Term | Definition |
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constitucional | Lo perteneciente o relativo a la Constitución Política de un Estado. || Inclinado, apegado, unido a la Constitución de un país. || Propio de la complexión de una persona. |
constitucionalidad |
Cualidad de lo perteneciente a la Constitución Política de un Estado o país.
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constitucionalismo | Sistema de organización política que tiene como ley fundamental y suprema del ordenamiento normativo y fáctico una constitución. ► Constitución Política. || Ideología y conjunto de principios y reglas que sostienen que toda autoridad gubernamental y estatal está determinada, y limitada, por una norma fundamental y suprema o carta magna. || Movimiento de organización política superior del Estado que, junto al logro de cartas magnas, defiende la protección de los valores de dignidad y libertad y del acatamiento de las normas del orden jurídico. |
constitucionalista | Jurista que se especializa en derecho constitucional. ► derecho constitucional. || Que defiende la Constitución vigente del Estado. || Partidario de que se promulgue una constitución cuando no la hay. || Partidario del constitucionalismo. ► constitucionalismo. |
constituir | Dar forma a algo de manera que empiece a existir. La acción, la tipicidad, la antijuridicidad y la culpabilidad constituyen los elementos de una de las concepciones de la noción ‘delito’. Esas tres personas constituyeron el primer bufete de la región. || Componer algo con determinado objetivo. El tribunal se constituyó para el conocimiento de aquella causa. || Instituir o establecer algo. ¡Constituí una familia y formalizate, hija! || Otorgar una nueva condición o posición. La compra del crédito lo constituyó a él en el principal deudor y a ella en la principal acreedora. || Ser lo que se dice. Aquel nuevo vástago se constituyó en la felicidad del padre. |
constitutivo (a) | Que da forma a algo de manera que eso empieza a existir. || Que compone algo para determinado fin. || Que instituye o establece algo. || Que forma parte esencial de alguna cosa y la distingue de otras. |
constituyente | Se dice del cuerpo legislativo o cámara que se convoca para reformar o elaborar la Constitución Política de un Estado. || Persona que forma parte de una asamblea constituyente. ► asamblea constituyente. || Que da forma a algo para que empiece a existir eso. || Que compone con un objetivo determinado. || Que instituye o establece algo. || Que otorga una nueva condición o posición. || Que es lo que se dice de él. Su trabajo es constituyente de su alegría. |
construcción | Levantamiento de una obra material mediante la ordenación, acoplamiento o juntura de diversos elementos. || Elaboración de una obra inmaterial mediante la disposición y arreglo de ideas, argumentos, conocimientos o percepciones. || Obra edificada o hecha. || Edificación de una obra arquitectónica, ingenieril o de albañilería. || Confección, elaboración o hechura de una cosa o hecho. || Arte de edificar. || En gramática y lingüística, ordenación y enlace de palabras en una oración según determinadas normas. |
construcción extralimitada | Levantamiento de un inmueble propio sobre la totalidad o en parte del suelo de otra persona. La construcción extralimitada es una modalidad de la accesión y también hay doctrina que la llama “accesión invertida”. ► accesión invertida. |
construcción ilegal | Edificación u obra que no cumple con la normativa vigente; no se ajusta al ordenamiento jurídico; carece de permisos o licencias; o cuyo diseño y levantamiento no está realizado por un profesional legalmente facultado para ello. |
construcción ilegal en zona marítimo terrestre | Edificación o levantamiento de obra que, sin la autorización legal o ajuste al ordenamiento jurídico, se realiza en un bien de dominio público cuya titularidad corresponde al Estado y que, dicho bien, comprende una franja de 200 metros de ancho a lo largo de los litorales, medidos horizontalmente a partir de la línea de la pleamar. Con respecto a la construcción ilegal en zona marítimo terrestre se puede ver el artículo 62 de la Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre (6043) que establece: “Quien en la zona marítimo terrestre construyere o realizare cualquier tipo de desarrollo contra lo dispuesto en esta ley o en leyes conexas, o impidiere la ejecución de una orden de suspensión o demolición de obras o instalaciones, o la aplicación de una sanción a un infractor a las disposiciones de aquellas leyes, sin perjuicio de las sanciones de otra clase, será reprimido con prisión de un mes a tres años, excepto que el hecho constituya delito de mayor gravedad. ► zona marítimo terrestre. |
construcción urbana | En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, locución sinónima de “edificación urbana”. ► edificación urbana. |
constructo | Construcción teórica que se crea y usa para estudiar un asunto o problema determinados. |
construir |
Hacer una obra material mediante la ordenación, acoplamiento o juntura de los elementos necesarios. Construir una casa. || Hacer una obra inmaterial mediante la disposición, organización y arreglo de ideas, argumentos, conocimientos o percepciones. Construir una teoría. Construir un buen amor. || Edificar una obra arquitectónica, ingenieril o de albañilería. || Hacer, confeccionar, elaborar una cosa o hecho. || En gramática y lingüística, ordenar y enlazar las palabras en una oración acorde a determinadas normas.
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cónsul (esa) | Funcionario del servicio exterior, o persona autorizada, que tiene la representación de un Estado en una población de otro país y desempeña algunas funciones administrativas, de información y que vela por los intereses de la nación que lo designa. || En la antigua Roma, cada uno de los magistrados supremos que, durante un año, gobernaban la República. || Nominación de algunos funcionarios de alta jerarquía que realizan funciones judiciales o administrativas en repúblicas o municipios.
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consulado | Dignidad y cargo de la persona autorizada por un Estado para que represente sus intereses en una población de otro país. || Oficina o territorio donde un cónsul ejerce sus funciones o autoridad. ► cónsul (esa). sede consular. |
consular | Perteneciente al funcionario y a la actividad de servicio exterior que, con representación de un Estado en una población de otro país, desempeña funciones administrativas, de información y guarda los intereses de la nación representada. || Relativo a los funcionarios de alta jerarquía que realizan actividades judiciales o administrativas en repúblicas o municipios. || En la antigua Roma, perteneciente o relativo a la dignidad de los magistrados supremos que gobernaban la República. |
consulta | Solicitud que una entidad lleva a otro ente para que este examine y, si es el caso, apruebe. || Parecer que se pide o se da acerca de algún asunto. || Encuentro entre profesionales para deliberar y examinar algo. || Revisión que se le pide a otro u otros para examinar lo que debe hacerse en un caso determinado. || Emisión de opiniones y recomendaciones que se le solicita a una persona experta. || Búsqueda de documentos o datos acerca de alguna materia o cuestión. || Petición o entrega de un consejo. || Procedimiento mediante el cual se plantea una cuestión para recibir dictamen. || Examen que el médico hace de un paciente. ► consulta externa. |
consulta de competencia | En procedimientos judiciales, examen o parecer que un despacho inferior solicita al superior para que este determine a cuál órgano jurisdiccional le corresponde el conocimiento de un asunto determinado. ► competencia 1. |
consulta de medicina interna | Acto médico de atención integral a los problemas de salud de adultos y que no comprende el tratamiento mediante cirugía. ► medicina interna. |
consulta externa | Acto médico ambulatorio, generalmente realizado en un establecimiento sanitario que, en virtud de la historia clínica y revisión física del paciente, deriva en un diagnóstico, tratamiento y seguimiento médico. ‘Consulta externa’, también es la sección física y la nominación administrativa donde se realiza este tipo de consulta. ► ambulatorio. |
consulta forzosa | En procedimientos judiciales, examen o parecer que un despacho tiene que, obligatoria o inevitablemente, solicitar a otro órgano. |
consulta forzosa de resoluciones | En procedimientos judiciales examen o parecer que un despacho tiene que, obligatoria o inevitablemente, solicitar a otro órgano para que conozca acerca de una decisión, fallo, decreto o providencia. |
consulta forzosa de resoluciones en materia laboral | En procedimientos judiciales concernientes a las relaciones del trabajo humano que se realiza con un vínculo de subordinación y con contraprestación, examen o parecer que un despacho inferior tiene que, obligatoria o inevitablemente, solicitar a otro órgano superior para que este conozca acerca de una decisión, fallo, decreto o providencia. Con relación a la consulta forzosa de resoluciones en materia laboral puede verse lo siguiente: “II.- La Sala Constitucional en el Voto Número [sic] 5798, de las 16:21 horas, del 11 de agosto de 1998, anuló las frases de los artículos 501 y 502 del Código de Trabajo, que fundamentaban la consulta obligatoria de las sentencias de primera instancia ante el Tribunal de Trabajo, así: "... se declara: 1. La inconstitucionalidad de la frase "(...), salvo que la resolución respectiva se haya dictado en un conflicto individual o colectivo de carácter jurídico de cuantía inestimable o mayor de dos mil quinientos colones, o que, si no se hubiere estimado impone para el deudor la obligación de pagar una suma que exceda de la cantidad apuntada. En estos casos de excepción lo mismo que en otros señalados expresamente por el presente Título, el auto o sentencia de que se trate se someterá a consulta forzosa con el Superior", contenida en el inciso e) del artículo 501 del Código de Trabajo, y de las frases que dicen: "(...), o, en su caso, en consulta de la sentencia", y "(...) en consulta o", ambas del artículo 502 del citado cuerpo normativo”. (Sala Segunda, N.° 233 de 10:00 h de 18 de agosto de 1999). |
consulta judicial | Criterio o parecer que pide o da un órgano judicial y jurisdiccional.
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