Term | Definition |
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derechos de autor (a) | Los que protegen la expresión contenida en una obra literaria, artística, científica, didáctica o técnica y que comprende la posibilidad de disponer la difusión, reproducción, distribución y transmisión como producto propio. “La expresión ‘derechos de autor’ nos remite a la persona creadora de la obra artística, literaria o científica, a su autor, subrayando así el hecho que se reconoce en la mayor parte de las leyes, en el sentido que el autor goza de derechos específicos en relación con su creación”. ► derecho patrimonial. derechos conexos. derechos morales. propiedad artística. propiedad intelectual. || Conjunto de normas, principios y preceptos que el ordenamiento jurídico dispone para la protección de derechos morales, patrimoniales y conexos del autor de una obra artística, científica, didáctica o técnica. Con los derechos de autor “se protege [de manera] exclusiva la forma de expresión de las ideas, pero no esas ideas en sí mismas. Es decir, por creatividad en la normativa contemplada en derechos de autor, se entiende creatividad en la elección y disposición de palabras, notas musicales, colores, formas, código matemático, entre otras. De esta forma el derecho de autor protege a su titular contra todo tercero que copie y utilice la forma en que haya sido expresada la obra original, sin o contra su voluntad o autorización”. |
derechos de crédito | |
derechos de la Administración | Conjunto de mandos, potestades, imperios y autoridad de la Administración pública. ► Administración pública. |
derechos de la mujer | Conjunto de garantías, normas, principios y preceptos reconocidos general o singularmente a personas, mayores o menores de edad, de sexo femenino. |
derechos de la personalidad | Garantías, de carácter subjetivo, privado y extrapatrimonial, que tutela y protege al ser humano, sin distinción alguna, como unidad biológica, física y jurídica. “[L]os derechos de la personalidad son de carácter privado inmerso el Derecho Civil. La doctrina ha procurado definir estos derechos estableciendo que son los que garantizan a toda persona el señorío sobre una parte de sus derechos esenciales, los que protegen al ser humano y constituye la manifestación de sus facultades físicas, espirituales, los que garantizan al sujeto la protección y tutela de sus bienes jurídicos más esenciales; pero quizá la definición más completa es considerarlos como derechos subjetivos absolutos privados extra-patrimoniales que posee toda persona por ser tal y que garantizan la tutela y protección de los bienes jurídicos inmersos en el ser humano como ser la vida, la integridad física, el nombre, el domicilio, la correspondencia, etc; de suerte que se ocupan del ser humano como unidad biológica, física y jurídica; como un ser social que vive en una comunidad y merece que se lo proteja del avasallamiento de terceros. Los derechos de la personalidad son bienes jurídicos que se caracterizan por ser privados, absolutos, extra-patrimoniales y que el ser humano no necesita adquirirlos salvo casos excepcionales, sino que son inherentes a su condición y tampoco es una concesión gratuita del legislador, sino que éste ha tomado en cuenta la naturaleza humana. Reciben también estos nombres: como derechos esenciales, innatos, personalísimos y privativos del sujeto; pero el concepto de la personalidad tiene su origen en la doctrina alemana y es la más generalizada porque empieza del concepto de Personalidad—aptitud de ser titular de derechos y deberes—. Cuando hablamos de derechos de la personalidad estamos hablando de bienes jurídicos que están inmersos en esa personalidad en razón de su naturaleza. Entre las características que se le señalan están el ser originarios e innatos (no se crean), absolutos, privados, extrapatrimoniales, indisponibles, res extra comercium (intrasferibles), inmodificables, irrenunciables e imprescriptibles”. (Sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV, N.º 106 de 15:00 h de 4 de diciembre de 2014). || Para cierta doctrina, sinónimo de ‘derechos humanos’. ► derechos humanos. |
derechos de la víctima | Conjunto de garantías, normas, principios y preceptos reconocidos a personas que han sufrido daño en su integridad física, en su psiquis, en sus bienes o en sus derechos, sea individual o colectivamente. El derecho a la privacidad, a la asistencia letrada, a ver sus causas en el proceso, a la indemnización por daños y a la información, son algunos de los derechos de la víctima. |
derechos de las minorías | Conjunto de garantías, normas, principios y preceptos reconocidos a colectividades humanas que se diferencian de otras numéricamente mayores. Los derechos reconocidos a personas con discapacidades físicas o mentales, de grupos indígenas y de homosexuales, se circunscriben dentro de la noción de ‘derechos de las minorías’. ► minorías. |
derechos de las mujeres | |
derechos de las personas bajo protección en el proceso penal | |
derechos de las personas con discapacidad | Conjunto de garantías, normas, principios y preceptos reconocidos a personas que padecen algún tipo de deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que les impide interactuar, en condiciones de igualdad, con otras. Algunos derechos de las personas con discapacidad son: el respeto de la dignidad, la no discriminación, la participación, la igualdad de oportunidades y la accesibilidad. ► persona con discapacidad. |
derechos de las personas menores de edad | Conjunto de derechos humanos, garantías, facultades, principios y libertades, previstos en la Constitución, en los tratados internacionales, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en la Declaración de los Derechos del Niño y demás leyes aplicables, referentes a bienes inherentes y fundamentales de todos los niños, niñas y adolescentes, sin distinción ni condición alguna. “Son derechos de las personas menores de edad, de manera enunciativa y no limitativa, los siguientes: Derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; derecho de prioridad; derecho a la identidad; derecho a vivir en familia; derecho a la igualdad sustantiva; derecho a no ser discriminado; derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral; derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal; derecho a la protección de la salud y a la seguridad social; derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad; derecho a la educación; derecho al descanso y al esparcimiento; derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura; derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información; derecho de participación; derecho de asociación y reunión; derecho a la intimidad; derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso; derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación; derecho a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet”. ► adolescente. Convención sobre los Derechos del Niño. Declaración de los Derechos del Niño. derechos humanos. niño (a). |
derechos de los cónyuges | Conjunto de garantías, normas, principios y preceptos que, en condiciones de igualdad, tienen las personas unidas entre sí por vínculo matrimonial. El derecho a ser socorrido por la pareja, a que esta le guarde fidelidad y a vivir en unión con ella, son algunos de los derechos de los cónyuges. |
derechos de los extranjeros (as) | Conjunto de normas y garantías del que goza la persona que se encuentra en un país que no es el propio de ella. ► extranjero (a). |
derechos de los internos (as) | Conjunto de garantías y normas del que goza la persona ingresada en una prisión. Salvo la libertad ambulatoria y ciertas limitaciones concomitantes, casi todas las demás garantías de la persona humana —en teoría— son parte de los derechos de los internos. |
derechos de los migrantes | Conjunto de garantías, normas y principios del que gozan las personas, individual o colectivamente consideradas, que se trasladan de un país o región a otra, por razones económicas, laborales, políticas o climáticas. ► migración 1. |
derechos de los niños y las niñas | |
derechos de los privados de libertad | |
derechos de los reclusos (as) | |
derechos de los refugiados (as) | Conjunto de garantías, principios y normas del que gozan las personas que por situaciones de nacionalidad, de guerra, de etnia, religiosas, políticas, de nacionalidad, grupo social o de persecución política, tienen que abandonar el país de su ciudadanía. ► refugiado (a). |
derechos de los trabajadores (as) | |
derechos del empleado municipal (a) | Conjunto de garantías, normas y principios del que gozan las personas miembros del servicio público que desempeñan sus labores para una municipalidad o Gobierno local, a nombre y por cuenta de este. ► trabajador municipal (a). |
derechos del imputado (a) | Conjunto de garantías, normas y principios favorecedores del que gozan las personas contra quienes se dirige un proceso penal. ► imputado (a). |
derechos del niño (a) | |
derechos del paciente | Conjunto de garantías, normas y principios favorecedores del que gozan las personas que padecen una enfermedad o están bajo atención u observación médicas. |
derechos económicos | Derechos humanos relativos a las condiciones materiales básicas que el ser humano debe tener para el desarrollo de una vida digna. ► derechos humanos. |