Diccionario usual del Poder Judicial

vida silvestre

Especies de animales no domesticados y que viven libres en su entorno natural. || En Costa Rica, conjunto de organismos que viven en condiciones naturales, temporales o permanentes en el territorio nacional; tanto en zonas continentales como insulares, en el mar territorial, las aguas interiores, la zona económica exclusiva y las aguas jurisdiccionales y que no requieren el cuidado del ser humano para su supervivencia. || Expresión usada para referirse a los organismos cultivados o criados y nacidos en cautiverio provenientes de especímenes silvestres. “La vida silvestre únicamente puede ser objeto de apropiación particular y de comercio, mediante las disposiciones contenidas en los tratados públicos, los convenios internacionales, esta ley y su reglamento”. silvestre. || Organismos declarados como silvestres por el país del que son originarios.silvestre. || Conjunto de partes, productos y derivados de organismos considerados silvestres. silvestre.

 

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