| Term | Definition |
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| formación | Acción y efecto de dar una apariencia o figura a algo. || Reunión de personas o cosas de manera ordenada. || Creación, hechura de algo. || Constitución de una cosa. Ayer celebramos la formación de nuestra agrupación musical. || Educación, enseñanza o adiestramiento. |
| formación de leyes | En Costa Rica, mecanismo para convertir en ley un proyecto que por iniciativa de cualquier miembro de la Asamblea Legislativa, de alguno de los ministros del Poder Ejecutivo o, en caso de iniciativa popular, del 5%, o más, de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, llegue al plenario legislativo. En su artículo 124 y referente a la formación de leyes, la Constitución Política de Costa Rica apunta que “para convertirse en ley, todo proyecto deberá ser objeto de dos debates, cada uno en día distinto no consecutivo, obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa y la sanción del Poder Ejecutivo; además, deberá publicarse en La Gaceta, sin perjuicio de los requisitos que esta Constitución establece tanto para casos especiales como para los que se resuelvan por iniciativa popular y referéndum […]”. ► ley. || Elaboración de normas, reglas o preceptos que, con el fin de hacerlas ley, se presentan y aprueban en una cámara legislativa. |
| formación dual | Modo de formación educativa y profesional cuyo proceso de enseñanza y aprendizaje se realiza, a un mismo tiempo, en una institución educativa y una empresa formadora. En el tanto que en la formación dual no haya pago, por parte de la empresa formadora, se puede decir que es una de las diferencias con el contrato de aprendizaje, en el que sí hay retribución. ► contrato de aprendizaje. || En Costa Rica, acortamiento de ‘educación o formación técnica-profesional en la modalidad dual’. ► educación o formación técnica-profesional en la modalidad dual. |
| formación profesional | Educación, enseñanza o adiestramiento que busca capacitar para el desempeño de un arte, oficio o profesión. La formación profesional está relacionada con la formación técnica anterior al ejercicio de la profesión. || Adiestramiento que prepara a los trabajadores, mediante procedimientos teóricos y prácticos, para el ejercicio de su labor. ► contrato de aprendizaje. |
| formal | Que corresponde a la institucionalidad o a lo que se ajusta cumplidamente a la norma. Educación formal. Reclusión formal. || Relativo al carácter accesorio o no esencial de una cosa o asunto. || Dicho de quien es juicioso, serio y escrupuloso. || Exacto, preciso. |
| formalidad | Puntualidad, responsabilidad y exactitud en el actuar o hacer. || Requisito necesario para la ejecución de una cosa o asunto. || Procedimiento o trámite de un proceso judicial. || Prescripciones legales, en cuanto a términos y condiciones que deben contemplarse. Existen formalidades esenciales y no esenciales. Las primeras se requieren para la validez del acto; las segundas, si bien aconsejables, no determinan dicha validez. Las formalidades son llamadas ‘solemnidades’ cuando afectan la forma externa de los actos. |
| formalismo |
Aplicación rigurosa o exagerada de los requisitos o condiciones que deben contemplarse para la realización de un acto. || Observancia estricta de los procedimientos o métodos en la enseñanza o indagación científica. || Régimen que obliga al acatamiento inexcusable de ciertas prescripciones para tener por válido un acto jurídico. || Concepción que parte de la forma más que de la esencia para efectos de observar la realidad.
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| formalista |
Dicho de lo relativo a la aplicación rigurosa o exagerada de requisitos o condiciones. || Persona que observa de manera estricta los procedimientos o métodos en la enseñanza o indagación científica. || Seguidor del acatamiento preciso y exacto de las prescripciones dadas para la validez de un acto. || Partidario de la forma, más que de la esencia.
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| formalización |
Acción y efecto de dar apariencia determinada a algo. || Acto de dar a algo las solemnidades legales o formalidades necesarias. || Se dice del hecho de adquirir un carácter serio y responsable. || Conclusión de un asunto al cumplirse con los requisitos necesarios.
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| formalización de la demanda contencioso-administrativa | Cumplimiento de los requisitos mínimos necesarios para la validez del acto y del documento en que se da la exposición de hechos, los fundamentos de derecho y determinada pretensión, en un proceso que la Administración pública es parte. |
| formalización de la petición | Cumplimiento de los requisitos mínimos necesarios para la validez del acto y del documento en el que se expone por escrito, y ante un funcionario público o entidad administrativa estatal, un asunto de interés y la necesidad de una respuesta a la inquietud del peticionario. La formalización de la petición se complementa con el derecho de obtener pronta respuesta. ► derecho de petición y respuesta. |
| formalizar | Dar un aspecto o apariencia determinada a algo. || Revestir algo de las solemnidades legales. || Dar carácter grave o trascendente a una situación. El mes pasado formalizamos nuestra relación. || Adquirir un carácter serio y responsable. || Ultimar o concluir un asunto al cumplir con los requisitos necesarios. |
| formar | Dar apariencia, aspecto o figura a algo. || Reunir personas o cosas de manera ordenada y que hagan un solo cuerpo. || Crear, hacer algo. Formar leyes. || Constituir. En la universidad formaron un nuevo grupo de izquierdas. || Ser parte de algo. Formo parte de ese ‘ensamble’ de música barroca. || Educar, enseñar o adiestrar intelectual o profesionalmente. |
| formas anormales de finalización del proceso | Modos de terminar una causa, sumario, pleito, juicio o asunto sin que haya resolución o sentencia que dirima razones, pruebas y hechos. Formas anormales de finalización del proceso son el desistimiento, la renuncia, el allanamiento, la transacción y la caducidad de la instancia. |
| formas delictivas | Delitos. delito. || Conductas transgresoras de la ley penal. |
| formas procesales |
Condiciones de tiempo, lugar y medios a los que deben someterse los actos de las partes y del órgano jurisdiccional durante la tramitación de una causa, sumario, pleito, juicio o asunto.
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| formas rituales |
Procedimientos exigidos en un proceso o negocio jurídico. || Disposiciones ceremoniales que no afectan la esencia o contenido de lo que acompañan.
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| formas solemnes |
Condiciones obligatorias e imprescindibles para la validez de un acto o negocio jurídico.
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| formato | Forma y tamaño de un impreso. || Forma y tamaño del soporte de una fotografía, cuadro o imagen. || Suma de características de un programa televisivo, radial o informático. || Rasgos y particularidades técnicas de una publicación periódica. || En informática, división, según un sistema operativo determinado, en campos o pistas en la estructura de un disco que permite el almacenamiento de información. |
| formato XML | ► archivo XML. |
| fórmula | Forma determinada para ordenar, establecer, resolver o ejecutar. || Maneras o instrucciones para hacer algo. || Método, modo de proceder. || Expresión o giro conceptual. Fórmula jurídica. Fórmula de cortesía. || Proposición o convenio para un arreglo o transacción. Fórmula de arreglo de pago. || En matemáticas, ecuación que relaciona elementos o cantidades. || En política electoral, grupo de candidatos a altos puestos o jerarquías gubernamentales. || En química, combinación de diferentes elementos. || En Costa Rica, leche en polvo o suplemento alimenticio. La fórmula es consumida particularmente por niños y ancianos. || Categoría de vehículo monoplaza de carrera y de gran cilindrada. |
| formular 1 | Expresar, manifestar, enunciar una idea o deseo de manera precisa y concreta. En la comparecencia formuló una a una sus aspiraciones. El fiscal formuló la acusación de manera inequívoca. || Aclarar una orden o enunciado. || Prescribir, recetar. |
| formular 2 | Perteneciente a lo que se ordena, establece, ejecuta o resuelve. || Concerniente a una instrucción o forma de hacer. || Dicho de lo que tiene características de fórmula. ► fórmula. |
| fornecino (a) | Forma peyorativa o discriminatoria de referirse al hijo bastardo o producto del adulterio. |
| fornicación | Acción y efecto de tener relaciones sexuales con quien no se está casado o en unión de hecho. || Práctica de la unión sexual con personas que no constituyen una relación estable. |