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Term Definition
dolo alternativo

En derecho penal, modo de cómo el dolo puede acontecer y que surge cuando el agente quiere el resultado de su conducta a sabiendas de que de ella se podrían derivar diversas consecuencias que también son queridas por él. “En lo que a esta modalidad del dolo se refiere, nos dice la doctrina: “... Las dos formas de dolo —directo y eventual—, incluyendo ambas variantes del primero —de primer grado o inmediato, y de segundo grado o mediato—, pueden combinarse en la voluntad realizadora de una conducta que abarque dos resultados queridos pero excluyentes entre sí: este supuesto se denomina dolo alternativo y Binding lo llamó “dolo generalis”. Ejemplos: Un sujeto dispara contra otro queriendo alcanzar a este o al menos a su perro (caso de lesiones y daños)... un sujeto dispara a otro para matarle o al menos para herirlo […]”. En este mismo sentido “... cuando se habla de dolo alternativo (dolus alternativus) no se hace referencia a una forma de dolo, sino al modo como una de las formas de dolo puede acontecer” ”. (Sentencia de la Sala Tercera, nº  777 de 11:00 h de 9 de agosto de 2002). ► dolo directo. dolo eventual.

 

dolo bueno

En derecho civil, locución, originalmente definida en las Partidas, que comprende la habilidad, astucia, sagacidad o maña utilizadas por la persona para defender su derecho. Las conductas ‘afectadas’ de ‘dolo bueno’ no están penalizadas, ya que los artificios que se utilizan —por ejemplo, la ponderación exagerada de un producto que realiza la publicidad— pueden ser apreciados por un ser humano común y corriente; por tanto, no invalida el contrato. ► dolo malo.

dolo causante

En materia contractual, fraude o engaño con que se consigue la celebración del contrato y sin cuya mediación no se hubiera realizado. ► dolo principal.

dolo civil

Dolo en materia civil.

dolo compensado

En materia civil, voluntad consciente de incumplir o engañar con que actúan, recíprocamente, las partes contrapuestas en un acto jurídico.

dolo de daño

Voluntad consciente de producir una lesión efectiva en bienes jurídicos, físicos o materiales, de la persona.

dolo de ímpetu

Voluntad consciente de perpetrar una conducta delictiva que surge de manera repentina, o en un mismo momento, de manera que la acción se da sin lapso entre lo ideado y lo hecho.

dolo de peligro

Voluntad consciente de querer o aceptar la puesta en riesgo, o amenaza a un bien jurídico tutelado, aun si no se desea su lesión. La conducción temeraria de vehículos y la tenencia de drogas ilegales para el tráfico son delitos donde se presenta el dolo de peligro. ► delito de peligro. delito de peligro abstracto. delito de peligro concreto.

dolo de propósito

En lo civil y en lo penal, voluntad que tomada por concienzuda reflexión busca asegurarse, con un mínimo de riesgo, el resultado de la conducta dañosa. La ‘premeditación’ también es conocida como ‘dolo de propósito’. ► premeditación.

dolo determinado

► dolo penal.

dolo directo

En asuntos punitivos, conocimiento y voluntad absoluta dirigida a la producción de un resultado previsto en un tipo penal; de manera que haya existencia plena entre lo que el agente sabe y quiere y el resultado que se obtiene. || Resolución libre y consciente de realizar voluntariamente una acción u omisión prevista como delito, falta o contravención || Intención criminal; voluntad encaminada a la realización de un hecho delictivo. || Voluntad de delinquir y ejecución de acciones tendentes a la realización del tipo penal. ► tipo penal.

 

dolo doble

► dolo compensado.

dolo en el seguro

En materia civil y mercantil, fraude o astucia dañosa que se emplea, por alguna de las partes, para que se concrete y (o)  ejecute un contrato de seguro. ► contrato de seguro. seguro 2.

dolo en materia civil

El que se da en lo referente al Derecho Civil y que comprende el fraude o astucia dañosa que se emplea, por una de las partes, para la ejecución del acto jurídico. Resulta relevante considerar que jurisprudencialmente el dolo civil se ha establecido como: “toda aserción de lo que es falso o disimulación de lo verdadero, cualquier artificio, astucia o maquinación que se emplee por una de las partes para conseguir la ejecución del acto jurídico”. (Sentencia del Tribunal de Apelación de Sentencia penal de San José, nº 1435 de 13:50 h de 12 de octubre de 2016).

dolo esencial

► dolo principal.

dolo específico

En derecho penal, el fin determinado o concreto que el agente quiere o pretende.

dolo eventual

En derecho penal, resolución libre y consciente con la que se opta por realizar una conducta sin buscar un resultado dañoso, pero que el acaecimiento de ese daño se admite como posible. || Situación en la que el agente incluye en su acción la posibilidad de realizar un hecho punible y el consecuente resultado dañoso, sin embargo dicha eventualidad no lo disuade en su actuar. || Conocimiento y aceptación de la posibilidad de que se produzca un determinado resultado perjudicial como consecuencia de una acción.

dolo genérico

En derecho penal, dolo penal. ► dolo penal. || En derecho civil, mala fe. ► mala fe. || En general, intención consciente y voluntaria de dañar o causar un perjuicio.

dolo indirecto

En derecho penal, categoría que refiere al producto de la voluntad que produce un hecho punible que no es el determinante de la acción del agente, pero que se deriva de su conducta. || Clasificación doctrinal que describe la situación en la que una persona procura un resultado dañoso determinado, pero además conoce que habrá, o muy probablemente habrá, otras consecuencias no buscadas con la acción principal. En la práctica judicial se imputan con igual calidad la conducta realizada a modo de dolo indirecto con la acción delictiva principal.

 

dolo malo

En derecho civil, locución, originalmente definida en las Partidas, que comprende la intención maliciosa dirigida contra el justo derecho de otro y que se ejecuta con engaño, mentira y artificio o mediante silencio malintencionado. ► dolo bueno. || En derecho penal, según cierta doctrina, conocimiento y voluntad de realizar un delito, consciente de que no hay norma  que permita la acción. || En general, falacia, astucia o maquinación destinada a engañar.

dolo negativo

Voluntad dañosa que se concreta en una omisión o con el silencio. “José sabía que aquella noche iban a ejecutar a todos los recién nacidos de la ciudad; sin embargo huyo con su niño y su mujer; y no hizo ni dijo nada…”. Así, el profesor, nos ejemplificaba  el dolo negativo. ► dolo positivo.

dolo penal

Determinación, resolución o decisión, libre, voluntaria y consciente, de realizar una acción u omisión punibles.

dolo positivo

Voluntad dañosa que se concreta en una acción —o varias— o con palabras. El dolo positivo, “[e]s con mucho el predominante, frente a la opuesta modalidad de ‘dolo negativo’”. ► dolo negativo.

dolo principal

En materia civil, la voluntad dañosa que se aplica a la esencia consensual del acto jurídico, de manera que es determinante para que la otra parte acepte pactar o admita cláusulas que normalmente no hubiera consentido. ► dolo causante.

dolo procesal

Voluntad dañosa que mediante un acto procesal pretende el reconocimiento de un interés espurio o la concreción de una situación que la ley no ampara. El falso testimonio es ejemplo de dolo procesal. ► mala fe procesal.