| Term | Definition |
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| empleado de confianza (a) | Categoría de trabajadores que abarca a los que desarrollan actividades de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización en un plano de fe y apoyo especial por parte de la Administración pública o Dirección de una empresa. “Se puede afirmar que la categoría de trabajador de confianza tiene que ver con sus funciones, más que con el puesto o lugar en el organigrama de la empresa. Por lo que el rol de éste trabajador es estar por encima del ciclo o flujo productivo o de prestación de servicio de los demás trabajadores, desplegando actividades que garanticen el éxito de éstos últimos. Un trabajador de confianza tiene poder de mando y decisión sobre su área o sobre toda la empresa por ser depositario de la confianza del patrón”. “Los empleados de confianza son trabajadores y su relación de trabajo es laboral, con esa peculiaridad en cuanto a su término: que sin la fe en ellos puesta por el patrono, el nexo contractual no puede subsistir”. || Clase de empleados que se relacionan con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o entidad. ► trabajador de confianza (a). |
| empleado doméstico (a) | ► trabajador doméstico (a). |
| empleado judicial (a) | Persona que desempeña, en el Poder Judicial, un puesto remunerado por el sistema de sueldos, con exclusión de magistrados, jueces o servidores judiciales que tienen atribuciones, potestades y responsabilidades propias y determinadas por ley. ► funcionario judicial (a). funcionarios que administran justicia (as). servidor judicial (a). |
| empleado municipal (a) | ► trabajador municipal (a). |
| empleado público (a) | Categoría que comprende a los funcionarios públicos que no desempeñan puestos de superior jerarquía. ► funcionario público (a). servidor público (a). |
| empleador (a) |
En un contrato laboral, persona que ofrece el puesto de trabajo y se obliga a la contraprestación salarial. || Empresario o entidad que emplea trabajadores. > patrono (a).
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| emplear |
Dar un trabajo remunerado a una persona física. || Dar trabajo a alguien. || Servirse de alguien o algo para un fin. || Usar una cosa. Para sus novelas empleaba una máquina de escribir de marca italiana.
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| empleo | Cargo u oficio remunerados. || Trabajo. ► trabajo. || Ocupación, actividad. || Número o proporción de la población activa que tiene trabajo. || Acción de servirse de alguien o algo para un fin. || Uso o utilización de algo. |
| empleo doméstico |
Trabajo o conjunto de actividades, generalmente remunerado, destinado a la atención de las necesidades ordinarias en una casa o lugar de habitación. El empleo doméstico, en ocasiones, puede sumar actividades como la limpieza, el acomodo, la cocina y el cuido de ancianos, niños o adultos con algún tipo de discapacidad. > trabajo doméstico. servicio doméstico.
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| empleo efectivo |
> pleno empleo.
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| empleo privado |
Trabajo permanente, bajo subordinación, que se presta a un particular. || Puesto burocrático en un ámbito que no es la Administración pública.
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| empleo público | Puesto, cargo o labor con carácter permanente que se desempeña al servicio del Estado. || Trabajo permanente, bajo subordinación, que se presta a una entidad estatal. || Relación laboral en la que el Estado es el patrono. ► función pública. || Puesto burocrático en el ámbito de la Administración pública. |
| empoderamiento | Acción y resultado de hacer fuerte o poderoso a una persona o grupo social. |
| empoderar |
Hacer fuerte, o que tenga poder, a una persona o grupo social.
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| empoderarse |
> empoderar.
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| empresa | Agrupación organizada que se dedica —de forma profesional, habitual y continua— al intercambio de bienes y servicios, mediante la reventa o intermediación; o en la transformación de materias para la creación y venta de productos. ► empresa mercantil. || Unidad económica, de producción o cambio, basada en el capital, que busca la obtención de un beneficio, utilidad o ganancia. ► empresa mercantil. || Asociación jerarquizada y organizada que se dedica a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios, que busca un fin lucrativo. || Entidad de personal, capital y trabajo que se dedica a actividades industriales, mercantiles o servicios, con un fin lucrativo. ► empresa mercantil. || Organización de medios personales, financieros y técnicos que tiene una finalidad productiva. || Entidad estatal de personal, capital y trabajo dedicada a realizar servicios públicos con un fin de interés general. ► empresa pública. || Por extensión, local en el que una unidad económica de producción o cambio, desarrolla su actividad. ► establecimiento. || Acción, tarea o propósito que requiere un particular esfuerzo. || Tarea, trabajo, labor. || Intento, intención. |
| empresa agraria | Unidad económica de recursos, personal, capital y trabajo, con un destino de producción o cambio, que realiza operaciones o tareas de producción, transformación, industrialización y enajenación de productos vegetales o cría de animales. ► actividad agraria. |
| empresa agraria azucarera | ► industria azucarera. |
| empresa agraria de hecho | Aquella en que se concreta la voluntad de unión entre dos o más personas, sin formalidades y sin instrumentación, y que se acuerda la comunidad de bienes, dinero, industria o trabajo, destinados a la consecución del objeto agrario acordado con el fin de repartir las ganancias. ► actividad agraria. sociedad de hecho. |
| empresa agraria familiar |
Unidad económica que comprende la actividad agraria y cuya propiedad y control pertenecen a un mismo núcleo familiar. > empresa agraria. empresa familiar.
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| empresa agroforestal |
Unidad económica de recursos, personal, capital y trabajo que realiza operaciones de producción, transformación, industrialización, venta o cesión agrícola y forestal. > agrícola. forestal.
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| empresa agroturística |
Unidad económica de giro comercial y recreativo que incorpora actividades agrarias, agrícolas y turísticas. > agroturismo.
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| empresa centralizada | Unidad económica en la que el poder de decisión reside en una misma instancia organizativa o en una misma persona. || Unidad económica instalada permanentemente y delimitada por construcción o instalaciones determinadas. |
| empresa conjunta | Uno de los nombres españoles con que se conoce el contrato de join venture. ► contrato de alianza estratégica de sociedades. |
| Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima |
En Costa Rica, sociedad anónima de utilidad pública y plazo indefinido que goza de facultades para prestar servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y evacuación de aguas pluviales; además de generación, distribución, transmisión y comercialización de energía eléctrica y alumbrado público, en convenio con las municipalidades de la provincia de Heredia, dentro de la jurisdicción de estas. Se constituyó por la Ley Nº 5889 de 8 de marzo de 1976 y fue transformada por la ley Nº 7789 de 30 abril de 1998. La Ley de Transformación de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia Sociedad Anónima ESPH (Nº 7789), dispone: "Artículo 6.- A la Empresa de Servicios Públicos de Heredia le corresponde: a) Solucionar los requerimientos de energía eléctrica, alumbrado público, agua potable, alcantarillado pluvial y sanitario, otros servicios públicos y servicios de telecomunicaciones, infocomunicaciones y otros servicios en convergencia necesarios para el desarrollo, en las condiciones apropiadas de cantidad, calidad, regularidad y eficiencia".
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