Term | Definition |
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autoridades educativas |
Conjunto de personas que determinan o ejecutan las directrices formativas, docentes, didácticas, culturales o disciplinarias de la educación pública o privada. El Ministerio de Educación es una de las autoridades educativas. La Dirección de ese colegio científico es una autoridad educativa.
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autoritario (a) | Que actúa con abuso o exceso de autoridad. || Se dice del régimen que ejerce el poder con muy poca, o ninguna, limitación. || Relativo o perteneciente al ejercicio abusivo del mando, imperio, jurisdicción o potestad. |
autorización |
Acto en el que se da facultad para hacer. || Permiso para actuar. || Documento en el que se otorga facultad o permiso para realizar alguna cosa. || Legalización de una escritura o instrumento de forma que haga fe pública. || Aprobación de una conducta. || Consentimiento para que otra persona actúe.
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autorización de actos indebidos |
Delito contra la confianza pública consistente en que un director, administrador, gerente o apoderado de una sociedad comercial o cooperativa, deliberadamente, consienta en la realización de actos contrarios a la ley o a los estatutos -no necesariamente delictivos- de forma que pueda derivarse algún perjuicio para sus representados o para el público.
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autorización de actos indebidos | Delito contra la confianza pública, consistente en que un director, administrador, gerente o apoderado de una sociedad comercial o cooperativa, deliberadamente, consienta en la realización de actos contrarios a la ley o a los estatutos —no necesariamente delictivos— de forma que pueda derivarse algún perjuicio para sus representados o para el público. |
autorización de ingreso al país |
En Costa Rica, permiso, visado o salvoconducto para entrar al país, emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería, según las categorías migratorias, los requisitos y procedimientos legales.
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autorización de permanencia en el país | En Costa Rica, permiso, visado o salvoconducto dado a los extranjeros para permanecer, temporal o definitivamente en el territorio nacional, con la posibilidad de excepciones y limitaciones legales a sus derechos. |
autorización de permanencia para no residentes | En Costa Rica, descriptor del Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, sinónimo de ‘autorización de permanencia en el país’. ► autorización de permanencia en el país. |
autorización de salida del domicilio conyugal | En Costa Rica, descriptor del Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, sinónimo de ‘autorización de salida del hogar conyugal´. ► autorización de salida del hogar conyugal. |
autorización de salida del hogar conyugal | Medida cautelar que dicta un juez o una jueza de familia, a petición de parte, cuando se está ante una causal de divorcio y con el fin de proteger la estabilidad personal, para autorizar la residencia separada de los cónyuges. |
autorización de salida del país | Locución sinónima de ‘permiso de salida del país’. ► permiso de salida del país. || Permiso o consentimiento, judicial o administrativo, para que una persona, animal o cosa salga del territorio nacional. |
autorización para pescar |
Permiso o consentimiento para que una persona extraiga y aproveche recursos marinos, pesqueros e hidrobiológicos en aguas marinas y continentales. > licencia de pesca.
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autorizaciones en asuntos de familia |
Permisos o consentimientos que personas físicas, jurídicas, autoridades administrativas o judiciales otorgan para la realización de actos referentes a materia concerniente al derecho de familia.
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autorizaciones y permisos del Ministerio de Salud | En Costa Rica, consentimientos que el Ministerio de Salud decreta, materializados generalmente en un certificado, y con los que autoriza el funcionamiento de establecimientos agropecuarios, comerciales, industriales o de servicios, en una ubicación determinada, de forma que se acredita que las acciones que realizan se hacen en las mejores condiciones sanitarias; que no afectan negativamente la salud propia o de terceros; que impactan positivamente; y que coadyuvan a lograr índices adecuados de salud. ► Ministerio de Salud. |
autorizar |
Dar facultad para hacer. || Permitir cierta actuación. || Legalizar un documento de forma que haga fe pública. || Aprobar una conducta. || Consentir una acción.
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autorretrato |
Retrato de una persona concebido y realizado por ella misma.
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autorretrato fotográfico | Fotografía de una persona, concebida y realizada por ella misma. || Fotografía que se toma de sí mismo, por lo general con el afán de publicarla en una red social o informática. |
autostop |
Solicitud que en la carretera se les hace a conductores de vehículos para que brinden transporte gratuito. El puño cerrado, con el dedo pulgar levantado y señalando hacia una zona determinada, indica que uno hace autostop.
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autotutela |
Autodefensa o contraataque, al margen de los mecanismos judiciales -generalmente por medio de la fuerza-, que una persona involucrada en un conflicto realiza. Se exceptúa la prohibición de la autotutela en caso de legítima defensa. > venganza. || Defensa o protección que se hace por sí mismo, sin ayuda de terceros.
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autotutela administrativa |
Privilegio de la Administración pública de crear, modificar o extinguir derechos y deberes de los administrados, sin la intervención de los tribunales y sin la anuencia o aprobación de los destinatarios. || Potestad de la Administración pública de imponer sus decisiones sin aprobación judicial ni consentimiento de los administrados.
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auxiliar 1 | Dar ayuda, contribución, colaboración o cooperación. || Proporcionar socorro, amparo o protección. || Facilitar apoyo. || Encubrir. |
auxiliar 2 | Persona que ayuda, contribuye, colabora o coopera. || Lo que es complementario de lo principal. Una rueda auxiliar. || Profesor que sustituye al principal en caso de ausencia temporal. || ► verbo auxiliar. |
auxiliar aduanero |
> auxiliar de la función pública aduanera.
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auxiliar de comercio | Persona física o jurídica que colabora en el trabajo habitual de un comerciante. ► agente de comercio. agente viajero (a). contador (a). corredor jurado (a). dependiente 1. factor (a). factor de comercio (a). porteador (a). |
auxiliar de la función pública aduanera |
En Costa Rica, persona física o jurídica, pública o privada que participa habitualmente ante el Servicio Nacional de Aduanas, en nombre propio o de terceros, en la gestión aduanera. Es responsable solidario ante el fisco por las consecuencias tributarias devenidas de los actos, omisiones y delitos que sus empleados acreditados incurran. > aduanero (a). Dirección General de Aduanas. Servicio Nacional de Aduanas.
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