Term | Definition |
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detentar | En Costa Rica, tener o poseer algún bien o derecho. || Retener sin derecho o contra derecho. || Poseer lo que manifiestamente no le pertenece al poseedor. || Ejercer ilegítimamente algún poder. || Retener ilegalmente un cargo público. |
determinación | Establecimiento de los límites o términos de algo. || Definición o precisión exacta. || Comprensión de una cosa. || Fijación, disposición para la realización de algo. || Decisión acerca de la ejecución de un asunto. || Resolución con base en argumentos. || Provocación de un resultado. || Osadía, valor. |
determinación de la obligación | Definición, precisión o disposición del vínculo, voluntario o derivado, generalmente legal, que exige hacer o no hacer. || Acto que declara la existencia y cuantía de un crédito; o su inexistencia. |
determinación de la obligación tributaria | Acto que declara la existencia y cuantía —o su inexistencia— de una relación de crédito, por concepto de tributo, entre el deudor y el Estado como acreedor. ► obligación tributaria. |
determinación de la obligación tributaria aduanera | Acto que declara la existencia y cuantía —o su inexistencia— de una relación de crédito, por concepto de los tributos exigibles en la importación y exportación de mercancías o productos provenientes de las actividades de comercio exterior. |
determinación por la Administración tributaria | Acto que declara la existencia y cuantía de un crédito tributario o su inexistencia. |
determinado (a) |
Establecido, precisado, definido con exactitud. || Definitivo; que es concluyente. || Prescrito; que está estipulado. || Valeroso, intrépido, resuelto.
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determinar |
Establecer los términos o límites de algo. || Precisar, definir con exactitud. || Distinguir; comprender algo. || Fijar, disponer las cosas para la realización de algo. Determinar la fecha de la reunión. || Decidir acerca de la realización de una acción. || Resolver con base en argumentos. || Hacer que se tome una decisión. Su actitud me determinó a atacarle. || Provocar un resultado. La situación educativa del país puede determinar la actividad delictiva.
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detrimento |
Perjuicio o deterioro. || Daño material o moral. || Quebranto de la salud.
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deuda | Obligación que se tiene de pagar, de satisfacer o de reintegrar una cosa. || Dinero debido. || Cantidad dineraria que tiene que pagarse. || Imposición o carga de dar, hacer, no hacer, o decir algo que una tercera persona puede exigir. || En una relación obligacional, deber de una prestación que un sujeto pasivo —deudor—, tiene para con el sujeto activo —acreedor—. ► obligación. || En sentido religioso moral, pecado, ofensa. || Compromiso moral que se tiene con alguien o algo. || Agravio insatisfecho; venganza no consumada. Después de aquel pleito, Jacinto tiene una deuda con vos. |
deuda activa | Crédito u obligación que es dable exigir. |
deuda cierta | Crédito u obligación que es innegable o no es discutible. |
deuda exigible | La que es cierta y el acreedor puede reclamar. |
deuda externa | Conjunto de obligaciones o deudas que tiene un país con entidades extranjeras, supranacionales u otros países. |
deuda interna | Conjunto de obligaciones o deudas que tiene un país, nación o territorio, con entidades o ciudadanos naturales del mismo lugar. || Deuda adquirida en moneda del mismo país donde fue tomado el crédito. |
deuda nacional | Expresión sinónima de ‘deuda pública’. ► deuda pública. |
deuda positiva | Crédito que es consecuencia de una obligación de dar o hacer. |
deuda privada | En un país, suma de todas las deudas u obligaciones financieras que tiene la totalidad de empresas y personas privadas afincadas en el territorio nacional. || Conjunto de obligaciones financieras o deudas contraídas por personas físicas o jurídicas que no son Administración pública. |
deuda pública | Conjunto de obligaciones financieras o deudas contraídas con países o personas particulares, por el Gobierno o el Estado. |
deudo (a) | Pariente. || Parentesco. |
deudor (a) | Persona obligada al pago de una cantidad de dinero. || El obligado a dar, a hacer o a no hacer, en virtud de un pacto, delito o disposición legal. || El que se ve compelido a satisfacer una deuda. || Persona sujeta al cumplimiento una prestación. || Como adjetivo, se refiere a lo que se debe o a lo que se está obligado. Saldo deudor. Cuenta deudora. || Sujeto pasivo en una obligación. |
deudor solidario (a) | Persona obligada conjuntamente con otra u otras a una misma prestación. Contra el deudor solidario se puede accionar por la totalidad de la obligación; si este paga, se liberan los restantes; con posterioridad, el pagador que fuera deudor solidario, puede reclamar a cada uno de los codeudores la parte que corresponda. ► codeudor (a). |
devengar | Adquirir el derecho a una retribución por el servicio o el trabajo prestados. || Recibir una retribución por un trabajo o servicio. Devengué mil por concepto de honorarios. || Producir rentas utilidades o créditos. |
devengo | En materia impositiva, momento en que surge la obligación tributaria. || Cantidad recibida o ganada por el servicio o el trabajo prestado. |
devolución | Retorno de algo al estado en que se encontraba. || Reposición de la propiedad o de la posesión. || Restitución de lo prestado. || Compensación de un favor o ayuda. || Correspondencia a un agravio o desaire. || Entrega de lo comprado a quien lo vendió, por lo general después de recibir el reintegro de lo pagado. || Rechazo de un cobro o exigencia. |