Diccionario

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Term Definition
extracto

En Costa Rica, en el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, copia literal de una parte de una sentencia que, en virtud de su interés jurídico, se dispone al público para su consulta. || Resumen o parte sustancial de una obra. Me leí un extracto de la novela. Ayer, en clases, el profe nos pasó un extracto de esa película. || Sustancia concentrada que se extrae de otro producto. Extracto de vainilla.

extracto tebaico
Sustancia acuosa de opio. En tiempos pretéritos el extracto tebaico fue conocido como 'planta de la felicidad'.
extradición

Entrega que un Estado hace de un individuo que se encuentra en su jurisdicción, acusado o sentenciado, a otro Estado para que se le enjuicie o se ejecute una pena. “El procedimiento de extradición da inicio con la solicitud del Estado requirente y culmina con la sentencia respectiva, mediante la cual se concede o se deniega dicha solicitud”. || Acto de asistencia jurídica internacional mediante el cual se logra la presencia de un imputado en un proceso penal en otro país que lo requiere. El fundamento de la extradición “está en la solidaridad de los Estados y la necesidad de superar las limitaciones que impone a la persecución y castigo de los delitos el principio de territorialidad, que impide aplicar la ley penal a hechos ocurridos fuera del país en que ha buscado refugio el presunto delincuente”.

extradición por delitos fiscales
Entrega que un Estado hace a otro Estado de una persona que se encuentra en su jurisdicción, acusada o sentenciada por un delito relacionado con la defraudación fiscal a la Hacienda pública; por elusión fiscal; o por evasión de impuestos. > defraudación fiscal. delito fiscal. elusión fiscal. evasión de impuestos. fisco. Hacienda pública.
extradición por lavado de dinero
Entrega que un Estado hace a otro Estado de una persona que se encuentra en su jurisdicción, acusada o sentenciada por un delito relacionado con dar carácter lícito, mediante la inserción en un sistema financiero, a dineros obtenidos ilegalmente. > lavado de dinero. legitimación de capitales. legitimación de capitales provenientes de actividades ilícitas.
extradición por legitimación de capitales provenientes de actividades ilícitas
Entrega que un Estado hace a otro Estado de una persona que se encuentra en su jurisdicción, acusada o sentenciada por un delito relacionado con el delito de enlace o relación, consistente en esconder, encubrir o disimular el origen, movimiento y destino de dineros obtenidos ilegalmente. > lavado de dinero. legitimación de capitales. legitimación de capitales provenientes de actividades ilícitas.
extraditar
Entregar un Gobierno o Estado a una persona que se encuentra en su jurisdicción, acusada o sentenciada, a otro Estado para que la enjuicie o le haga cumplir una pena.
extraer
Obtener una sustancia o producto que estaba contenido en un cuerpo o lugar. Extraer madera. Extraer petróleo. || Sacar o poner fuera de donde se encontraba. Extraer sangre. || Arrancar, quitar, despojar. Le extrajeron el celular del bolso. || Deducir, derivar, colegir. La información que obtuvo le permitió extraer la conclusión de que el negocio quebraría.
extrajudicial

Se dice de lo que se trata, realiza o hace fuera de la vía judicial. Los notarial, lo registral y lo contractual se encuentran en el ámbito de lo extrajudicial.

extrañamiento 1

En Costa Rica, pena, aplicable únicamente a los extranjeros, consistente en la expulsión del territorio nacional, con prohibición de regresar a él, durante el tiempo de la condena. La legislación costarricense estipula que la pena de extrañamiento se puede extender de seis meses a diez años. || Destierro a un país extranjero. desterrar. destierro.

extrañamiento 2

Sorpresa o asombro ante lo desconocido o ignorado.

extrañar 1

En Costa Rica, aplicar a una persona extranjera la pena de expulsión del territorio nacional, con prohibición de regresar a él, durante el tiempo de la condena. || Desterrar a un país extranjero.

extrañar 2

Echar de menos. || Encontrar que algo no se adapta a la norma, a lo común o habitual y sorprenderse o asombrarse por ello.

extrañeza
Cualidad de lo que es raro, extraordinario o extraño. || Cosa o situación que se aparta de lo común. || Asombro, sorpresa ante lo desconocido o ignorado.
extranjería
Sistema legal o reglamentario que regula la condición de la persona que no es propia del país. || Conjunto de normas que ordenan los actos e intereses de los que no son naturales del país en que se hallan. || Calidad y condición de extranjero.
extranjero (a)

Persona que es de otro país con respecto al propio. || País, nación o Estado que no es el propio. || Lo que por origen no es del país de referencia.

extraño (a)

Que no corresponde a la norma. || Lo que se aparta de lo común. || Raro, singular. || Distinto, en contraposición a 'propio'. || Ajeno a lo que ocurre alrededor. || Que no se entiende o conoce su naturaleza.

extraordinario (a)

Se dice de la persona, cosa o situación que está fuera del orden, la medida, canon o de la regla común. || Agregado a lo común. Sesiones extraordinarias de la Asamblea Legislativa. || Adicionado o unido a lo común, frecuente o usual. Horas extraordinarias. || Gasto adicionado a un presupuesto.

extraterritorialidad
 En diplomacia y relaciones internacionales, prerrogativa de diplomáticos y sus sedes, además de cierto tipo de naves o vehículos, con la que se establece que hay sumisión a las leyes de su lugar de origen y no a las del país en que están. || Posibilidad de aplicar una ley fuera de los límites territoriales del país en que fue promulgada. > ley extraterritorial.
extraterritorialidad de la ley penal

Enunciado que se refiere a la posibilidad de aplicar la ley sancionatoria por acciones u hechos cometidos en un lugar fuera de los límites territoriales para la que fue promulgada. || Expresión doctrinal que señala la posibilidad de aplicar la normativa penal de un país a los hechos punibles cometidos en el extranjero. Respecto a la extraterritorialidad de la ley penal, la legislación penal de Costa Rica, señala que: "Artículo 5.- Se aplicará también la ley penal costarricense a los hechos punibles cometidos en el extranjero, cuando: 1) Atentaren contra la seguridad interior o exterior del Estado, lo mismo contra su economía; y 2) Sean cometidos contra la Administración pública, por funcionarios al servicio de ella, sean o no costarricenses. Artículo 6.- Podrán incoarse proceso por los hechos cometidos en el extranjero y en ese caso aplicarse la ley costarricense, cuando: 1) Produzcan o puedan producir sus resultados en todo o en parte, en el territorio nacional; 2) Hayan sido cometidos por personas al servicio de Costa Rica y no hubieren sido juzgadas en el lugar de comisión del hecho, en virtud de inmunidad diplomática o funcional; y 3) Se perpetraren contra algún costarricense o sus derechos. 4) Hayan sido cometidos por algún costarricense". > principio de territorialidad.

extremar
Llevar al punto máximo o mínimo algo. || Emplear gran cuidado, aplicación y dedicación. En necesario extremas las medidas de seguridad.
extremo (a)
Lo máximo o lo mínimo. || El principio o lo último de algo. || Se dice de lo que está en su grado más intenso, elevado o activo. Emoción extrema. || Excesivo. Llegó al extremo de insultar a su esposa. || Último, postrero. || En deportes, en la línea de atacantes, el miembro que se sitúa más cercano a cualquiera de las dos bandas.
extremos de la pena

Límites máximos y mínimos, comprendidos en un tipo penal y normativamente dispuestos por ley, que determinan el margen temporal de la sanción que un juez, jueza, o autoridad competente, puede imponer. Los extremos de la pena por el delito de explotación de incapaces, en Costa Rica, es de uno a cuatro años de prisión.

exutorio
En medicina, úlcera abierta que se deja así para que supure.
f
En la técnica legislativa, letra que se suele usar como sustituta del número 6 de los incisos del articulado legal. Generalmente se utiliza en minúscula y cerrada por un paréntesis sin abrir. f). || Sexta letra del alfabeto. Su nombre es efe. || En notación musical alfabética representa la nota Fa.