Term | Definition |
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INCOFER | En Costa Rica, sigla del Instituto Costarricense de Ferrocarriles. ► Instituto Costarricense de Ferrocarriles. |
incógnita |
En matemáticas, cantidad desconocida que es preciso determinar para resolver una ecuación o problema. || Causa o motivo que se desconoce.
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incógnito (a) |
No conocido. || > de incógnito.
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incoherencia | Falta de conexión, enlace o relación entre cosas o conceptos entre sí. || Inconsecuencia con lo que se cree y profesa. || Absurdo, disparate, desatino. Estaba borracho y no decía más que incoherencias. |
incoherente |
Que carece de conexión, enlace o relación. || Ausencia de lógica por falta de consecuencia entre las premisas y las conclusiones. || Dicho de la persona cuyo comportamiento es distinto a lo que expresa o sostiene.
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íncola | Habitante, poblador, morador. |
incólume |
Que no tiene daño ni lesión.
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incomparecencia |
Falta de asistencia o presentación ante una autoridad que cita o convoca. || Ausencia de una persona en el lugar o actividad donde se le esperaba.
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incompatibilidad | Imposibilidad o incapacidad para existir o unirse con otra persona o cosa. || Imposibilidad, impedimento, obstáculo. || Impedimento legal para desempeñar dos o más cargos a la vez. ► actividad inconciliable. |
incompatibilidad de normas |
Oposición de leyes, contrarias entre sí, por vigencia simultánea.
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incompatibilidad de preceptos legales | ► incompatibilidad de normas. |
incompatibilidad en la función pública |
Impedimento legal para desempeñar dos o más cargos a la vez que signifiquen servicio o representación de la Administración pública. En cuanto a la incompatibilidad en la función pública, "el principio general es la no compatibilidad de un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público, por sí o mediante sustitución". > Administración pública. función pública. incompatibilidad laboral.
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incompatibilidad laboral |
Categoría referente al desempeño laboral en la Administración pública y que se basa en el postulado de la necesaria dedicación a un solo puesto de trabajo con el fin de que no haya menoscabo en el cumplimiento de deberes en cuanto al compromiso de imparcialidad o independencia. > incompatibilidad en la función pública.
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incompatible |
Que no puede estar, funcionar, existir o unirse con otra persona o cosa. Se divorciaron por ser completamente incompatibles. || Se dice de personas, situaciones o cosas que se excluyen entre sí. || Que tiene impedimento legal para desempeñar dos o más cargos a la vez. || De imposible ejercicio a causa del desempeño de otra función similar.
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incompetencia | En asuntos procesales, falta de aptitud legal del juez o jueza para conocer asuntos determinados según materia, grado, valor o territorio. || Falta de jurisdicción. ► jurisdicción. || Ineptitud, inhabilidad, torpeza. || Incapacidad para resolver eficazmente un asunto. |
incompetente |
En materia procesal, el juez, o jueza, que por falta de aptitud legal, se encuentra imposibilitado para conocer asuntos determinados según materia, grado, valor o territorio. || Inepto, inhábil, torpe. || Incapaz de resolver eficazmente un asunto.
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incomunicabilidad | Cualidad de lo que no se puede transmitir, extender o relacionar con otra cosa. || Condición de lo que no es posible hacerlo saber a otro. || Información que carece de aptitud para ser compartida. || Naturaleza de lo que no tiene correspondencia con otra cosa. Hay incomunicabilidad entre las características personales de este sujeto con las de ese otro. || Que ostenta inexpresividad. |
incomunicabilidad de las circunstancias | Categoría penal concerniente a la responsabilidad, en cuanto a las cualidades y circunstancias personales, de los autores y partícipes de un hecho delictivo y que consiste en que las circunstancias o condiciones inherentes a la persona del autor o coautor no pueden transmitirse a los demás partícipes. Si Abel y Bernardo quieren matar a Carlos, quien es padre de Abel; en virtud de la incomunicabilidad de las circunstancias, Abel será condenado por homicidio calificado y Bernardo por homicidio simple. ► autoría y participación. |
incomunicación |
Privación de cualquier tipo de contacto personal. Por aquel tiempo, tanto presos como enfermos, estuvieron incomunicados. || Situación en la que hay poquísimo o inexistente trato social. || Aislamiento transitorio de acusados o testigos, legalmente determinado. "El tribunal podrá ordenar la incomunicación del imputado en resolución fundada, hasta por diez días consecutivos, cuando previamente haya dispuesto la prisión preventiva y existan motivos que se harán constar en la resolución, para estimar que se pondrá de acuerdo con sus cómplices u obstaculizará de otro modo la investigación". "La incomunicación no impedirá que el imputado se comunique con su Defensor". || En asuntos militares, estado de las fuerzas que están cercadas o impedidas de avituallamiento o enlaces.
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incomunicado (a) |
Que está privado de cualquier tipo de contacto personal. || Dicho de quien tiene poquísimo o nulo trato social. || Se dice del acusado o testigo que se le impone aislamiento transitorio. || Se dice de la fuerza militar que está cercada o impedida de avituallamiento o enlace.
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incomunicar | Privar a alguien de cualquier forma de contacto personal. || Apartarse muchísimo o totalmente del trato social. || Aislar transitoriamente a acusados o testigos con fines administrativos o procesales. || Cercar o sitiar a una fuerza armada de forma que no pueda obtener vituallas o establecer enlaces. |
inconducente |
Que no lleva a un objetivo o fin. Tus argumentos son inconducentes para decidirnos por ese plan.
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incongruencia | Falta o ausencia de relación causal entre las premisas y el resultado. || Falta de relación lógica o correspondencia entre una cosa y otra. || Vicio o defecto argumentativo en una resolución, consistente en la falta de conveniencia, coherencia o relación lógica. “La incongruencia estriba en la falta de relación entre lo pedido por las partes, no a lo largo del proceso, sino en sus escritos de demanda o contrademanda como en sus respectivas contestaciones, y lo resuelto en el fallo; no porque en éste se decida algo diferente a lo querido por los litigantes, sino porque se omite pronunciamiento sobre algún extremo sometido a debate, o se otorga más de lo pedido, o porque lo resuelto no guarda correspondencia con lo pedido, o porque contiene disposiciones contradictorias (...)”. (Sala Primera, N.° 75 de 11:45 h de 22 de enero de 2009). ► extra petita. infra petita. ultra petita. || En orden resolutivo, yerro o insuficiencia lógica consistente en la falta de relación entre lo que se pide y lo que se resuelve. || Incompatibilidad entre fundamentos y consecuencias. || Disconformidad o contradicción en los alegatos o resoluciones. || Dicho de lo que es incoherente, disparatado o absurdo. || Discurso o exposición extravagante, ridícula o tonta. Llegó borracho diciendo incongruencias. |
incongruencia en materia contencioso-administrativa | Inexistencia de relación entre lo pedido por las partes y el dispositivo de la sentencia que se refiere a una actuación de la Administración. || Falta de conexidad o coincidencia entre lo resuelto en un fallo y las pretensiones y excepciones opuestas por las partes, tanto en la demanda o contrademanda, así como en las audiencias orales que se efectúen conforme con la legislación procesal contenciosa administrativa. “En concreto, se produce [la incongruencia en materia contencioso-administrativa] al pronunciarse los juzgadores sobre cuestiones no peticionadas (ultra petita), o en exceso sobre lo pedido (extra petita), asimismo, cuando omiten resolver, cada una de las pretensiones y excepciones establecidas (mínima o infra petita)”. (Sala Primera, N.° 1440 de 08:50 h de 30 de octubre de 2012). ► sentencia extra petita. sentencia infra petita. sentencia ultra petita. |
incongruente |
Que adolece de relación causal entre premisas y resultados. || Que no tiene relación lógica o correspondiente entre sus partes. || Dicho de la resolución que carece de conveniencia, coherencia o relación lógica. || Que tiene insuficiencia lógica. || Se dice de la decisión que no resuelve acorde con lo que se pidió. || Disconforme o contradictorio en los alegatos o resoluciones. || Lo incoherente, disparatado o absurdo. || Dicho de la exposición o discurso extravagante, ridículo o tonto.
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