Diccionario usual del Poder Judicial

divorcio por mutuo consentimiento

Finalización, de naturaleza no contenciosa y decretada por autoridad competente, del vínculo matrimonial, en virtud de la voluntad común de los cónyuges. Con el divorcio por mutuo consentimiento ambos cónyuges “tienen la facultad de ponerse de acuerdo en la forma en que se van a distribuir sus bienes, y de decidir sobre la guardia, crianza y todo lo relativo a los hijos que hayan procreado”. convenio de divorcio.

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