Diccionario

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Term Definition
dolo específico

En derecho penal, el fin determinado o concreto que el agente quiere o pretende.

dolo eventual

En derecho penal, resolución libre y consciente con la que se opta por realizar una conducta sin buscar un resultado dañoso, pero que el acaecimiento de ese daño se admite como posible. || Situación en la que el agente incluye en su acción la posibilidad de realizar un hecho punible y el consecuente resultado dañoso, sin embargo dicha eventualidad no lo disuade en su actuar. || Conocimiento y aceptación de la posibilidad de que se produzca un determinado resultado perjudicial como consecuencia de una acción.

dolo genérico

En derecho penal, dolo penal. ► dolo penal. || En derecho civil, mala fe. ► mala fe. || En general, intención consciente y voluntaria de dañar o causar un perjuicio.

dolo indirecto

En derecho penal, categoría que refiere al producto de la voluntad que produce un hecho punible que no es el determinante de la acción del agente, pero que se deriva de su conducta. || Clasificación doctrinal que describe la situación en la que una persona procura un resultado dañoso determinado, pero además conoce que habrá, o muy probablemente habrá, otras consecuencias no buscadas con la acción principal. En la práctica judicial se imputan con igual calidad la conducta realizada a modo de dolo indirecto con la acción delictiva principal.

 

dolo malo

En derecho civil, locución, originalmente definida en las Partidas, que comprende la intención maliciosa dirigida contra el justo derecho de otro y que se ejecuta con engaño, mentira y artificio o mediante silencio malintencionado. ► dolo bueno. || En derecho penal, según cierta doctrina, conocimiento y voluntad de realizar un delito, consciente de que no hay norma  que permita la acción. || En general, falacia, astucia o maquinación destinada a engañar.

dolo negativo

Voluntad dañosa que se concreta en una omisión o con el silencio. “José sabía que aquella noche iban a ejecutar a todos los recién nacidos de la ciudad; sin embargo huyo con su niño y su mujer; y no hizo ni dijo nada…”. Así, el profesor, nos ejemplificaba  el dolo negativo. ► dolo positivo.

dolo penal

Determinación, resolución o decisión, libre, voluntaria y consciente, de realizar una acción u omisión punibles.

dolo positivo

Voluntad dañosa que se concreta en una acción —o varias— o con palabras. El dolo positivo, “[e]s con mucho el predominante, frente a la opuesta modalidad de ‘dolo negativo’”. ► dolo negativo.

dolo principal

En materia civil, la voluntad dañosa que se aplica a la esencia consensual del acto jurídico, de manera que es determinante para que la otra parte acepte pactar o admita cláusulas que normalmente no hubiera consentido. ► dolo causante.

dolo procesal

Voluntad dañosa que mediante un acto procesal pretende el reconocimiento de un interés espurio o la concreción de una situación que la ley no ampara. El falso testimonio es ejemplo de dolo procesal. ► mala fe procesal.

dolo recíproco

► dolo compensado.

dolo simple

En materia civil, voluntad dañosa y consciente proveniente de una sola de las partes.

domicilio

Lugar donde se establece la sede principal de los negocios e intereses de una persona, física o jurídica. || Localización administrativa, legalmente considerada y registrada, del sitio donde se consigna que alguien reside. || Lugar donde alguien vive. || Casa que alguien habita permanentemente. || Espacio donde la persona vive, sin obligación de cumplir necesariamente con los usos y las convenciones sociales, al tiempo que puede ejercer su libertad más íntima. || Morada fija, residencia. Si bien en el lenguaje común se establece la sinonimia entre domicilio y residencia, jurídicamente hay diferencias. ► residencia.

domicilio ad litem

Residencia o morada que se constituye especialmente para un litigo, sin que necesariamente coincida con el domicilio real.

domicilio civil

Residencia o morada, legalmente determinada, de las personas físicas.

domicilio comercial

Lugar donde un comercio tiene el establecimiento mercantil o la sede principal de sus actividades. ► domicilio de persona jurídica.

domicilio contractual

En Costa Rica, en materia de notificaciones, con respecto a la parte demandada, el domicilio real de la persona física o el domicilio social o real de la persona jurídica, que fue claramente estipulado en un contrato o en el documento en el cual se sustenta la demanda.

domicilio conyugal

► hogar conyugal.

domicilio de la sucesión

Último domicilio que tuvo el causante. || En caso de imposibilidad para determinar dónde tenía el domicilio la persona fallecida, lugar donde está la mayor parte de sus bienes.

domicilio de persona jurídica
Lugar donde está situada la dirección o administración de una entidad, empresa u organismo legalmente reconocidos, salvo lo dispuesto por sus estatutos o leyes especiales. Con respecto al domicilio de persona jurídica reconocida por ley, el artículo 61 del Código Civil costarricense anota que: "Cuando tenga agentes o sucursales permanentes en lugares distintos de aquel en que se halle la dirección o administración, se tendrá también como su domicilio el lugar de la sucursal o agencia, respecto a los actos o contratos que ejecuten o celebren por medio del agente".
domicilio fiscal

Lugar de localización de la persona tributariamente obligada, en sus relaciones con la Administración tributaria. El domicilio fiscal para las personas físicas será su residencia habitual.

domicilio legal
Lugar donde la ley presume, para el ejercicio de derechos y cumplimiento de obligaciones, que una persona reside de manera permanente, aunque no se encuentre ahí.
domicilio real
Lugar donde una persona física ha establecido la sede principal de sus negocios e intereses.
domicilio registral

El que se encuentra consignado y actualizado en un Registro. Para efectos del domicilio registral, “se entiende por ‘domicilio’ la casa de habitación de las personas físicas y la sede social para las jurídicas”.

domicilio social

Sede donde una sociedad, o persona comerciante, desarrolla su actividad principal. ► domicilio comercial.