Diccionario usual del Poder Judicial

agente de aduanas

En Costa Rica, profesional auxiliar de la función pública aduanera autorizado por el Ministerio de Hacienda para actuar, en su carácter de persona natural, en la presentación habitual de servicios en los trámites, regímenes y operaciones aduaneras. Es obligación del agente de aduanas actuar personalmente en las actividades propias de su función y representar a su mandante en forma diligente. funcionario de aduanas (a).

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.