Term | Definition |
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homicidio criminis causa* | Homicidio que tiene conexión ideológica con otro delito. || El que se comete para preparar, facilitar, consumar u ocultar otro delito o para asegurar sus resultados o procurar para sí o para otro la impunidad. |
homicidio culposo | Delito consistente en dar muerte una persona a otra en virtud de una falta al deber de cuidado del agente. ► deber de cuidado. || Muerte causada por una persona a otra sin intención dolosa y sin que medie circunstancia eximente o justificante. ► justificación. justificar. |
homicidio doloso |
El que ocurre cuando el homicida tiene la voluntad cierta o indefectible de matar, y mata.
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homicidio en estado de emoción violenta | Homicidio especialmente atenuado que ocurre cuando la persona que da muerte a otra se encuentra en una situación anímica de conmoción intensa o gran alteración psíquica. ► estado de emoción violenta. |
homicidio en grado de tentativa | Situación en la que el agente ejecuta todos los actos tendentes a matar a otro; pero que, por causas o accidentes ajenos a él, no llega a consumar la acción. ► tentativa. |
homicidio en riña |
Muerte ocurrida en una pendencia en la que pelean, de manera activa, varios contra varios o varios contra uno, sin que se pueda determinar el autor concreto del fallecimiento.
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homicidio especialmente atenuado | Categoría penal y de política criminal que refiere a la mitigación o aminoración del extremo menor de la pena a partir del estado anímico del agente, de la compulsión social que prime o de los deseos reales de provocar la muerte de otro. En Costa Rica, el Código Penal apunta lo siguiente: “Artículo 113.- Homicidios especialmente atenuados. Se impondrá la pena [prisión] de uno a seis años [frente a los extremos de 12 y 18 años que importa el homicidio simple]: 1) A quien haya dado muerte a una persona hallándose el agente en estado de emoción violenta que las circunstancias hicieren excusable. […] 2) El que con la intención de lesionar causare la muerte de otro; y 3) A la madre de buena fama que para ocultar su deshonra diere muerte a su hijo dentro de los tres días siguientes a su nacimiento”. ► homicidio en estado de emoción violenta. homicidio preterintencional. |
homicidio intentado | |
homicidio piadoso | Descriptor sinónimo de ‘homicidio por piedad’. ► homicidio por piedad. |
homicidio por piedad |
El que el agente ejecuta movido por un sentimiento de lástima, misericordia o conmiseración, y ante el pedido serio e insistente de la víctima, contra el enfermo grave o incurable. || Muerte dada a otro con la idea de procurarle un bien, ante un sufrimiento físico, una pena agobiadora o un desastre psicológico de la víctima.
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homicidio preterintencional | Homicidio especialmente atenuado que comete el que, con la intención de lesionar y no de matar, causa la muerte de otro. “El homicidio preterintencional implica el inicio de una acción en forma dolosa con una intención de lesionar, y que finalmente termina provocando la muerte de una persona, pero este resultado es producto de una acción culposa”. |
homicidio proditorio | El cometido con alevosía. ► alevosía. |
homicidio simple | Delito que comete quien da muerte a una persona sin que concurran circunstancias atenuantes, agravantes o calificadas. |
homicidio tentado | Descriptor sinónimo de ‘homicidio en grado de tentativa’. ► homicidio en grado de tentativa. |
homo 1 | Elemento compositivo, del griego homos, que significa ‘igual’. Homosexual. |
homo 2* | Voz en latín que significa ‘hombre’. || Ser humano. |
homo economicus* | |
homo forensis* | Locución latina que refiere al abogado, particularmente al litigante. |
homo oeconomicus* | Latín. Literalmente, 'el hombre económico'. Se refiere a la determinación del carácter del ser humano por los factores económicos propios y de su entorno. |
homo sum: humani nihil a me alienum puto* | Expresión en latín, atribuida a Terencio, que significa ‘hombre soy: pienso que nada de lo humano me es ajeno’ y que se refiere a la adhesión, unión, interés y solidaridad con todo lo que concierna al ser humano. |
homo, homini lupus* | Latín. Literalmente, 'el hombre, lobo para el hombre'. Se refiere al carácter negativo o malvado que el ser humano en relación con su congénere. |
homo* 2 | Voz en latín que significa ‘hombre’. || Ser humano. |
homologación | Confirmación que un juez realiza de actos o contratos de particulares. || Comprobación o verificación del cumplimiento de las especificaciones o características de una acción u objeto. || Dictado de una resolución administrativa que aprueba un acuerdo entre particulares o entre particulares y la Administración. || Equiparación de situaciones o cosas. || Firmeza de lo resuelto por un árbitro o componedor, en virtud de tácito acuerdo, al no recurrir en tiempo. || Revalidación de lo que fuera aprobado. || Condescendencia en que algo se haga. |
homologación de convención colectiva | Procedimiento o trámite, posterior al depósito de la convención colectiva, por el cual la Administración fiscaliza la aptitud del pacto para comprobar que el convenio pactado por las partes no quebranta o transgrede los interese generales del Estado, de manera que se refrenda, aprueba y confiere vigor a la operación jurídica. ► convención colectiva de trabajo. depósito de la convención colectiva. |
homologación de convenio colectivo |