Diccionario usual del Poder Judicial

 

certificado de prenda

Documento emitido para que conste el gravamen que pesa sobre un bien mueble determinado para garantizar el pago de una obligación. En relación con el certificado de prenda, el Código de Comercio costarricense (n.º 3284), en el artículo 554 establece que “El contrato de prenda sobre aeronaves, embarcaciones y vehículos sujetos a inscripción, sus modificaciones, prórrogas, cesiones, novaciones, cancelaciones totales o parciales o cualquier otro acto jurídico vinculado con él, deberá constar por escrito y se hará en escritura pública. El contrato deberá contener el nombre, los apellidos, las calidades y el domicilio del acreedor, si se tratara de una persona física, o la razón social o denominación, cuando se trate de una persona jurídica. Deberá consignar una descripción exacta de los bienes dados en garantía, su responsabilidad, la estimación para el remate, la indicación de quién es el depositario, la especificación del seguro, si lo hubiera, el lugar de pago del capital y los intereses, la fecha de vencimiento y todos los demás datos indispensables para identificar los bienes dados en garantía y su responsabilidad”. ► gravamen 1. pacto de reserva de dominio. prenda 1.


certificado de uso de suelo

► certificación de uso de suelo.


certificar

Hacer constar, una autoridad competente, la certeza o realidad de un hecho o situación. || Autenticar, refrendar o dar por verdadero algo. || Atestiguar una verdad. || En asuntos postales, obtener una seguridad, pago mediante, de que el servicio de correos hará llegar, a quien corresponda, lo remitido.


cesación

Hecho de dejar de ejercer un cargo, oficio o empleo. || Hecho de acabarse, suspenderse o concluirse algo.

cesación de la afectación familiar

Conclusión del estado de inembargabilidad e indisponibilidad del inmueble que es residencia de una familia. La cesación de la afectación familiar se da por “a) Por mutuo acuerdo de los cónyuges o convivientes en unión de hecho. b) Por muerte o mayoridad de o los beneficiarios. c) Por separación judicialmente declarada o por divorcio. En este caso podrá disponerse la continuación mientras haya beneficiarios con derecho. ch) Por disposición judicial, a solicitud del propietario, una vez comprobada la utilidad o necesidad de la desafectación. d) Cuando de hecho el bien dejaré de servir para habitación familiar o pequeña explotación, previa comprobación ante el Tribunal mediante trámite sumario" (Artículo 47, Código de Comercio de Costa Rica, n.º 5476). ► afectación del patrimonio familiar.


cesación de pagos

En derecho mercantil, situación en que se halla el comerciante, físico o jurídico, que al vencimiento de una o varias obligaciones, deja de cumplir.


cesación del embargo

Hecho de acabar, suspender, concluir o alzar total y complemente la declaración judicial con la que se afectan o reservan ciertos bienes o derechos de carácter patrimonial, de un deudor o demandado, para asegurar el cumplimiento de la obligación o el resultado general del proceso. ► embargo.


cesante

Persona que perdió el trabajo. || Se dice de la persona que no tiene empleo. || Que ha dejado, concluido o abandonado una actividad. || En algunas legislaciones, condición del empleado público que es privado de su empleo, pero que conserva algunos de sus derechos laborales.


cesantía

Pérdida del trabajo. En ocasiones, y coloquialmente, se utiliza ‘cesantía’ como equivalente de ‘despido’. || Paga indemnizatoria que se da  al trabajador cuando concurren determinadas circunstancias relacionadas, generalmente, con el despido. ► auxilio de cesantía. || Carencia de empleo.


cesar

Dejar de ejercer un cargo, oficio o empleo. || Acabarse, suspenderse, concluir algo. || Abandonar lo que se hace.


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