y caminos de personas y vehículos. |
contravenir |
Quebrantar una ley, reglamento u orden. || Actuar en contra lo dispuesto o mandado.
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contraventor |
Persona que comete una falta o quebranto a una disposición penal de menor gravedad que la de un delito. > contravención. || Infractor.
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contribución |
Pago de la cuota correspondiente a un impuesto. || Aportación de una cuota o cantidad que se entrega con fin determinado, especialmente caritativo. || Ayuda para la consecución de un objetivo.
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contribución especial | Tributo que tiene como hecho generador los beneficios que se derivan de la realización de obras públicas o de otras actividades estatales. El producto de la contribución especial “no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o de las actividades que constituyen la razón de ser de la obligación”. (Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. Sección VI, N.° 28 de 09:00 h de 23 de febrero de 2015). ► hecho generador. tributo. |
contribución parafiscal | Carga tributaria que no figura en el presupuesto general de ingreso y gastos de la caja única del Estado por estar su destino predeterminado. La contribución parafiscal asegura la financiación autónoma de algunas entidades públicas. || Tributo que se dispone y predetermina en favor de entes públicos, semipúblicos, económicos o sociales. “El legislador quiso dotar de fondos a determinadas instituciones, verbigracia, el Instituto de Fomento Cooperativo, el Instituto de Desarrollo Agrario, Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, y ello corresponde a lo que en doctrina se denomina “contribución parafiscal”. || Contribución especial, derivada de las especiales actividades estatales, que se predestina para beneficio de individuos o grupos sociales específicos. “Las contribuciones parafiscales no constituyen una categoría jurídica distinta a la tributación general o política, sino simplemente especial”. ► parafiscal. |
contribuir |
Pagar la cuota correspondiente a un impuesto. || Dar dinero para un fin determinado. || Ayudar en la consecución de un objetivo.
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contribuyente | Persona, física o jurídica, que debe pagar la cuota correspondiente a un impuesto. || Persona respecto de la cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria. ► hecho generador de la obligación tributaria. || En Costa Rica, persona natural o jurídica, obligada legalmente al pago de impuestos. Son contribuyentes las personas jurídicas legalmente constituidas; las sociedades hecho; las sociedades de actividades profesionales; las empresas del Estado; las cuentas en participación; sucursales, agencias o establecimientos permanentes de personas no domiciliadas en el país; fideicomisos; sucesiones indivisas; empresas individuales; personas físicas domiciliadas en Costa Rica; profesionales liberales; toda persona que desarrolle actividades lucrativas en el país; y entes dedicados a la prestación privada de servicios de educación universitaria. ► establecimiento permanente de personas no domiciliadas en el país. || El que da dinero u otros bienes para la consecución de un fin. || El que ayuda para la consecución de un objetivo. |
control | Análisis, supervisión, fiscalización, verificación, investigación y evaluación del cumplimiento y aplicación de las normas. || Conjunto de medidas dispuestas o adoptadas para asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos. || Ejercicio de autoridad y dominio. Tenía el control de todos los poderes estatales. || Medidas que se adoptan para regular una situación. Cacería de control. || Regulación de un sistema. || Mando o dispositivo para ejecutar una función. El control de la tele. || Tablero de mandos. || En una empresa o entidad, oficina o despacho de supervisión. |
control aduanero | Análisis, supervisión, fiscalización, verificación, investigación y evaluación que realiza la Administración aduanera, o un servicio aduanero, del cumplimiento y aplicación de las normas legales y reglamentarias referentes al ingreso o salida de mercancías y medios de transporte en territorio aduanero; además de la actividad de las personas, físicas o jurídicas, que intervienen en operaciones de comercio exterior. || Conjunto de medidas dispuestas o adoptadas por la Administración aduanera, para asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aduanales. ► marchamo electrónico para control aduanero. precintos, sellos y marchamos para el control aduanero.
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control constitucional | Locución sinónima de ‘control de constitucionalidad”. ► control de constitucionalidad. |
control de constitucionalidad | Conjunto de mecanismos o procedimientos mediante los cuales se verifica la correspondencia de normas o actos con la Constitución. Con el control de constitucionalidad se pretende determinar si una norma o acto son contrarios a la Constitución. Dentro de los sistemas de control de constitucionalidad se encuentran 1: por órgano político (un Consejo constitucional que determina la inconstitucionalidad, o no, de normas o actos; y 2: por órgano jurisdiccional (que comprende, a su vez, un control difuso —cualquier juez, de cualquier instancia, puede analizar la constitucionalidad de una norma—; o un control concentrado —es un órgano jurisdiccional, especializado, el que analiza la inconstitucionalidad, o no, de actos o normas—). |
control de convencionalidad | En derecho internacional, adecuación que hacen o deben hacer los Estados miembros de una organización internacional —o que firmaron, ratificaron o se adhirieron a una convención—, para que su derecho interno y los órganos vinculados a la administración de justicia se ajusten o no transgredan normas o principios esenciales de la entidad o convenio del que son parte. || Referido a la Convención Americana de Derechos Humanos, inspección o examen que los Estados o poderes judiciales de un país firmante, adherido o que haya ratificado ese pacto, realizan para adoptar medidas tendentes a la supresión de las normas y prácticas que comprendan violación a las garantías previstas en la Convención; y a la creación de normas y desarrollo de prácticas conducentes a la observancia de dichas garantías. ► Convención Americana sobre Derechos Humanos. |
control de la Administración pública | Supervisión, fiscalización, verificación, evaluación del cumplimiento y aplicación de las normas referentes a las actividades de las entidades, órganos y servidores públicos que tienen a su cargo fondos, valores, recurso, bienes y derechos estatales. El control político es uno de los elementos que coadyuva al control de la Administración pública. |
control estatal financiero | Supervisión, fiscalización, verificación y evaluación que realiza el Estado para del cumplimiento y aplicación de las normas referentes a la regulación de la creación y el funcionamiento de entidades financieras. ► sociedad financiera. |
control interno | Locución sinónima de ‘sistema de control interno’. ► sistema de control interno. |
control jerárquico impropio | Locución sinónima de ‘jerarquía impropia’. ► jerarquía impropia. |
control jerárquico natural | Locución sinónima de ‘jerarquía propia’. ► jerarquía propia. |
control jerárquico propio | Locución sinónima de ‘jerarquía propia’. ► jerarquía propia. |
control médico | Locución sinónima de ‘chequeo médico’. ► chequeo médico. |