Term | Definition |
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colegios universitarios | ► colegio universitario. |
cólera 1 | Estado de ánimo de ira o enojo violento. |
cólera 2 | Enfermedad diarreica causada por la bacteria Vibrio cholerae y que se caracteriza por deposiciones acuosas y vómitos constantes. Los casos graves de cólera pueden provocar la muerte en cuestión de horas. |
colisión | Choque violento de dos o más cuerpos, generalmente vehículos, entre sí. || Desacuerdo, oposición, antagonismo. |
colisionar | Estrellarse violentamente dos o más cuerpos, generalmente vehículos, entre sí. || Estar en desacuerdo, oposición o ser contrario. El partido liberal y el conservador, en el Congreso, no siempre colisionaron. |
colocación | La acción y el efecto de poner o situar a alguien o algo en un lugar. || Instalación de una persona en un puesto de trabajo. || Disposición de alguien en una situación determinada. || En cuestiones de dinero, inversión, especulación con dinero, títulos o bienes. || Situación de personas o cosas. El delantero del equipo de fútbol se caracteriza por la facilidad con que encuentra una magnífica colocación. || Empleo, cargo, ocupación. Encontró colocación en aquella oficina de arquitectos. |
colocación en la legitimación de capitales | O placement. En el delito de legitimación de capitales, fase de introducción en el sistema económico de fondos obtenidos ilegítimamente. ► integración en la legitimación de capitales. legitimación de capitales. transformación en la legitimación de capitales. |
colocar | Poner o situar a alguien o algo en un lugar. Colocar a Perencejo en el tercer puesto en la fila. Colocar la lámpara en la mesa de noche. || Instalar a una persona en un puesto de trabajo. Pese a no contar con títulos académicos se colocó como profesor. || Disponer a alguien en una situación determinada. Aquellas palabras colocaron a Pedro en una situación incomodísima. || Invertir, especular con dinero o títulos. Colocó dinero y acciones en la Bolsa. || En asuntos mercantiles, encontrar compradores para algún producto. |
colombiano (a) |
Perteneciente o relativo a Colombia.
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COLOSEVI | ► Consejos Locales de Seguridad Vial. |
colusión | En asuntos mercantiles, acuerdo o recomendación, generalmente de carácter ilícito, entre empresas que busca impedir o restringir la competencia. ► práctica colusoria. prácticas colusorias horizontales. prácticas colusorias verticales. || Pacto ilegal que afecta negativamente a una tercera persona. |
COLYPRO | ► Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes. |
comarca | Entidad administrativa o división territorial conformada por varios municipios, distritos o barrios. || Territorio, región o división administrativa con identidades geográficas, sociales o históricas. |
comarcal | Referente o concerniente al territorio, región o división administrativa con identidades geográficas, sociales o históricas. |
comarcano (a) | Se dice de las poblaciones, regiones o territorios que son cercanos. |
combustible | Material que puede arder. || Dicho de lo que arde fácilmente. || Cuerpo que al arder produce energía. || Material que se usa en artefactos, ingenios o dispositivos cuyo agente es el fuego. || Substancia que produce energía en forma de calor. || En general, gasolina o diésel para automotores. |
combustión | La acción y el resultado de arder o quemarse algo. || Reacción entre el oxígeno y un material oxidable que, con el desprendimiento de energía, produce llama o incandescencia. |
comentar | Exponer y explicar un texto o escrito para su valoración o crítica. || Hacer juicios o expresar opiniones acerca de algo. Comentar una ley. Comentar un partido de futbol. |
comentario | Exposición y explicación de un texto o escrito para su valoración o crítica. “Difieren los escolios de las glosas en que éstas explican más bien palabras difíciles y los primeros, en cambio aclaran todo texto de un escrito. Difieren, también, de los comentarios, pues éstos son, por los general [sic], extensos y analíticos y los escolios de las glosas en que estas explican más bien palabras difíciles y los primeros, en cambio aclaran todo texto de un escrito. Difieren, también, de los comentarios, pues éstos son, por lo general, extensos y analíticos y los escolios breves y concisos para evitar digresiones. (https://www.mundoarchivistico.com/). ► escolio. glosa.|| Juicio u opinión acerca de algo |
comentarista | Persona que expone y explica textos o escritos para que estos sean valorados o criticados. || Persona que emite juicios u opiniones acerca de algo. || En medios de comunicación, persona que expresa opiniones acerca de un asunto en particular. Comentarista deportiva. Comentarista político. |
comer | Masticar y tragar. || Ingerir un alimento. || Alimentarse. Ayer me comí una sopa que no era más que caldo. || Desgastar, corroer algo. La carretera se come rapidísimo una llanta más alienada. || En escritura o lectura, omitir, voluntaria o accidentalmente alguna parte del texto. || Gastar inmoderadamente. En cosa de días se comió la herencia. || En ciertos juegos, como las damas o el ajedrez, tomar una ficha del contrario. |
comer jamón | ► jamón. |
comercialización | Disposición y organización del conjunto de procedimientos necesarios para la distribución y venta de un producto. || Puesta a la venta de un bien o servicio. || En actividades mercantiles, suministro de un producto o servicio para su distribución, entrega o venta, y consumo o uso. || Actividad de presentación, propuesta o realización de trabajo, antes de la celebración de un contrato mercantil. ► contrato mercantil. |
comercializador (a) | Persona, física o jurídica, que se encarga de disponer y organizar el conjunto de procedimientos necesario para la distribución y venta de un producto finalizado. La persona comercializadora, a diferencias de quien elabora un bien o servicio, no produce ni fabrica el producto; únicamente se encarga de su venta. |
comercializadora de seguros | Persona física o jurídica que, mediante contrato, es autorizada por una empresa de seguros como intermediaria en y para la venta de productos y servicios de seguros. Referido al asunto de las personas comercializadoras de seguros, el artículo 2 del Reglamento para la Operación de Intermediarios en la Comercialización de Productos y Servicios de Seguros del Instituto Nacional de Seguros (de 04 de mayo de 2007) dispone: “Diversidad de vías para la comercialización de seguros. La contratación de Intermediarios para la comercialización de productos y servicios de seguros, no excluye ni limita de manera alguna, la facultad del Instituto para promocionar, gestionar y vender directamente sus productos y servicios a los clientes, coordinando lo pertinente con el intermediario si lo hubiere. ► aseguración. contrato de seguro. seguro 2. |