Term | Definition |
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inter virum et uxorem |
Locución latina que significa 'entre marido y mujer'.
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inter vivos | Locución latina españolizada que significa ‘entre vivos’ y que se aplica a actos jurídicos que producen sus resultados entre personas vivas o en vida de las partes. La donación, como acto traslativo de dominio, es un negocio inter vivos, mientras que la herencia o legado se verifica con la muerte del donante. |
inter- |
Prefijo que significa "entre", "en medio". 'Inter/poner', o sea poner una cosa entre otras.
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intercalar |
Poner una cosa entre otras de manera que se añade. || Colocar, interponer. || Colocar palabras entre otras que ya estaban dispuestas.
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intercambiar |
Entre personas o entidades, cambiar o compartir ideas, cosas u obras. || Comerciar, negociar bienes o servicios.
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intercambio |
La acción y el resultado de cambiar cosas u obras. || Igualdad o reciprocidad de trato entre personas físicas o jurídicas. || Comercio, negocio, tráfico de bienes o servicios. En la bolsa de valores se intercambian diversos títulos. El intercambio comercial entre países. || Compraventa. || Canje de prisioneros. En aquel puente fue donde las dos potencias intercambiaron los espías capturados.
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interceptación | Apoderamiento o apropiación de lo que va, antes de que llegue a su destino o a su destinatario. || Detención o parada de una persona o cosa en su trayecto o camino. || Interrupción del paso, de la circulación o del tránsito. |
interceptación de comunicaciones | En algunas legislaciones y usos legales o administrativos, sinonimia de ‘intervención de comunicaciones’. ► intervención de comunicaciones. || Apropiación o toma, legal o no, de informaciones destinadas a un tercero. || Apoderamiento de las comunicaciones que alguien transmite a otra persona, que se realiza con fines de espionaje, vigilancia o investigación. |
interceptación de comunicaciones telefónicas | En algunas legislaciones y usos legales o administrativos, sinonimia de ‘intervención de comunicaciones telefónicas’. ► intervención de comunicaciones telefónicas. || Apropiación o toma, legal o no, de informaciones dadas mediante la telefonía celular, fija, por cable o satelital. ► telefonía celular. telefonía fija. telefonía por cable. telefonía satelital. || Colocación de un dispositivo en un artefacto de telecomunicación que permita la apropiación subrepticia de lo informado por su intermedio. |
interceptación de correspondencia | Apoderamiento de cartas, mensajes, escritos, oficios, partes y demás avisos postales antes de que lleguen a la persona destinataria o a su destino. |
interceptar |
Apoderarse, apropiarse, quedarse con algo que va, antes de que llegue a su destino o destinatario. || Detener a una persona o cosa en su trayecto o camino. || Interrumpir el paso de alguien o algo; particularmente en una vía de comunicación.
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interdecir |
Prohibir, vedar. || Imposibilitar la ejecución de algo. || Privar de algún derecho civil.
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interdicción |
Privación de derechos civiles. || Restricción declarada de la capacidad jurídica de una persona. > abreviado de interdicción. || Prohibición.
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interdicto | Acción extraordinaria, de carácter sumario, con la que se pretende que se decida sobre la posesión actual o momentánea de un bien y con la que, generalmente, se busca evitar un daño inminente. ► proceso interdictal. || Acción procesal que procura asegurar la tenencia de un bien, así como la posesión del derecho. || En derecho procesal, juicio posesorio de carácter sumario o sumarísimo que no cierra el litigio en otro juicio definitivo. ► juicio posesorio. || Proceso de tramitación simple con el que se pretende atribuir una posesión provisional de algo a una persona determinada frente a otra. || Fórmula legal con la que se enuncia la protección de un derecho de posesión, sin que se juzgue sobre sus motivos o derechos, frente a la perturbación o despojo de otro. || Prohibición de hacer o decir algo. || Persona a la que se le ha prohibido hacer o decir. |
interdicto agrario | El interpuesto para proteger una posesión en la que se realizan actos consistentes en el ejercicio de una actividad económica organizada que se dirige a la producción o cría de animales o vegetales. El interdicto agrario no puede establecerse si han transcurrido tres meses desde el comienzo de los hechos y obras contra las cuales se reclama, ya que a ese término se limita el plazo de caducidad que fija la Ley. |
interdicto agrario de amparo de posesión | Interdicto mediante el cual se busca proteger la posesión actual y momentánea, a efecto de que las actividades agrarias de producción no sean afectadas, y para que se pueda cumplir con el destino productivo de los bienes agrarios. “El interdicto agrario de amparo de posesión, tiene por objeto mantener una situación de hecho, actual y momentánea, hasta tanto no sea resuelta en una vía más amplia, como la declarativa, el derecho de poseer una cosa, independientemente del derecho de propiedad”. ► fundo agrario. interdicto agrario. propiedad agraria. |
interdicto agrario de derribo | Proceso sumario de finalidad preventiva que busca medidas que impidan que una obra, el mal estado de un edificio o árboles, que hayan colapsado o estén a punto de colapsar, puedan perjudicar actividades agrarias de producción. ► interdicto agrario. interdicto de derribo. |
interdicto agrario de fundo enclavado | Nominación que se le da al proceso sumario con el que se busca otorgarle salida a calle pública a un terreno de vocación agraria, cuya única forma de ingresar y salir de él fue interrumpida u obstaculizada. ► fundo enclavado. interdicto agrario. || En Costa Rica, en materia procesal, nominación que se le da al interdicto de amparo de posesión que busca proteger los derechos de un fundo enclavado. ► fundo enclavado. |
interdicto agrario de reposición de mojones | El que procede y tiene lugar cuando ha habido —en fundos agrarios o de vocación agraria—, alteración de límites entre inmuebles; se hayan arrancado mojones y se hayan dispuesto en lugar diferente de donde estaban; o se haya hecho una cerca nueva y se coloque en el lugar que no le corresponde. ► interdicto agrario. mojón. |
interdicto agrario de restitución | Juicio posesorio, sumario o sumarísimo, cuyo objeto es reintegrar o reponer inmediatamente un bien de naturaleza o vocación agraria a quien lo tenía o lo poseyó pacíficamente y ha sido violenta o clandestinamente despojado de él. ► interdicto agrario. |
interdicto agrario de suspensión de obra nueva | El que se entabla para suspender la amenaza que implica, a un propietario o poseedor de un fundo agrario, la construcción de una obra nueva; el mal estado de un edificio o la situación peligrosa de un árbol. || El que tiene como fin paralizar, frenar o impedir la disposición de una obra nueva que resulte perjudicial para el propietario o poseedor de un inmueble —dedicado o que es susceptible de destinarse al ejercicio de actividades agrarias productivas o a la conservación de bosques y manejo sostenible de actividades agroambientales— colindante con el terreno en el que se desarrolla el trabajo. ► fundo agrario. obra nueva. |
interdicto de amparo de posesión | El que procede cuando la persona que posee o tiene una cosa, es perturbado, en cuanto a ella, por actos que la inquietan y que manifiestan una intención de despojo. Para efectos del interdicto de amparo de posesión “se estimará que hay intención de despojo, siempre que el responsable de los hechos que se demandan haya conocido o debido conocer sus consecuencias lesivas del derecho ajeno”. |
interdicto de derribo | Proceso sumario de finalidad preventiva que tiende a impedir que una obra nueva, el mal estado de un edificio o un árbol, que hayan colapsado o estén a punto de colapsar, puedan perjudicar alguna cosa pública, el derecho de un poseedor o se constituyan como una amenaza para los transeúntes. La demanda, en un interdicto de derribo, podrá ser establecida por cualquiera que tenga interés. “De inmediato, el juez hará el reconocimiento de los lugares, con auxilio de peritos, si lo estimare conveniente, y dictará las medidas de seguridad [que puede incluir la destrucción total o parcial de la cosa] que juzgue necesarias”. |
interdicto de obra nueva | Nombre abreviado de ‘interdicto de suspensión de obra nueva'. ► interdicto de suspensión de obra nueva. |
interdicto de reposición de mojones | El que procede y tiene lugar cuando ha habido alteración de límites entre inmuebles; se hayan arrancado mojones y se hayan dispuesto en lugar diferente de donde estaban; o se haya hecho una cerca nueva y se coloque en el lugar que no le corresponde. ► mojón. |