Diccionario

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Term Definition
clásico. (a)

Se dice del autor, género u obra que es modelo o arquetipo. || Se dice del período de gran esplendor cultural de una civilización. El período clásico de los mayas. || Momento histórico en el que se establecen las teorías y modelos de una actividad, y que serán el punto de partida de su desarrollo. || Perteneciente a la Antigüedad griega y romana. || En música, de tradición académica. Algunas de las divisiones de la música clásica pueden ser los períodos barroco, clasicista, romántico e impresionista. || En tipos de música académica, género del período clasicista que abarca los siglos XVIII y XIX. Mozart y Haydn son representantes del período clásico. || Dicho de lo que, por su importancia, forma parte de la historia. || Se dice de lo que no se aleja de lo acostumbrado o característico. Una marca de automóviles con una línea clásica. || Dicho de lo que es característico de una persona o situación. Camina como es clásico en los deportistas. || En materia de deportes, partido que se disputa entre equipos muy reconocidos por la rivalidad entre ellos. El clásico, Liga Deportiva Alajuelense contra Saprissa, se jugará este fin de semana.

clasificación
Ordenación, división o catalogación por clases. || Determinación de la clase o categoría a la que pertenece una persona o cosa. || Cumplimiento de los requisitos para el desempeño de una actividad o labor. || Obtención de un puesto en una prueba. || En asuntos deportivos, consecución de un puesto que posibilita continuar en una competición.
clasificar
Ordenar, dividir o catalogar por clases. || Determinar la clase o categoría a la que pertenece una persona o cosa. || Cumplir o tener los requisitos para el desempeño de una actividad o labor. || Obtener un puesto en una prueba. || En deportes, conseguir un puesto que posibilita continuar en una competición.
clasismo

Actitud, doctrina o tendencia que justifica y defiende la diferencia de tratos u oportunidades de las distintas clases sociales. ► clase social.

clasista

Persona partidaria de la doctrina o tendencia que defiende las diferencias de clases sociales. ► clasismo. || Referente o perteneciente al clasismo.

claustro

En Costa Rica, coloquial, la universidad, específicamente, la Universidad de Costa Rica. Hay que extirpar del claustro universitario el acoso sexual. || Junta gubernativa de una universidad. || Conjunto de profesores, y su reunión, de un centro de enseñanza. || Pasaje o galería que circunda el patico de un convento o iglesia. || Vida apartada de las relaciones sociales. || Lugar cerrado.

claustrofobia
Miedo a estar confinado en un lugar cerrado.
cláusula

Disposición, estipulación o condición de un contrato, tratado, edicto, testamento o, en general, en cualquier tipo de convención. Las cláusulas, si no contravienen la ley u otro mandato de similar peso, pueden ser de libre establecimiento.

cláusula abusiva

Disposición unilateralmente impuesta que perjudica de manera injusta, en virtud de un desequilibrio entre los derechos y las obligaciones, a la otra parte. Concretamente, se puede entender por cláusulas abusivas, las impuestas unilateralmente por el empresario, que perjudiquen de manera inequitativa a la otra parte, o determinen  una posición de desequilibrio  entre los derechos  y las obligaciones de los contratantes, en prejuicio,  por lo común, de los consumidores  y usuarios (aunque  también de cualquier  otro contratante  que no llegue a revestir el carácter de consumidor...Por otra parte la misma doctrina reconoce que las cláusulas abusivas, en última instancia, entrañan una lesión del  principio de la buena fe contractual... En efecto, el problema de las cláusulas abusivas, tanto de los contratos de libre discusión como de adhesión, no puede analizarse con independencia del principio de buena fe que debe regir en toda relación contractual”. (Sentencia de la Sala Primera, N.º. 65 de 14:45 h de 28 de junio de 1996. ► cláusula contractual abusiva. cláusula leonina.

cláusula arbitral

En un contrato u otro tipo de convención, estipulación o disposición que las partes acuerdan, consistente en renunciar a la jurisdicción ordinaria y, en consecuencia, someter a arbitraje las eventuales controversias que en el futuro surjan, con motivo del contrato u otras relaciones jurídicas. “[C]onforme a los artículos 18 y 23 [de la Ley N.º 7727 de 1997], la cláusula o acuerdo arbitral es un convenio o pacto expreso, sin formalidad alguna, pero debe constar por escrito. Puede formar parte de un convenio, o ser autónomo. Por su medio, las partes acuerdan renunciar a la jurisdicción ordinaria y someter a arbitraje las controversias que, en el futuro, puedan surgir respecto del contrato donde se incluyó, o en determinada relación jurídica. Como tal, presenta los caracteres propios de un contrato privado, pero con objeto y contenido procesal, pues, se insiste, a través suyo las partes acuerdan sustraer del conocimiento de la jurisdicción ordinaria sus controversias. El artículo 1386 del Código Civil confirma su naturaleza contractual: “Por el contrato de compromiso las partes someten a la decisión de árbitros o arbitradores sus cuestiones actuales.” [Sic] Los artículos 1022 y 1025 del Código Civil preceptúan el denominado principio de relatividad de los contratos. De conformidad con este postulado, el convenio tiene fuerza obligatoria entre los contratantes. Solo produce efectos entre ellos, salvo contadas excepciones que la ley contempla. En relación con ello, pueden consultarse, entre otras, las sentencias de este órgano jurisdiccional no. 900 de las 14 horas 40 minutos del 20 de octubre de 2004 y no. 509 de las 15 horas 35 minutos del 21 de mayo de 2009”. (Sentencia de la Sala Primera, N.º 450 de 09:15 h de 27 de marzo de 2014). ► acuerdo arbitral. arbitraje. proceso arbitral.

cláusula arbitral del contrato de trabajo

Disposición que, en un contrato laboral, avisa que las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria para solucionar o resolver un eventual conflicto, exclusivamente, en sede arbitral. Respecto a la cláusula arbitral del contrato de trabajo se ha dicho: “II.- No sobra agregar que para la Sala, las cláusulas arbitrales incluidas en los contratos propios de la materia de trabajo, a través de las cuales los trabajadores acepten someter a arbitraje los conflictos que surjan posteriormente entre las partes, son absolutamente nulas y, por lo tanto, ineficaces, pues en el fondo pueden implicar una imposición de la parte empleadora e implican de hecho una renuncia de antemano a la jurisdicción de los tribunales de trabajo que la Constitución Política les creó (artículos 74 de la Constitución Política, 11 y 17 del Código de Trabajo).  Ciertamente que la propia Constitución establece en su artículo 43 que “Toda persona tiene derecho a dirimir sus diferencias patrimoniales por medio de árbitros, aún habiendo litigio pendiente”. Esto debe interpretarse, con mucho más razón [sic] en materia laboral, ante el peligro de que se impongan cláusulas arbitrales en los contratos de trabajo, en el sentido de que ese derecho puede ejercerse en relación con diferencias patrimoniales existentes o actuales, y no en sentido absoluto, porque eso, como se dijo, importa la renuncia de un derecho fundamental, lo cual está prohibido”. (Sentencia de la Sala Segunda, N.º 963 de 10:05 h de 14 de noviembre de 2008). ► arbitraje. arbitraje laboral. contrato laboral. jurisdicción laboral.

cláusula compromisoria

Estipulación o disposición que se acuerda en un contrato o tratado, para que en caso de surgir una controversia, las partes sometan el asunto al conocimiento de un árbitro o de un amigable componedor. La naturaleza contractual de la cláusula compromisoria implica voluntariedad de las partes que a través del pacto se someten al arbitraje. Precisamente la jurisdicción de los árbitros, no se origina de una fuente estrictamente legal, sino de la voluntad convencional de los particulares dentro de los límites consentidos por el Código Civil sin que constituya una jurisdicción especial, sino simplemente sustitutiva de la ordinaria. La cuestión sobre si el decidir una determinada controversia compete al juez ordinario o al árbitro privado, da lugar a pronunciamiento sobre la competencia y no sobre la jurisdicción, porque los árbitros son siempre jueces privados, llamados a sustituir, en los casos y en las formas de ley, a los jueces ordinarios. (Sentencia del Tribunal Primero Civil, N.º 26 de 08:30 h de 9 de enero de 2009). ► acuerdo arbitral. amigable componedor (a). arbitraje. proceso arbitral.

cláusula contractual

La disposición que se estipula en un contrato. ► contrato.

cláusula contractual abusiva

La que dispuesta en un contrato es excesiva, mala, arbitraria o injusta. ► cláusula abusiva. cláusula leonina.

cláusula de conciencia

Posibilidad o facultad de negarse a realizar un acto, generalmente obligatorio, si es contrario a las creencias o convicciones propias. En ciertos países es legalmente refrendada la cláusula de conciencia del médico, el abogado o el militar. ► objeción de conciencia. secreto profesional.

cláusula exorbitante

En materia administrativa, disposición contractual que otorga prerrogativas a las Administraciones públicas para que puedan aplicar variaciones a los contenidos del convenio sin previa declaración judicial. “Las cláusulas exorbitantes quiebran el principio de igualdad entre las partes contratantes y pueden citarse, entre ellas, la interpretación unilateral, la modificación unilateral y la terminación unilateral”.

cláusula leonina

Disposición, generalmente contractual, que en virtud de condiciones desmedidas o exageradas, es ventajosa para una sola de las partes. En los contratos, por lo general, las cláusulas leoninas se consideran como no puestas o inexistentes. ► cláusula abusiva. cláusula contractual abusiva.

cláusula monetaria

Disposición contractual por la que se estipula que el pago debe realizarse en determinada moneda. || Estipulación que determina que la suma a pagar en moneda nacional, se ha de fijar correspondientemente a su cotización con relación a una moneda extranjera. La cláusula monetaria establecía que el pago debía realizarse en colones al precio que estos tuvieran, ese día, con relación al euro.

cláusula normativa

En materia empresarial o administrativa, la disposición que establece la organización corporativa o institucional de una entidad. || Cualquier estipulación o disposición que regule una determinada actividad u organización.

cláusula normativa de la convención colectiva

Disposición que regula alguna de las condiciones de trabajo, y que tiene la función preceptiva devenida de la negociación colectiva. Ejemplos de cláusulas normativas de la convención colectiva son las disposiciones que regulan jornadas laborales; régimen de descanso y vacaciones; licencias; capacitaciones; y despido. ► convención colectiva. convenio colectivo de trabajo. negociación colectiva.

cláusula penal

La disposición contractual que estipula el pago de una cantidad determinada de dinero, u otra prestación legalmente permitida, en caso de un incumplimiento de la obligación. El Código Civil costarricense, en su artículo 708, determina: “El efecto de la cláusula penal es determinar con anticipación y a título de multa de daños y perjuicios debidos al acreedor, por el deudor que no ejecute su obligación o que la ejecute de una manera imperfecta”. La cláusula penal —sin que el adjetivo se asocie a su sentido criminal— fija de previo y como penalización, la indemnización que la parte deudora deberá abonar por su incumplimiento. || Estipulación contractual con la que, para asegurar el cumplimiento de la obligación, se establece una sanción consistente en dar o hacer en caso de no cumplir, o retardar, la observancia de lo obligado. Una de las funciones de la cláusula penal es acordar y valuar anticipadamente los perjuicios devenidos del incumplimiento o del retardo. || En materia administrativa, estipulación contractual por la que la Administración, actuando como contratante, determina anticipadamente los daños y perjuicios originados de una mala ejecución del contratista. El tratadista Jinesta Lobo apunta: “El fin de esta cláusula [cláusula penal] es que la administración contratante cuente con mecanismo ágil para obtener la reparación de los daños y perjuicios causados por el adelanto prematuro o atraso, al considerar que en determinados casos el plazo de ejecución resulta de vital importancia. (...) Dada su finalidad específica, debe ejecutarse ante el incumplimiento del plazo de ejecución de las obligaciones pactadas, siendo que por su medio se castiga cualquier desajuste —por prematuridad o atraso— en el plazo de ejecución contractual”.

cláusula resolutoria

Disposición contractual que estipula que el contrato puede deshacerse en caso de que una de las partes incumpla con lo convenido. Apunta Guillermo Cabanellas: “En las obligaciones recíprocas, la cláusula resolutoria es innecesaria; porque la resolución es facultad reconocida legalmente”. ► condición resolutoria.

cláusulas normativas de la convención colectiva

► cláusula normativa de la convención colectiva.

clausura

Cierre de un local por disposición oficial o mandato de la Administración. || Inhabilitación para el uso de un edificio. || Condena de un paso o acceso. La clausura de puertas y ventanas. || Acto solemne con que se termina una actividad. La clausura de los Juegos Olímpicos. || En conventos religiosos, recinto interior donde solo pueden entrar ciertas personas.

clausura de local

Cierre, permanente o temporal, del establecimiento donde una actividad se realiza. ► local 2.