Diccionario usual del Poder Judicial

cláusula compromisoria

Estipulación o disposición que se acuerda en un contrato o tratado, para que en caso de surgir una controversia, las partes sometan el asunto al conocimiento de un árbitro o de un amigable componedor. La naturaleza contractual de la cláusula compromisoria implica voluntariedad de las partes que a través del pacto se someten al arbitraje. Precisamente la jurisdicción de los árbitros, no se origina de una fuente estrictamente legal, sino de la voluntad convencional de los particulares dentro de los límites consentidos por el Código Civil sin que constituya una jurisdicción especial, sino simplemente sustitutiva de la ordinaria. La cuestión sobre si el decidir una determinada controversia compete al juez ordinario o al árbitro privado, da lugar a pronunciamiento sobre la competencia y no sobre la jurisdicción, porque los árbitros son siempre jueces privados, llamados a sustituir, en los casos y en las formas de ley, a los jueces ordinarios. (Sentencia del Tribunal Primero Civil, N.º 26 de 08:30 h de 9 de enero de 2009). ► acuerdo arbitral. amigable componedor (a). arbitraje. proceso arbitral.

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