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Term Definition
derechos económicos, sociales y culturales

Categoría que engloba los derechos humanos relativos a las condiciones materiales, sociales y culturales que, junto a los derechos civiles y políticos, son necesarios para la consecución y desarrollo de una vida digna. El derecho a escoger el trabajo, a la seguridad social, a la salud, a la educación, a la alimentación, son algunos ejemplos de derechos económicos, sociales y culturales. derechos civiles y políticos.

derechos en parques urbanos

Facultades, potestades o jurisdicciones que se ejercen sobre terrenos considerados parques. parque urbano.

derechos fundamentales

Derechos humanos reconocidos en la Constitución. "Generalmente los derechos fundamentales son derechos humanos reconocidos por el Estado o los Estados en cuestión, es decir, son derechos humanos positivados. La diferencia entre derechos humanos y derechos fundamentales resulta importante, ya que no todos los derechos humanos han sido reconocidos como derechos fundamentales. De ahí que podemos afirmar que no todos los derechos humanos son derechos fundamentales. En definitiva, la expresión derechos humanos tiene un contenido mucho más amplio que el de derechos fundamentales". derechos humanos. derechos y libertades fundamentales.

derechos humanos

Conjunto de garantías, facultades y libertades referentes a bienes inherentes y fundamentales de todos los seres humanos, sin distinción ni condición alguna. Los derechos humanos básicos, “sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”, comprenden el derecho a la vida; a la libertad; a la seguridad personal; a no ser ni estar sometido a esclavitud ni servidumbre; a no ser víctima de torturas, ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes; al reconocimiento de su personalidad jurídica; a la igualdad ante la ley; a recurrir a tribunales nacionales competentes; a no ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado; a ser oído públicamente por un tribunal imparcial para la determinación de derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación en materia penal; a la presunción de inocencia en caso de imputación delictiva; al principio de legalidad; a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o correspondencia; a la libre circulación y elección de residencia en el territorio de un estado; a salir de cualquier país y a regresar al propio; al asilo en caso de persecución injustificada; a la nacionalidad; a casarse y fundar una familia; a la propiedad individual y colectiva; a la libertad de pensamiento de conciencia y de religión; a la libertad de opinión y de expresión; a la libertad de reunión y asociación pacíficas; a la participación en el gobierno de su país; a la seguridad social y satisfacción de derechos económicos, sociales y culturales indispensables para su dignidad y desarrollo; al trabajo; al salario; a la igualdad salarial ante la igualdad laboral; a las garantías sindicales; al descanso, el disfrute del tiempo libre y a vacaciones pagadas; a un nivel de vida adecuado; a la educación; a la vida cultural y goce de las artes; y a la participación en el progreso científico”. || Derechos y garantías individuales consagradas por la Constitución Política y los derechos civiles y políticos definidos en las convenciones firmadas y ratificadas por el país o nación que se trate. || Derechos que se tienen por el hecho de pertenecer al género humano. “Ordinariamente se entiende por derechos humanos el conjunto de libertades públicas que tienen los seres humanos, sin distinción de ninguna índole, que les permite luchar por alcanzar su fin trascendente en armonía de su dignidad, innata, con la de las otras personas, bajo el reconocimiento del Derecho y con el respeto del poder político”. (Sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV, N.º 106 de 15:00 h de 4 de diciembre de 2014). || Expresión que se refiere a las condiciones esenciales e inherentes que toda persona física debe tener para su realización.

 
 
derechos humanos ambientales

Conjunto de garantías, facultades y libertades referentes a un medioambiente sano y a su protección, y que son inherentes y fundamentales a todos los seres humanos, sin distinción ni condición alguna. “El derecho humano al ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, considerado actualmente como parte de los derechos económicos, sociales y culturales, complementa y refuerza los derechos civiles y políticos, correspondiendo a los Estados, individuos y otras entidades públicas y privadas, su efectiva protección y promoción”. (Peña, Mario). ambiente. ambiente sano. delito ecológico. derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. derecho ambiental. derecho del medioambiente. derecho internacional del medioambiente. derechos humanos. Ley Orgánica del Ambiente. medioambiente. protección del ambiente.

derechos humanos de primera generación

Conjunto de garantías, facultades y potestades que tienden a la protección de la libertad individual. Los derechos civiles y políticos son derechos humanos de primera generación. derechos humanos.

derechos humanos de segunda generación

Conjunto de garantías, facultades y potestades que tienden a la protección de derechos colectivos mediante la regulación estatal. Los derechos económicos, sociales y culturales son considerados como derechos humanos de segunda generación. derechos humanos.

derechos humanos de tercera generación

Conjunto de garantías, facultades y potestades que tienden a la protección de derechos que garantizan la calidad de vida. derechos humanos.

derechos individuales

Garantías que la Constitución concede a todos los habitantes de un Estado.derechos civiles y políticos.

derechos indivisos

Aquellos que surgen de la copropiedad o cotitularidad de un bien. || Participación mancomunada de cada titular en la propiedad de un bien. En los derechos indivisos “la parte de cada copartícipe no es una porción determinada del objeto, sino una fracción ideal, un derecho en el conjunto. De ahí que mientras la comunidad exista, ninguno de los condueños puede vender o gravar en principio, una parte determinada de la cosa común”. || Los que pueden dividir pero que aún se encuentran unidos. || En bienes inmuebles, forma de copropiedad en la cual cada titular de ella tiene una participación en el todo y no en un área específica. “La existencia de los derechos  indivisos, se da como consecuencia de la versatilidad del derecho de propiedad, que permite, que una misma cosa, en este caso, un bien inmueble, terreno con o sin edificaciones, pueda pertenecer a dos o más personas, llamados mayormente copropietarios”. bienes indivisos. indiviso (a). pro indiviso. proindiviso (a). || Relación jurídica establecida con un bien que no está separado o dividido en partes, aun cuando ese bien es divisible. La Ley sobre Localización de Derechos Indivisos, N.º 2755, de Costa Rica, en el artículo 1º establece: “El propietario de uno o más derechos indivisos, ya lo sean en una o en varias fincas inscritas en el Registro Público, que estén localizadas de hecho en el terreno formando un solo lote, y que hayan sido poseídos por el término no menor de un año, en forma quieta, pública, pacífica y como dueño, podrá solicitar su inscripción como finca independiente mediante el otorgamiento de una escritura pública previos los trámites que esta ley establece”.

derechos laborales

Conjunto de garantías, potestades normativas y principios relacionados con el derecho del trabajo. El contrato de trabajo, las vacaciones, la protección de datos y la no discriminación, son algunos de los derechos laborales. derecho laboral.

derechos litigiosos
derechos morales

Categoría que comprende el derecho de un autor de preservar su vínculo personal con su creación y exigir el reconocimiento de la autoría, mediante la asociación de su nombre con la elaboración de la obra. Entre las medidas que contienen los derechos morales se encuentran: “Reivindicar la paternidad de la obra, asociando a la misma su nombre o seudónimo conocido; oponerse a toda deformación, mutilación, u otra modificación hecha sin expreso y previo consentimiento. […]; mantener la obra inédita; autorizar a terceros a terminar la obra inconclusa, previo consentimiento del editor o del cesionario […]; y exigir que se respete su voluntad de mantener la obra anónima o seudónima mientras ésta no pertenezca el patrimonio cultural común”. derecho patrimonial. derechos conexos. derechos de autor (a).

 

derechos personales

Conjunto de potestades subjetivas, otorgadas por el ordenamiento jurídico, como reconocimiento de la personalidad. Los derechos personales precisan dos elementos: capacidad de actuar y respeto del obligado y de la colectividad. derecho subjetivo. personalidad 1. || Potestades que tiene una persona con respecto a otra persona para que esta cumpla con una obligación de dar hacer o no hacer. Los derechos personajes se ejercen frente a una persona determinada y no con respecto a la cosa (como sería el caso del derecho real). Ejemplos de derechos personales son los devenidos del contrato de compraventa, arrendamiento o crédito.

 

derechos políticos

Garantías reconocidas por la Constitución y demás preceptos fundamentales relacionados con el quehacer público o con las actividades civiles. derechos civiles. derechos civiles y políticos.

derechos proindivisos

Potestades, autoridades o mandos que se ejercen en comunidad entre varias personas, y sin individualización sobre cuáles les corresponden a cada una de ellas. || Los que se ejercen sobre un bien proindiviso. proindiviso (a).

derechos reales
derechos reales agrarios
derechos reales de garantía
derechos registrables

Conjunto de potestades susceptibles de ser inscrito en el Registro. registro 1.

 

derechos sociales

Conjunto de garantías que proporcionan u ofrecen la posibilidad de tener acceso a condiciones económicas y acceso a bienes materiales que proporcionen una vida digna. garantías sociales. derechos humanos.

derechos y deberes políticos

Fórmula que engloba las garantías y las obligaciones relacionadas con el quehacer público, las responsabilidades colectivas y las actividades civiles. derechos políticos.

derechos y garantías individuales

En contraposición de la forma colectiva, fórmula que engloba los derechos y las garantías individuales reconocidas en la Constitución Política. derechos individuales. garantías individuales.

derechos y garantías sociales

En contraposición de la forma colectiva, fórmula que engloba los derechos y las garantías sociales reconocidas en la Constitución Política. derechos sociales. garantías sociales.

derechos y libertades fundamentales

Derechos humanos reconocidos en la Constitución. Sin ser exhaustivo, se consideran los derechos y libertades individuales: derecho a la vida; a la integridad física y moral; a la libertad ideológica; a la libertad religiosa y de culto; a la libertad ambulatoria; al honor, a la intimidad personal y familiar; a la imagen; a la inviolabilidad del domicilio; a la libre elección de residencia; a la libertad de expresión; al derecho de reunión y asociación; a la tutela judicial efectiva; al principio de legalidad; a la educación, al menos hasta el nivel secundario; al derecho de sindicalización y huelga; y el derecho de petición y respuesta. derechos fundamentales.