Diccionario usual del Poder Judicial

incomunicabilidad de las circunstancias

Categoría penal concerniente a la responsabilidad, en cuanto a las cualidades y circunstancias personales, de los autores y partícipes de un hecho delictivo y que consiste en que las circunstancias o condiciones inherentes a la persona del autor o coautor no pueden transmitirse a los demás partícipes. Si Abel y Bernardo quieren matar a Carlos, quien es padre de Abel; en virtud de la incomunicabilidad de las circunstancias, Abel será condenado por homicidio calificado y Bernardo por homicidio simple. ► autoría y participación.

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