| Term | Definition |
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| precio cierto | Suma determinada de dinero. || En un contrato, suma que se debe pagar y que está establecida por las partes. || Importe o cuantía de un monto que se deja al arbitrio de una persona determinada. || Suma fijada para determinar el valor de una cosa cierta. ► cosa cierta. || En caso de bienes muebles, valor en el mercado de la cosa, el día que se hace referencia a ella. |
| precio corriente | El que se considera normal, usual, frecuente o habitual, según el lugar y el momento de referencia. |
| precio de transferencia | Contraprestación dineraria o valor fijado que pactan dos o más empresas del mismo grupo empresarial para el intercambio de bienes, servicios o derechos, entre ellas. ► empresas vinculadas. grupo de interés económico. |
| precio fijo | Cantidad que se pide y que, señalada en una mercancía, no admite discusión en cuanto a rebajos. |
| precio incierto | El que no ha sido establecido o que comporta duda en cuanto al mismo. Si el precio es incierto, las partes pueden sujetarse al precio corriente del bien o servicio. |
| precio justo | En filosofía, lo que debe ser la cabal retribución por el trabajo y el valor intrínseco de los bienes. ► justo precio. |
| precio público | Prestación dineraria que las Administraciones exigen como contraprestación por un servicio determinado. |
| precios de transferencia | |
| precluir | Agotarse o extinguirse una facultad o derecho para realizar un acto procesal, en virtud del transcurso del plazo legal. || Impedir la renovación de una etapa procesal ya clausurada. |
| preclusión | Agotamiento o extinción de una facultad o derecho para realizar un acto procesal. || Dicho de la institución jurídica que impide renovar una etapa procesal ya clausurada. |
| preclusivo (a) |
Que determina la extinción o el agotamiento de la facultad para efectuar una actividad procesal.
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| precontratar | En materia contractual, dicho de las partes: Pactar o acordar acerca del compromiso para que en el futuro se celebre, de manera definitiva, un contrato que en la actualidad no desean o no pueden cerrar. |
| precontrato | Pacto o acuerdo mediante el cual las partes se comprometen a celebrar, en el futuro, un contrato que en el presente no desean o no pueden cerrar de manera definitiva. En Costa Rica se ha dicho que el precontrato es “[…] aquella convención mediante la cual dos o más personas se comprometen a hacer efectiva en el futuro la conclusión de un contrato que, en ese momento, no quieren o no pueden celebrar en forma definitiva. El precontrato, en rigor, es un contrato por medio del cual surge una obligación de hacer: la celebración del futuro contrato, que a su vez constituye su objeto o finalidad. Son precontratos, por tener como finalidad la realización de otro contrato, la promesa unilateral de venta y la promesa recíproca de venta. La primera, es decir, la promesa unilateral de venta —o simplemente promesa de venta— comúnmente se denomina opción de venta y es la figura prenegocial a que se contrae el artículo 1054 del Código Civil”. (Tribunal de Apelación Civil y Trabajo Zona Atlántica, Sede Limón, Materia Civil, N.° 106 de 14:43 h de 7 de junio de 2019). |
| predar | En España, entre el siglo XIII y XV, apresar, saquear o robar. “predar” era voz sinónima de ‘prear’. |
| predatorio (a) | En Costa Rica, en relación con el delito de acoso, voz referente a la vigilancia, merodeo, persecución o procura de acercamientos no deseados por la víctima. ► acoso predatorio. || Relativo o concerniente al saqueo o al robo. || En materia de libre competencia, práctica comercial que busca cerrar el mercado o excluir competidores. Precio predatorio. || Referente o concerniente a la acción de hacer presa. El instinto predatorio de la hiena manchada y de la mantis religiosa. || Comp. Dicho de una práctica comercial: Que se aplica con la intención de cerrar el mercado o excluir competidores. |
| predio | Porción de terreno formada por una o varias parcelas continuas, interdependientes entre sí, y que pertenece a uno o varios propietarios o poseedores. || Posesión inmueble. || Heredad, hacienda, tierra. |
| predio ajeno | Posesión inmueble que pertenece a otro que no es uno. |
| predio alodial | Posesión inmueble que está libre de cargas y gravámenes. |
| predio dominante | Descriptor sinónimo de ‘fundo dominante’. ► fundo dominante. |
| predio rústico | Denominación que refiere a la propiedad que se encuentra fuera de un poblado. || Tierra que se cultiva o se destina al uso pecuario o forestal. ► fundo agrario. || En la antigua Roma, finca que carecía de edificación. |
| predio sirviente | Descriptor sinónimo de ‘fundo sirviente’. ► fundo sirviente. |
| pregrado | En Costa Rica, nivel de estudios posterior a la enseñanza diversificada y anterior a la universitaria. ► enseñanza diversificada. enseñanza secundaria. |
| pregunta |
Solicitud para que se dé respuesta a una consulta. || Petición interrogante para la aclaración de algo. || Demanda de información. || En una prueba en la que se examinan los conocimientos de un estudiante, puntos sometidos a evaluación.
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| pregunta retórica |
La que se realiza sin el afán de interrogar o conseguir una respuesta, sino para expresar la afirmación de lo preguntado y conseguir un efecto de fuerza argumentativa.
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| preguntar |
Solicitar que se dé respuesta a una consulta. || Pedir, mediante interrogación, la aclaración de algo. || Pedir o demandar información. || En una prueba de conocimientos: Someter a examen las cogniciones o entendimientos que sobre una materia tiene la persona evaluada. || Exponer en forma de interrogación un asunto, sin esperar respuesta, como forma de dar fuerza y efecto a lo que se afirma.
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