Term | Definition |
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corresponder | Tener proporción o semejarse una cosa con otra. || Tener relación el elemento de un conjunto con otro elemento de diferente conjunto. || Compensar, reconocer o agradecer beneficios o afectos. || Pagar con igualdad. || Pertenecer por convención o derecho. Por el amor que te tenía la abuela, la casa donde vivió te corresponde a vos. || Incumbir. Creo que te corresponde a vos averiguar acerca de tu herencia. || Tenerse cariño, amarse recíprocamente. |
corretaje | Comisión, porcentaje o participación que percibe un corredor por su intervención en un negocio. ► corredor (a). corredor de comercio (a). corredor jurado (a). |
corriente | Que corre. || Que es de conocimiento general. Es una costumbre corriente. || Que sucede frecuente y periódicamente. Es corriente que en octubre llueva mucho. || Opinión, parecer, forma de pensar. El filósofo se colocaba en aquella corriente de pensamiento. || Se dice de la semana, mes o año que transcurre. Hablar del día “del corriente” o “de los corrientes” es igualmente válido. || Común, ordinario. La persona y la situación eran corrientes. || Movimiento continuo de una masa de agua o aire. Esa playa tiene muchas corrientes. El ave aprovechaba las corrientes aéreas para navegar. || En Costa Rica, electricidad. Cuando llegués a la finca, andá y conectás la corriente. || al corriente. Locución que indica que se está informado, notificado o enterado. || Locución que indica que no se está atrasado en lo debido. Está al corriente con su pensión alimentaria. || contra corriente. Expresión que indica que se está contra una opinión general. Por dársela de interesante, siempre estaba contra corriente. || poner al corriente. Locución que indica que se informa acerca de algún asunto. Perencejo me puso al corriente de los planes del otro. || seguir la corriente. Dar la razón a alguna persona, aunque se opine diferente o no se tenga interés en lo que afirma. |
corriente legislativa | En Costa Rica, procedimiento, o serie de procedimientos, a que se someten los proyectos de ley para que sean parte de la legislación del país. La corriente legislativa “consta de cuatro fases: la deliberativa, la investigativa, la consultiva y la aprobatoria”. (Barahona Novoa, 2014). ► proyecto de ley. |
corromper 1 | Ofrecer, prometer o dar dádivas, dineros o ventajas para la consecución de un fin injusto. ► cohechar. dádiva. ventaja. || Aceptar ofertas, promesas, dádivas, dineros o ventajas para lograr o facilitar la consecución de un fin injusto. || Utilizar funciones o atribuciones públicas para conceder u obtener beneficios o ventajas particulares de manera ilegal. || Usar indebidamente el poder y los recursos para obtener ventajas personales, beneficios políticos particulares o para terceros. |
corromper 2 | Promover situaciones o conductas eróticas, pornográficas u obscenas, de manera que se ejerce una influencia contra una persona que no está capacitada para decidirse o resistir. || Malear, viciar, a otro o a sí mismo. || Provocar para que se falte a la moral, a las buenas costumbres o a la legalidad. ► buenas costumbres. legalidad. moral. || Alterar o trastornar el estado natural de personas, situaciones o cosas. || Rendirse al vicio. ► vicio. || Adoptar o asumir un defecto. || Envenenar, contaminar. || Descomponer, podrir. || Adulterar algo. ► adulterar. |
corrupción 1 | Conducta delictiva consistente en ofrecer, prometer o dar dádivas, dineros o ventajas para la consecución de un fin injusto. ► cohechar. cohecho. dádiva. soborno. ventaja. || Conducta delictiva consistente en aceptar ofertas, promesas, dádivas, dineros o ventajas para lograr o facilitar la consecución de un fin injusto. || Uso de funciones o atribuciones públicas para conceder u obtener beneficios o ventajas particulares de manera ilegal. || Uso indebido del poder y de los recursos para ventaja personal, beneficio político particular o de terceros. El artículo 5 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, 32333 de 12 de abril de 2005, establece: “Actos de corrupción o corruptelas: Se entenderá, entre otros, como tales los siguientes: a) El requerimiento o la aceptación, directa o indirectamente, por un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, premios, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas bajo cualquier modalidad o denominación; b) El ofrecimiento o el otorgamiento, directa o indirectamente, a un funcionario público o a una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, premios, promesas o ventajas para ese funcionario público o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas bajo cualquier modalidad o denominación; c) La realización por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o para un tercero; d) El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo y; e) La participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos descritos en el presente artículo". |
corrupción 2 | Conducta delictiva consistente en la promoción de situaciones o conductas eróticas, pornográficas u obscenas, de forma que se ejerce una influencia psicológica o física contra una persona que no está en capacidad para decidir o resistirse. || La acción y el resultado de viciar a otro o a sí mismo. "III: […] El delito de corrupción. Se encuentra descrito en el ordinal 167 del Código Penal, el cual dispone: “Será sancionado con pena de prisión de tres a ocho años quien mantenga o promueva la corrupción de una persona menor de edad o incapaz, con fines eróticos, pornográficos u obscenos, en exhibiciones o espectáculos públicos o privados, aunque la persona menor de edad o incapaz lo consienta. La pena será de cuatro a diez años de prisión, si el actor, utilizando las redes sociales o cualquier otro medio informático o telemático, u otro medio de comunicación, busca encuentros de carácter sexual para sí, para otro o para grupos, con una persona menor de edad o incapaz; utiliza a estas personas para promover la corrupción o las obliga a realizar actos sexuales perversos, prematuros o excesivos, aunque la víctima consienta participar en ellos o verlos ejecutar.”. El bien jurídico tutelado en el delito de corrupción es el sano desarrollo sexual de la víctima. Al respecto la doctrina ha indicado que consiste en: “ el derecho a no verse involucrado en un contexto sexual sin un consentimiento válidamente prestado y la (normal) formación y desarrollo de la personalidad y sexualidad del menor” (Zárate Conde, Antonio y otros. Derecho Penal Parte Especial, Segunda Edición. Madrid, España: Editorial Universitaria Ramón Areces, 2018, P. 203-204). En un sentido similar, la doctrina argentina refiere que se trata de “el derecho de las personas de mantener incó lume la normalidad del trato sexual” (Donna, Edgardo, Derecho penal, parte especial, tomo I. Buenos Aires: Rubinzal-Culzoni Editoes, 1999, P. 447). La anterior noción resulta de relevancia, pues la conducta que se considere típica debe implicar la potencialidad de lesionar el bien jurídico tutelado. Ahora bien, el tipo penal no define qué debe entenderse por corrupción y tampoco realiza la remisión a ninguna otra norma para solventar dicha falencia, por lo que resulta necesario delimitar dicho concepto". (Sala Tercera, N.° 792 de 11:51 h de 3 de julio de 2020). || Provocación para que se falte a la moral, a las buenas costumbres o a la legalidad. ► buenas costumbres. legalidad. moral. || Alteración o trastorno del estado de personas, situaciones o cosas. || Rendición al vicio. ► vicio. || Adopción de un defecto. || Envenenamiento, contaminación. || Descomposición, pudrimiento. || Adulteración de una cosa. ► adulteración. |
corrupción administrativa | Soborno a funcionarios públicos en el ejercicio de la función que las Administraciones le encomendaron. |
corrupción agravada 1 | En Costa Rica, delito de cohecho impropio o cohecho propio que conlleva un aumento de la pena cuando tiene como fin otorgar puestos públicos, jubilaciones, pensiones, la fijación o el cobro de tarifas o precios públicos, el cobro de tributos o contribuciones a la seguridad social, o la celebración de contratos o concesiones en los que esté interesada la Administración pública. ► cohecho. cohecho impropio. cohecho propio. corrupción 1. || En Costa Rica, aumento de la pena por los delitos de cohecho impropio y cohecho propio, cuando la acción del agente tiene como consecuencia un perjuicio patrimonial grave a la Hacienda pública; un deterioro de la prestación de servicios públicos; o se produjo un daño a los usuarios de dichos servicios. |
corrupción agravada 2 | En Costa Rica, delito de corrupción que conlleva el aumento de la pena cuando la víctima es menor de trece años; cuando el hecho tiene afán de lucro; cuando la acción se ejecuta con engaño, violencia, abuso de autoridad o medio intimidatorio o coactivo; cuando quien la ejecuta es ascendiente, descendiente, hermano o hermana de la víctima; cuando el autor es tío, tía, sobrina, sobrino, primo o prima de la víctima; cuando la o el agente es la madrastra, padrastro, hermanastra o hermanastro de la víctima; cuando el autor es el tutor o el encargado de la educación, guarda o custodia de la víctima; o cuando el autor se prevalece de su relación de confianza con la víctima, o con su familia. ► corrupción 2. |
corrupción agravada de menor o incapaz | Conducta delictiva consistente en la promoción de situaciones o conductas eróticas, pornográficas u obscenas, de forma que se ejerce una influencia psicológica o física sobre una persona menor de trece años de edad o que no es capaz de valerse por sí misma. ► corrupción 2. |
corrupción de funcionarios | Conducta delictiva consistente en ofrecer, prometer o dar dádivas, dineros o ventajas a empleados o servidores públicos para la consecución de un fin injusto. || Conducta delictiva consistente en aceptar ofertas, promesas, dádivas, dineros o ventajas, por parte de empleados o servidores públicos, para lograr o facilitar la consecución de un fin injusto. || Uso de funciones o atribuciones públicas para conceder u obtener beneficios o ventajas particulares de manera ilegal. En cuanto a delitos que se enmarcan en la noción de “corrupción de funcionarios” encontramos el cohecho impropio; el cohecho propio; la corrupción agravada; la aceptación de dádivas por un acto cumplido; el ofrecimiento u otorgamiento de dádiva o retribución; la corrupción de jueces; la penalidad del corruptor; el enriquecimiento ilícito; y las negociaciones incompatibles. ► corrupción administrativa. |
corrupción de jueces | Delito concerniente a la corrupción de funcionarios que se enmarca en las acciones contra los deberes de la función pública y que agrava la pena cuando es cometido por un juez o árbitro y la ventaja o promesa tiene por objeto favorecer o perjudicar a una parte en el trámite o con la resolución de un proceso, aunque sea de carácter administrativo. ► árbitro (a). corrupción 1. corrupción agravada 1. corrupción de funcionarios (as). juez (a). |
corrupción de menor o incapaz | Delito consistente en mantener o promover situaciones o conductas eróticas, pornográficas u obscenas, en exhibiciones o espectáculos, públicos o privados —aun cuando la víctima lo consienta—, en personas menores de dieciocho años de edad o que no son capaces de valerse por sí mismas. |
corrupción de sustancias alimenticias o medicinales | Delito contra la salud pública, consistente en envenenar, contaminar o adulterar, de manera peligrosa para la salud —o que cause la muerte— aguas o sustancias alimenticias o medicinales, destinadas al uso público o colectivo. ► adulterar. circulación, corrupción 2. distribución, entrega o venta de sustancias o cosas adulteradas. circulación, distribución, entrega o venta de sustancias o cosas contaminadas. circulación, distribución, entrega o venta de sustancias o cosas envenenadas. contaminar. envenenar. |
corruptela | Voz sinónima de ‘corrupción’. ► corrupción 1. || Abusos realizados contra la ley. || Conjunto de sobornos o cohechos de poca monta, pero que comprende gran reproche social. ► reproche social. |
corruptor (a) 1 | Que ofrece, promete o da dádivas, dineros o ventajas para conseguir un fin injusto. || Que acepta ofertas, promesas, dádivas, dineros o ventajas para lograr o facilitar la consecución de un fin injusto. || Que utiliza funciones o atribuciones públicas para conceder u obtener beneficios o ventajas particulares de manera ilegal. || Que usa indebidamente el poder y los recursos para obtener ventajas personales, beneficios políticos particulares o para terceros. |
corruptor (a) 2 | Que promueve situaciones o conductas eróticas, pornográficas u obscenas, de manera que se ejerce una influencia contra una persona que no está capacitada para decidirse o resistir. || Que malea o vicia a otro o a sí mismo. || Que provoca para que se falte a la moral, a las buenas costumbres o a la legalidad. ► buenas costumbres. legalidad. moral. || Que altera o trastorna el estado natural de personas, situaciones o cosas. || Que envenena o contamina. || Que descompone o pudre. || Que adultera algo. |
corruptor de funcionario | En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor sinónimo de ‘penalidad del corruptor’. ► penalidad del corruptor. |
cortar | Herir con un objeto que penetra la piel o la carne, especialmente con cuchillo o con cosa similar. || Amputar un miembro. Le tuvieron que cortar el brazo. || Dividir, separar algo con hoja de metal. || Impedir o detener una acción. Cortar el avance del enemigo. Cortar el canto. || Detener el paso de algo. Se cortó la electricidad. || Suspender un servicio, generalmente por falta de pago. Tenía tres meses de no pagar el agua y no cortaban el servicio. || Romper vínculos o relaciones. Los países cortaron relaciones diplomáticas. Mengana cortó con Sutano. || Privar de suministros, provisiones o abastecimientos. Cortar el suministro de abastecimientos. || Talar árboles. || Abrir o atravesar un fluido. Las balas cortaban el aire. La quilla cortaba la mar. || Dividir algo en porciones. La cordillera volcánica Central corta las vertientes pacífica y atlántica. || Dicho de una línea imaginaria: Pasar, cruzar. El paralelo 10 norte corta Costa Rica a la altura de la ciudad de Heredia. || Dicho de la hechura de vestidos: Dar forma a las piezas de la confección. || Dar un tajo a un canuto. Cortó en bisel la pluma del ave para hacer el canal de la tinta. || Tomar un atajo. Salió del camino principal y cortó por la montaña. || Acortar un texto. La lectura era muy extensa y le pidieron que la cortar. || Interrumpir lo que se está diciendo. Sin pedir perdón, le cortó el discurso. || Quedarse sin saber o poder decir o hacer algo. Cuando la vio se cortó completamente. || Con las cartas de un naipe: dividir el mazo en dos o más partes con el fin de repartirlas. || Mezclar líquidos para modificar su composición o sabor. || Rebajar la pureza de una droga. || En la leche, separarse la parte mantecosa del suero. || Separarse los ingredientes de una salsa. Se cortó la mayonesa y hubo que hacer otra. |
cortar las faldas | ► falda. |
corte 1 | En Costa Rica, acortamiento de “Corte Suprema de Justicia”. ► Corte Suprema de Justicia. || En general, en diversas jurisdicciones americanas, tribunal de justicia. || En los reinos, grupo de personas que conforman la familia del rey y las que habitualmente lo acompañan. || En las monarquías, población donde vive el rey. || Se dice del conjunto de personas que frecuentan o rodean a una persona importante o famosa. |
corte 2 | Suspensión del suministro de algún servicio. Suspensión del fluido eléctrico. || Acción y efecto de herir con un objeto que penetra la piel o la carne. || Herida producida por un objeto que corta. || División o separación de algo con una hoja, generalmente de metal. || Amputación de un miembro y lugar donde se realizó. || Acción de cortar y disponer las piezas para la confección de un vestido. || Modo, forma o estilo de hacer. Arquitectura de corte barroco. || División de la baraja que se realiza antes de repartir. |
corte de manga | Gesto obsceno e insultante consistente en levantar el brazo doblado y, con la mano libre, golpearlo. En ocasiones el corte de manga se hace extendiendo el dedo corazón del brazo que se levanta. |