Diccionario usual del Poder Judicial

 

consignatario (a)

Persona que recibe en depósito, generalmente por disposición judicial, la cantidad o cosa debida para que quede a disposición de un acreedor o juez. || Acreedor que administra los rendimientos, frutos o rentas de un bien para el pago de una deuda, hasta que esta se extinga. || Persona para quien va destinado un cargamento, mercaderías o un vehículo de transporte. || En asuntos mercantiles y marítimos, persona que por cuenta del naviero se encarga de las gestiones para el despacho del barco que está en el puerto.


consolidación

Tornamiento de una situación o condición inconstante e inestable en definitiva y estable. || Convertir un crédito provisional en definitivo. || Unión en el balance de una sociedad matriz los de las empresas filiales. || En materia tributaria, situación que se presenta cuando el acreedor de la obligación tributaria se convierte en deudor de esta obligación como consecuencia del traspaso de bienes o derechos que son objeto del tributo. || Efecto y resultado de dar firmeza, estabilidad o solidez. || Reunión de lo que estaba separado. || Reunión en una persona de los atributos de un dominio que estaba disperso. || Extinción de la limitación del derecho de dominio cuando coincide en una misma persona el ejercicio de aquella limitación y la titularidad de este derecho. Existe consolidación cuando la posesión del bien se transmite al propietario. || Efecto y resultado de asegurar una situación afectiva, profesional o, en general, de unión.


consolidación de rentas

En materia tributaria, imposición al contribuyente del deber de reunir en una sola liquidación los resultados fiscales de cada una de diferentes sociedades, a fin de calcular el impuesto. Con respecto a la consolidación de rentas, la derogada Ley de Impuesto sobre la Renta N.° 837 de 1946, (no vigente), establecía, en el artículo 15, lo siguiente: “Cuando varias sociedades de hecho o de derecho tengan actividades que sean similares o complementarias y además se encuentren en la circunstancia de que el cincuenta y uno por ciento (51%) o más de su capital, esté en poder de personas o socios comunes, sean unas u otras naturales o jurídicas, sociedades de hecho, sucesiones indivisas o fideicomisos, deberán consolidar en una sola liquidación los diferentes resultados fiscales correspondientes a las empresas que proceda reunir, con el fin de calcular el impuesto. Si no se hiciere la consolidación habiendo lugar, la Administración Tributaria la hará de oficio. (Así reformado por el artículo 20 de la ley N° 4961 del 11 de marzo de 1972)”. Por otra parte: “La ley no establece el procedimiento de liquidación por separado de cada empresa para luego prorratear los resultados. Debe entenderse que el artículo 15, párrafo final, de la Ley del Impuesto sobre la Renta número 837 del 20 de diciembre de 1946 y sus reformas, le [sic] impone a los contribuyentes que reúnan los requisitos ahí previstos el deber de consolidar en una sola liquidación los diferentes resultados fiscales de cada una de las sociedades, a fin de calcular el impuesto. (Sala Primera, N.° 26 de 14:45 h de 11 de marzo de 1992).


consolidar

Tornar una situación o condición en definitiva y estable. Consolidar una potestad. || Volver la condición de un crédito provisional en definitivo. || Unir en el balance de una sociedad matriz los de las empresas filiales. || Dar firmeza, estabilidad o solidez a algo. || Reunir, juntar lo que estaba separado. || Reunir en una persona los atributos de un dominio que estaba disperso. || Asegurar una situación afectiva, profesional o, en general, de unión. Consolidar una amistad. Consolidar una alianza.


consorcio

Agrupación de empresas que pretende desarrollar una actividad económica determinada, por lo general mediante la creación de una nueva empresa. || Acuerdo entre accionistas de empresas diferentes que entregan el control de sus acciones a cambio de certificados con los que buscan participar en las ganancias comunes que se deriven. || Organización de derecho público que se instituye entre una o varias entidades públicas y otra u otras organizaciones de carácter privado. || Asociación de personas físicas o jurídicas que mediante financiamiento vende créditos para la adquisición de diferentes bienes y servicios. || Agrupación de los habitantes de un inmueble que está sometido a un régimen de propiedad horizontal. propiedad horizontal. || Cada una de las personas que integran una empresa comercial o industria mercantil. || Unión de personas con intereses comunes.


conspiración

Unirse contra el quehacer o ideario de otro. || Asociación contra una autoridad o su representante. || Concurrencia de personas o cosas para la consecución de un fin.


conspirar

Unirse varios contra el quehacer o ideario de otro u otros. Conspirar contra el “superior”. || Asociarse contra una autoridad o su representante. Conspirar contra el rey. || Concurrir varias personas o cosas para la consecución de un fin.


constancia 1

Escrito o documento en que se manifiesta o queda registrado algo que es cierto. El acta y la certificación notariales son tipos de constancias. || Prueba de una realidad, afirmación o acto. Hay constancia de que aquello horribles hechos sucedieron. || Acción y resultado de manifestar, declarar o revelar que algo es cierto.


constancia 2

Perseverancia, empeño y firmeza en lo que se realiza o se propone.


constar

Ser cierto algo o manifiesta una cosa. Consta que el testigo no se presentó. || Quedar registrado. Consta en las actas el dicho del socio. || Tener partes una cosa. La obra de aquel autor constaba de ocho volúmenes.



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