Term | Definition |
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derogación tácita en materia tributaria | Abolición o anulación, implícita o sobreentendida, de una norma y que se da en asuntos relativos a los pagos legalmente impuestos, o determinados por la Administración, que los contribuyentes realizan para sostener las cargas públicas. |
derogar | Abolir, dejar sin efecto una norma en uso o vigente. || Anular una norma jurídica por otra posterior. |
derogatoria | ► derogación. |
derogatoria de la ley | |
derogatoria de leyes | |
derogatoria tácita | |
derogatorio (a) | Que abole una ley o norma. |
derrama | Contribución excepcional o pasajera. || Distribución de un gasto, temporal o extraordinario, entre varias personas. |
derramamiento | Acción y efecto de desbordar una substancia su receptáculo continente o esparcirse desordenadamente un líquido. |
derramar 1 | Desbordarse una substancia el recipiente que la contiene. || Esparcirse un líquido de forma desordenada. || Salirse una cosa del lugar donde está. Se derramó el petróleo de los contenedores. || Verter algo de un recipiente. || Difundir, publicar o divulgar acontecimientos. || Desaguar una corriente de agua. |
derramar 2 | Contribuir excepcionalmente o de forma pasajera. || Distribuir un gasto, temporal o extraordinario, entre varias personas. |
derrame | En algunas legislaciones, aguas de una finca que, por gravedad, corren hacia otra propiedad. || Desbordamiento, derramamiento. ► derramamiento. || Lo que se desborda o derrama. Allá cerca del islote, se puede ver el derrame de aceite. || Porción que en cuestiones de medidas, se desaprovecha o deshecha. || Desnivel por el que corre un líquido. || En medicina, acumulación anómala de un líquido en el cuerpo. |
derrelicto | Barco o cosa abandonada en el mar. |
derribar | Demoler, botar o echar a tierra edificaciones, muros o construcciones. || Caerse. || Tirar o tirarse alguien al suelo. El boxeador se derribó en el tercer round. || Hacer dar en tierra a algún ser o cosa que vuela. || Hacer perder posición social, económica o política. |
derribo | Demolición de edificaciones, muros u otro tipo de construcciones. || Escombros o cascotes de una demolición. || Caída, sea por impulso propio o ajeno. || La acción y el resultado de hacer dar en tierra a lo que vuela. |
derrocar | Deponer a un gobernante. || Sacar a alguien del poder. || Botar, echar abajo una edificación. || Lanzar a un despeñadero. |
derrotar | Ganar o imponerse en un enfrentamiento. || Vencer al enemigo. || Arruinar la salud. || En cuestiones de navegación acuática, apartarse la nave del rumbo conveniente. |
derrotero | Rumbo, camino. || Medio para conseguir un objetivo determinado. |
desabastecer | Desproveer o privar a una persona o comunidad de los productos vitales o esenciales para su subsistencia. || Evitar que a un pueblo o a una persona le lleguen las mercancías necesarias para la vida. |
desabastecimiento | Falta de productos esenciales. || Carestía, escasez, privación de mercaderías. |
desacatar | Faltar al respeto que se le debe a una persona. || Faltar a la autoridad. || No obedecer una norma, generalmente jurídica. |
desacato | Tipo penal que comete la persona que ofende el honor o el decoro de un funcionario público o que lo amenace, a causa de sus funciones de este último. || Acción punible que se perpetra cuando se calumnia, injuria, insulta o amenaza a una autoridad o funcionario público cuando está en ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas. || Falta de respeto a una persona. || Desobediencia a una norma. |
desacreditar | Disminuir o quitar injustificadamente la reputación o estimación pública que se tiene. |
desacumulación | En derecho procesal, tramitación separada de los procesos que anteriormente estaban acumulados. “[S]e advierte al Tribunal Penal […] que aunque la jurisprudencia de esta Sala ha definido que la desacumulación de causas debe valorarse en cada caso particular conforme a criterios de unidad y economía procesal (votos 00444-1996 de las quince horas del 21 de agosto, 00086-2002 de las 9:25 horas del 8 de febrero) debe valorarse de acuerdo también a los principios del debido proceso en un marco de objetividad, imparcialidad y razonabilidad y teniendo en consideración los derechos del imputado, de modo que no se le produzcan situaciones de desigualdad procesal ni mucho menos resoluciones que aventajen a una de las partes del proceso en detrimento de los derechos de la otra parte, circunstancias que indudablemente producen indefensión para una de ellas y vician el proceso, lo cual puede redundar en la ineficacia de lo resuelto”. (Sala Tercera, N.º 951 de 16:20 h de 7 de setiembre de 2007). ► acumulación. || Separación de un elemento integrante de un conjunto. || Efecto de deshacer lo que estaba amontonado. |
desacumulación de causas | Tramitación separada de los procesos que anteriormente estaban acumulados. ► causa 1. |