Term | Definition |
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adopción individual | Modo de adopción que se decreta a solicitud de un único adoptante. Cuando hay adopción individual, la persona adoptada adquiere los dos apellidos del adoptante. ► adopción 1. |
adopción internacional | Tipo de adopción debido a que el domicilio indica que la persona menor de edad adoptada va a radicar normalmente en el extranjero o que habrá un desplazamiento de un Estado hacia otro. ► adopción 1. |
adopción nacional | |
adopción plena | Modo de adopción que le confiere a la persona adoptada una filiación que sustituye a la de origen, de forma que deja de pertenecer a su familia natural y adquiere todos los derechos y obligaciones propios de hijo biológico del adoptante. En casos de adopción plena, subsisten los impedimentos matrimoniales para con lo que respecta a la familia de origen. ► adopción 1. |
adopción por entrega directa | Descriptor sinónimo de ‘adopción directa’. ► adopción directa. |
adopción simple | Modo de adopción que le confiere al adoptado la filiación de hijo biológico; pero no crea parentesco con la familia del adoptante. En la adopción simple, la única vinculación jurídica que existe es entre el adoptante y el adoptado. Con la adopción simple, los hijos adoptivos de un mismo adoptante son considerados hermanos entre sí. ► adopción 1. |
adoptado (a) 1 | Voz sinónima de ‘adoptivo’. ► adoptivo (a). adopción 1. |
adoptado (a) 2 | En cuanto a un quehacer o parecer, que es asumido como propio. || Relativo a decisiones, la que fue tomada. ► adopción 2. |
adoptante |
Persona que mediante autorización legal acoge como hijo a quien biológicamente no lo es.
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adoptar 1 | Establecer un vínculo de filiación al recibir como hijo, para todos los efectos, con autorización legal y con un fin de protección, a quien biológicamente no lo es. |
adoptar 2 | Seguir como propios quehaceres o ideas de otro. || Tomar una decisión. |
adoptivo (a) | Persona que mediante autorización legal es acogido como hijo, por alguien que biológicamente no lo es. || Perteneciente o relativo al vínculo de filiación que surge de la adopción. ► adopción 1. || Se dice del lugar que se considera propio, aunque natural u originariamente, no se es de ahí. |
adquirente |
Persona que logra, obtiene o alcanza algo. || El que recibe. || El que compra. || El que obtiene un derecho.
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adquirido (a) | Lo que se ha logrado, obtenido o alcanzado. Ese título fue adquirido con mucho esfuerzo. || Recibido. Ese lote fue adquirido como regalo. || Comprado. La casa fue adquirida hace mucho tiempo. |
adquiriente | ► adquirente. |
adquirir |
Lograr, obtener o alcanzar algo. || Recibir. || Comprar. || Obtener un derecho.
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adquisición |
Lo logrado, obtenido o alcanzado. || Lo recibido o comprado. || Derecho obtenido.
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adquisición a non domino* | Locución sinónima de ‘adquisición de quien no es dueño’. ► adquisición de quien no es dueño. |
adquisición de quien no es dueño | Forma irregular de adquirir la propiedad, consistente en recibir la cosa de quien no es su dueño. Se produce cuando alguien transfiere más derechos de los que tiene. Generalmente precisa buena fe y voluntad dominical. Con la adquisición de quien no es dueño, se pretende proteger al adquirente. |
adrede |
De propósito, con intención.
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aduana | Oficina pública encargada de registrar y cobrar los derechos por el tráfico de géneros y mercancías que se importan y exportan. || Organización encargada del registro y de los cobros de derechos por el tráfico de personas y mercancías que entran y salen del país. || En Costa Rica, unidad técnico-administrativa encargada de las gestiones aduaneras y del control de las entradas, la permanencia y la salida de las mercancías objeto de comercio internacional, así como de la coordinación de la actividad aduanera con otras unidades gubernamentales que actúen en su zona de competencia territorial o funcional. || Servicio administrativo responsable de la aplicación de la legislación aduanera y de la percepción de los tributos a la importación y a la exportación. |
aduana de control |
Aquella que ejerce el control aduanero sobre las operaciones de un auxiliar de la función pública. Suele tener competencia territorial en el lugar donde se efectúa la operación. La aduana de control generalmente trabaja sobre las operaciones de los agentes aduaneros, transportistas y depositarios.
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aduana de destino | Aquella en la que, bajo su jurisdicción, termina una operación de tránsito aduanero. ► aduana. |
aduana de ingreso | Aquella en la que, bajo su jurisdicción, están los puestos aduaneros u otros lugares habilitados para el ingreso de personas, mercancías, géneros o vehículos. ► aduana. |
aduana de salida | En cuanto a importaciones, aquella en la que, bajo su jurisdicción se inicia una operación de tránsito aduanero. || En cuanto a exportaciones, aquella en la que bajo su jurisdicción, están los puestos aduaneros u otros lugares habilitados para la salida de personas, vehículos, mercancías o géneros del territorio nacional. |