Diccionario usual del Poder Judicial

Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos

En Costa Rica, organismo de carácter público integrado por los ingenieros y los arquitectos graduados que cumplan con los trámites y requisitos de incorporación, los miembros honorarios, los miembros corresponsales, los miembros ausentes, los miembros visitantes, los miembros egresados, los miembros temporales y los miembros estudiantes, y que tiene como fines el estímulo de la Ingeniería, de la Arquitectura, así como de las ciencias, de la artes y de los oficios que se vinculen con ellas; el cuido por el decoro de las profesiones; la reglamentación del ejercicio profesional; la vigilancia por el cumplimiento de las disposiciones legales que lo rigen; la promoción de las condiciones educativas, sociales, económicas, técnicas, artística y legales; la cooperación con las instituciones estatales y privadas; la organización, patrocinio y participación en congresos, seminarios, publicaciones, conferencias y exposiciones; la protección y defensa de los derechos de sus miembros; la opinión y asesoría a los Poderes del Estado; y el mantenimiento del espíritu de unión entre los miembros; el acercamiento y cooperación con otros colegios, sociedades y asociaciones profesionales de técnicos. El Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos se conformó por la Ley N.º 3663 de 10 de enero de 1966, que fue integralmente modificada por la Ley N.º 4925 de 17 de diciembre de 1971.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.