Diccionario usual del Poder Judicial

excepción de cosa juzgada

Aquella que busca el efecto procesal de la cosa juzgada y que conlleva la imposibilidad de volver a discutir entre las mismas partes, un mismo objeto y por idénticas razones. La excepción de cosa juzgada permite anteponer, frente a la pretensión en un nuevo juicio, el impedimento de modificar o impugnar una sentencia firme. ► cosa juzgada.

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