Term | Definition |
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directorio | Junta directiva. || Grupo de personas que dirige o gobierna determinada actividad. || Grupo de normas de un negocio o disciplinas. || Relativo al mando o el giro de directrices u órdenes para la administración y funcionamiento de una empresa, entidad o actividad. || Lo que sirve para dirigir. || En Costa Rica, publicación que contiene los números telefónicos de los abonados y algunas direcciones. |
directorio de la Asamblea Legislativa | En Costa Rica, junta o grupo de diputados o diputadas encargado de dirigir el órgano encargado de la aprobación de leyes. En lo concerniente al directorio de la Asamblea Legislativa, el artículo 115 de la Constitución Política establece: “La Asamblea elegirá su [d]irectorio al iniciar cada legislatura. El [p]residente y el [v]icepresidente han de reunir las mismas condiciones exigidas para ser [p]residente de la República. El [p]residente de la Asamblea prestará el juramento ante [e]sta, y los [d]iputados ante el presidente”. ► Asamblea Legislativa. directorio. |
directorio sindical | Junta directiva o conjunto de personas que ostentan la representación, judicial y extrajudicial del sindicato. ► sindicato. |
directriz |
Instrucción, pauta o criterio para la ejecución de algo. || Como adjetivo, que dirige. La idea directriz para el ordenamiento de una sociedad. || En geometría, línea, superficie o volumen que determina las condiciones de generación de otra línea, superficie o volumen.
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directriz administrativa | Acto general, destinado a regular ciertas relaciones entre la misma Administración, cuyo contenido es un conjunto de orientaciones o definiciones de política, para el cumplimiento de fines públicos. “Las directrices [administrativas] no integran el ordenamiento jurídico, puesto que no son normas, ni forman parte la jerarquía de las fuentes del Ordenamiento Jurídico Administrativo (artículo 6 de la Ley General de la Administración Pública), por lo que su infracción no produce la nulidad del acto concreto, sino la sanción disciplinaria del funcionario que falta a ellas”. (Sentencia de la Sala Primera de la Corte nº 1007 de 09:00 h de 21 de diciembre de 2006). |
dirigente | Persona que rige, gobierna o da las directrices para la administración y funcionamiento de una empresa, departamento o actividad. || Quien manda o da las órdenes para la consecución de un fin. || Persona que da las pautas para realizar un trabajo. || Quien guía, conduce o lleva hacia un lugar. || Persona que orienta o muestra el camino. |
dirigente sindical | Integrante del órgano directivo de un sindicato que ejerce la representación legal y la acción política de un sindicato. ► órgano directivo. sindicato. sindicato de trabajadores (as). |
dirigentes sindicales | ► dirigente sindical. |
dirigible |
Que es posible dirigirlo. || > globo dirigible.
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dirigir |
Regir, gobernar o dar las directrices para la administración y funcionamiento de una empresa, departamento o actividad. || Mandar o dar las órdenes para la consecución de un fin. || Dar las pautas para realizar un trabajo. || Guiar, conducir o llevar hacia un lugar determinado. "Aunque en el lenguaje informático se distingue entre dirigir (trasladar el contenido) y direccionar (especificar una ruta en una red para que la información llegue a su objetivo) es preferible no utilizar el verbo direccionar en lugar de dirigir". || Orientar; mostrar un camino. || Etiquetar un carta o bulto con las señas necesarias para que sea llevado a su destino. || Encausar la intención y la actividad para la obtención o alcance de un objetivo. || Determinar el pensamiento o la conducta de alguien. || Aconsejar, proponer. || Decirle a alguien algo, sea de palabra o por escrito. Se dirigió a mí en un tono muy agresivo. || En asuntos artísticos, marcar la orientación de la obra y la actuación de los intérpretes. Dirigir una película, obra escénica u orquesta musical. || En informática, trasladar el contenido de una información.
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dirimente | Que deshace o desune un matrimonio. ► impedimento matrimonial dirimente. || Que termina una controversia. || Que concluye o compone un desacuerdo. |
dirimir | Deshacer, desunir un matrimonio. || Terminar una controversia. Aquello se dirimió ante un tribunal. || Concluir, componer un desacuerdo. |
discapacidad | Condición de carencia o disminución física, mental, intelectual o sensorial que limita a la persona humana para el ejercicio de ciertas actividades. ► persona con discapacidad. |
discapacitado (a) | Que está en condición —total o parcial, temporal o perenne— de carencia o disminución física, mental, intelectual o sensorial que limita el ejercicio de algunas actividades. ► persona con discapacidad. |
discapacitar | Dejar a una persona en condición de carencia o disminución física, psíquica, intelectual o sensorial. |
disciplina |
Acatamiento de las normas. || Estricta obediencia a lo dispuesto u ordenado, con la finalidad de conseguir un objetivo. || Acato riguroso de leyes u ordenamientos. || Actitud de quien se somete a determinadas reglas, preceptos o normas. || Conjunto de instrucciones, preceptos y mandatos. || Método y doctrina que guía la instrucción de alguien. || Arte, ciencia. La disciplina artística. || Asignatura, materia, estudio. Nunca me fue bien en los exámenes de esa disciplina. || Modalidad de un quehacer determinada. La disciplina del nado sincronizado. La disciplina del salto largo. || Sobre todo en plural, azote, látigo.
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disciplinar |
Someter a alguien determinadas normas, preceptos y reglas. || Azotar con disciplinas. > disciplina. || Instruir, aleccionar o educar a una persona. || Entrenar, preparar a un animal.
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disciplinario (a) |
Que establece el sometimiento a determinadas normas legales o reglamentarias. || Que obliga a la adopción de cierta conducta. || Que sirve para la corrección de alguna falta. || Que manda el acatamiento riguroso de instrucciones, preceptos y mandatos.
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disconformidad | Oposición, desacuerdo en voluntades, resoluciones o dictámenes. || Diferencia en cuanto a esencia, forma u objetivo. |
discontinuar | Interrumpir la continuación, prosecución o seguimiento de algo. |
discontinuidad | En lo laboral, cese temporal de la jornada que se toma para alimentarse o descansar. || En un proceso, cese del desarrollo o continuidad de lo que se hace. || Interrupción, intermitencia. |
discontinuo (a) | Interrumpido, intermitente, entrecortado. |
discreción | Reflexión e inteligencia para formar un juicio. || Sensatez y tacto para expresarse o proceder. || Habilidad para expresarse ingeniosa y oportunamente. || Reserva, medida, prudencia. || Cualidad de no decir lo que no se debe. || Cualidad de guardar secreto. || a discreción. Al arbitrio o juicio de alguien. A discreción del juez. || A criterio de una persona. || años de discreción. Momento de la vida, pasada la niñez, en que se empieza a advertir la madurez adquirida. || edad de discreción. Edad adulta que supone actuar con cordura. |
discrecional | Dicho de lo que se piensa o hace: Que no se encuentra sometido a reglas específicas, sino que se confía al criterio de quien actúa. “El acto discrecional será inválido, además, cuando viole reglas elementales de lógica, de justicia o de conveniencia, según lo indiquen las circunstancias de cada caso”. (Ley General de la Administración Pública, 6227 de 2 de mayo de 1978, artículo 160). || Que está determinado por la prudencia o juicio de quien hace. || Que realiza libremente por no existir regulación. |
discrecionalidad |
Cualidad de la potestad o actuación que no se encuentra sujeta a reglas particulares, sino que se encomienda al criterio de quien hace. > discrecionalidad administrativa. || Modo que se halla determinado por la prudencia o juico de quien actúa. || Carácter de lo que se realiza libremente por no existir regulación.
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