Diccionario usual del Poder Judicial

competencia específica

Esfera, condición o circunstancia que faculta al órgano decisor para conocer y decidir acerca de lo que se ha sometido a su autoridad dentro de los parámetros del litigio planteado por las partes. “Así como la fuente de la competencia absoluta y relativa (territorial), generalmente proviene de la ley, la competencia específica la adquiere el tribunal a partir de las pretensiones y contra pretensiones del demandante y del demandado, salvo en aquella parte en que, excepcionalmente, la ley faculta al juez a proceder de oficio”. (Salas Astrain, Jaime). competencia 1. competencia genérica.

©Diccionario usual del Poder Judicial de Costa Rica, 2020. Todos los derechos reservados.