Term | Definition |
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interdecir |
Prohibir, vedar. || Imposibilitar la ejecución de algo. || Privar de algún derecho civil.
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interdicción |
Privación de derechos civiles. || Restricción declarada de la capacidad jurídica de una persona. > abreviado de interdicción. || Prohibición.
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interdicto | Acción extraordinaria, de carácter sumario, con la que se pretende que se decida sobre la posesión actual o momentánea de un bien y con la que, generalmente, se busca evitar un daño inminente. ► proceso interdictal. || Acción procesal que procura asegurar la tenencia de un bien, así como la posesión del derecho. || En derecho procesal, juicio posesorio de carácter sumario o sumarísimo que no cierra el litigio en otro juicio definitivo. ► juicio posesorio. || Proceso de tramitación simple con el que se pretende atribuir una posesión provisional de algo a una persona determinada frente a otra. || Fórmula legal con la que se enuncia la protección de un derecho de posesión, sin que se juzgue sobre sus motivos o derechos, frente a la perturbación o despojo de otro. || Prohibición de hacer o decir algo. || Persona a la que se le ha prohibido hacer o decir. |
interdicto agrario | El interpuesto para proteger una posesión en la que se realizan actos consistentes en el ejercicio de una actividad económica organizada que se dirige a la producción o cría de animales o vegetales. El interdicto agrario no puede establecerse si han transcurrido tres meses desde el comienzo de los hechos y obras contra las cuales se reclama, ya que a ese término se limita el plazo de caducidad que fija la Ley. |
interdicto agrario de amparo de posesión | Interdicto mediante el cual se busca proteger la posesión actual y momentánea, a efecto de que las actividades agrarias de producción no sean afectadas, y para que se pueda cumplir con el destino productivo de los bienes agrarios. “El interdicto agrario de amparo de posesión, tiene por objeto mantener una situación de hecho, actual y momentánea, hasta tanto no sea resuelta en una vía más amplia, como la declarativa, el derecho de poseer una cosa, independientemente del derecho de propiedad”. ► fundo agrario. interdicto agrario. propiedad agraria. |
interdicto agrario de derribo | Proceso sumario de finalidad preventiva que busca medidas que impidan que una obra, el mal estado de un edificio o árboles, que hayan colapsado o estén a punto de colapsar, puedan perjudicar actividades agrarias de producción. ► interdicto agrario. interdicto de derribo. |
interdicto agrario de fundo enclavado | Nominación que se le da al proceso sumario con el que se busca otorgarle salida a calle pública a un terreno de vocación agraria, cuya única forma de ingresar y salir de él fue interrumpida u obstaculizada. ► fundo enclavado. interdicto agrario. || En Costa Rica, en materia procesal, nominación que se le da al interdicto de amparo de posesión que busca proteger los derechos de un fundo enclavado. ► fundo enclavado. |
interdicto agrario de reposición de mojones | El que procede y tiene lugar cuando ha habido —en fundos agrarios o de vocación agraria—, alteración de límites entre inmuebles; se hayan arrancado mojones y se hayan dispuesto en lugar diferente de donde estaban; o se haya hecho una cerca nueva y se coloque en el lugar que no le corresponde. ► interdicto agrario. mojón. |
interdicto agrario de restitución | Juicio posesorio, sumario o sumarísimo, cuyo objeto es reintegrar o reponer inmediatamente un bien de naturaleza o vocación agraria a quien lo tenía o lo poseyó pacíficamente y ha sido violenta o clandestinamente despojado de él. ► interdicto agrario. |
interdicto agrario de suspensión de obra nueva | El que se entabla para suspender la amenaza que implica, a un propietario o poseedor de un fundo agrario, la construcción de una obra nueva; el mal estado de un edificio o la situación peligrosa de un árbol. || El que tiene como fin paralizar, frenar o impedir la disposición de una obra nueva que resulte perjudicial para el propietario o poseedor de un inmueble —dedicado o que es susceptible de destinarse al ejercicio de actividades agrarias productivas o a la conservación de bosques y manejo sostenible de actividades agroambientales— colindante con el terreno en el que se desarrolla el trabajo. ► fundo agrario. obra nueva. |
interdicto de amparo de posesión | El que procede cuando la persona que posee o tiene una cosa, es perturbado, en cuanto a ella, por actos que la inquietan y que manifiestan una intención de despojo. Para efectos del interdicto de amparo de posesión “se estimará que hay intención de despojo, siempre que el responsable de los hechos que se demandan haya conocido o debido conocer sus consecuencias lesivas del derecho ajeno”. |
interdicto de derribo | Proceso sumario de finalidad preventiva que tiende a impedir que una obra nueva, el mal estado de un edificio o un árbol, que hayan colapsado o estén a punto de colapsar, puedan perjudicar alguna cosa pública, el derecho de un poseedor o se constituyan como una amenaza para los transeúntes. La demanda, en un interdicto de derribo, podrá ser establecida por cualquiera que tenga interés. “De inmediato, el juez hará el reconocimiento de los lugares, con auxilio de peritos, si lo estimare conveniente, y dictará las medidas de seguridad [que puede incluir la destrucción total o parcial de la cosa] que juzgue necesarias”. |
interdicto de obra nueva | Nombre abreviado de ‘interdicto de suspensión de obra nueva'. ► interdicto de suspensión de obra nueva. |
interdicto de reposición de mojones | El que procede y tiene lugar cuando ha habido alteración de límites entre inmuebles; se hayan arrancado mojones y se hayan dispuesto en lugar diferente de donde estaban; o se haya hecho una cerca nueva y se coloque en el lugar que no le corresponde. ► mojón. |
interdicto de restitución |
Juicio posesorio, sumario o sumarísimo que le corresponde incoar al que tenía o poseyó pacíficamente algo y ha sido violenta o clandestinamente despojado de ello. El objeto del interdicto de restitución es reintegrar o reponer un bien de manera inmediata.
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interdicto de retención | Acción o juicio sumario que se plantea contra quien perturbe o pretenda el despojo de un bien que se tiene o posee. || Juicio sumarísimo que se interpone para amparar, guardar y conservar la posesión de tenencia de un bien mueble o inmueble. |
interdicto de suspensión de obra nueva | El que tiene como fin paralizar, frenar o impedir la disposición de una obra nueva que resulte perjudicial para el propietario o poseedor de un inmueble colindante con el terreno en el que se desarrolla el trabajo. “La sentencia del interdicto de suspensión de obra nueva, cualquiera que sea, no obstará para que se entable, por separado, el proceso abreviado correspondiente sobre la continuación o destrucción de la obra”. ► obra nueva. || El que se entabla para suspender la amenaza que implica, a un propietario o poseedor de algo, la construcción de una obra nueva; el mal estado de un edificio o la situación peligrosa de un árbol. |
interdictos en materia contencioso-administrativa | En Costa Rica, los que por sus características deben analizarse en la jurisdicción contencioso-administrativa. Los interdictos en materia contencioso-administrativa de cualquier cuantía; que se ejercitan en favor o en contra de la Administración pública, central o descentralizada; de las demás instituciones públicas; y los relacionados con empresas públicas, deberán resolverse en los juzgados de lo contencioso-administrativo y civil de Hacienda. ► interdicto. jurisdicción contencioso-administrativa. vías de hecho. |
interés 1 | Beneficio conseguido por intermedio propio o ajeno. || Utilidad, ganancia obtenida. || Valor de alguien o algo. || Lucro, rédito o ganancia de un capital. || Cantidad que se paga o recibe por la compra o la venta de un crédito. || Suma que se paga por el uso del capital ajeno. || Aumento paulatino de una deuda que se experimenta en razón de su importe y del tiempo transcurrido. || Precio que una entidad de crédito cobra por dar un préstamo. “Es decir, en la obligación dineraria o pecuniaria, el interés es el precio del dinero”. || Bienes de una persona física o jurídica. Sus intereses se ubicaban principalmente en la capital. || Acción o parte en una sociedad, empresa o negociación. || Cuantía de los daños que una parte sufre por el incumplimiento de una obligación. |
interés 2 | Disposición del ánimo hacia una persona o cosa. Después de aquella conversación su interés por ella aumentó. || Inclinación de alguien por algo. || Curiosidad, atracción o estímulo. || Importancia, trascendencia o magnitud de una persona o cosa. Hay un interés particular en cursar esa carrera. || Atención que se le presta a alguien o algo. || Conveniencia o provecho colectivos. El alcalde no supo salvaguardar los intereses de la comunidad. |
interés actual | Disposición o conveniencia de un proceso, una práctica o una situación que acaecen en el momento presente. “Debe tenerse presente que la doctrina procesalista entiende el interés actual como la necesidad de las partes de acudir a los órganos jurisdiccionales para obtener una sentencia que ponga término al litigio, con el objeto de evitar un perjuicio cierto o la lesión de un derecho”. (Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, N.° 188 de 15:45 h de 26 de noviembre de 2019). ► falta de interés actual. |
interés colectivo | Interés normativamente protegido concerniente a los individuos de una colectividad, de carácter excluyente, no conflictivo y no distributivo. “Lo que diferencia el interés difuso del interés colectivo es que este último, en cuanto a la naturaleza es mucho más concreta para un grupo humano determinado, mientras que el primero es mucho más abstracto no sólo para el que lo detenta sino para el obligado”. ► interés difuso. || Conveniencia, beneficio, provecho o utilidad cuya titularidad corresponde a un grupo o colectividad determinada de personas, respecto de bienes de valor patrimonial inestimable. El interés colectivo tiene la característica de que solo los miembros de una colectividad determinable son beneficiarios del bien jurídico de que se trate. |
interés compuesto |
Renta de un capital al que se acumulan los réditos vencidos. > anatocismo.
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interés convencional |
> interés corriente.
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interés corriente | En materia financiera y crediticia, el dispuesto o convenido voluntariamente por las partes. Los intereses corrientes pueden acordarse con el carácter de compensatorios o punitorios. ► interés 1. interés legal. intereses. |