Diccionario usual del Poder Judicial

interdicto agrario

El interpuesto para proteger una posesión en la que se realizan actos consistentes en el ejercicio de una actividad económica organizada que se dirige a la producción o cría de animales o vegetales. El interdicto agrario no puede establecerse si han transcurrido tres meses desde el comienzo de los hechos y obras contra las cuales se reclama, ya que a ese término se limita el plazo de caducidad que fija la Ley.

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