| Term | Definition | 
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| crimen de agresión | 				 Delito contra la paz consistente en dirigir, apoyar, colaborar o encubrir una guerra de agresión.  | 
			
| crimen de apartheid | 				 Acto similar a los que configuran los crímenes de lesa humanidad que se perpetra en el contexto de un régimen institucionalizad de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales y con la intención de mantener dicho régimen. ► apartheid. crimen de lesa humanidad.  | 
			
| crimen de genocidio | 				 ► genocidio.  | 
			
| crimen de guerra | 				 Nominación internacional penal que comprende, en una situación de guerra, cualquiera de las acciones que consistan en el homicidio intencional; la tortura o los tratos inhumanos; los experimentos biológicos; la causación deliberada de grandes sufrimientos o el atentado grave contra la integridad física o la salud; la destrucción o apropiación de bienes —no justificadas por necesidades militares— efectuadas a gran escala, ilícita y arbitrariamente; forzamiento al prisionero de guerra, o a otra persona protegida, a servir en las milicias de una Potencia enemiga; privación deliberada del derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente; la deportación, traslado o confinamiento ilegales; y la toma de rehenes. ► guerra. leyes de la guerra. 
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| crimen de lesa humanidad | 				 Nominación internacional penal aplicada a cualquier acto cometido, como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque, que comprende asesinato; exterminio; esclavitud; deportación o traslado forzoso de una población; encarcelamiento o privación grave de la libertad ambulatoria; tortura; violación sexual; prostitución forzada; embarazo forzado; esterilización forzada; desaparición forzada de personas; crimen de apartheid; y actos inhumanos que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atentan gravemente contra la integridad física o contra la salud mental. ► ataque contra una población civil. crimen de apartheid. deportación o traslado forzoso de población. desaparición forzada de personas. embarazo forzado. esclavitud. exterminio. persecución. tortura.  | 
			
| crimen organizado | 				 Delincuencia desarrollada, por dos o más personas y jerárquicamente establecida, que se organiza para la obtención de beneficios, control de territorios y mercados, violencia, intimidación o corrupción mediante. || En Costa Rica, locución sinónima de ‘delincuencia organizada’. ► delincuencia. delincuencia organizada.  | 
			
| crímenes de guerra | |
| criminal | |
| criminal de guerra | 				 Persona que ha cometido, o desea cometer, en una situación de guerra, cualquiera de las acciones que consistan en el homicidio intencional; la tortura o los tratos inhumanos; los experimentos biológicos; la causación deliberada de grandes sufrimientos o el atentado grave contra la integridad física o la salud; la destrucción o apropiación de bienes —no justificadas por necesidades militares— efectuadas a gran escala, ilícita y arbitrariamente; forzamiento al prisionero de guerra, o a otra persona protegida, a servir en las milicias de una Potencia enemiga; privación deliberada del derecho a ser juzgado legítima e imparcialmente; la deportación, traslado o confinamiento ilegales; y la toma de rehenes. ► guerra. leyes de la guerra.  | 
			
| criminalidad | 				 Circunstancia o cualidad que determina que una conducta o hecho sea criminal o delictiva. No hubo discusión en cuanto a la criminalidad de su intención. ► crimen. delito. || Cantidad, tasa o proporción de delitos o crímenes. || Número de delitos o crímenes que se da en un lugar o tiempo determinados. Ha habido un aumento de la criminalidad relacionada con el narcotráfico.  | 
			
| criminalista | 				 Se dice de la persona que de forma especializada estudia el delito y el crimen. || Abogado o profesional en derecho que actúa en enjuiciamientos penales.  | 
			
| criminalística | 				 Aplicación de los conocimientos o técnicas científicas a las averiguaciones concernientes a un hecho delictivo. || Investigación o estudio de los indicios y de las pruebas para la determinación de que se cometió un delito, quién lo cometió, dónde lo cometió, cuándo se consumó, cómo se perpetró y por qué se delinquió. || Estudio de los indicios y de las pruebas, de un hecho criminal, con el fin de obtener una conclusión.  | 
			
| criminología | 				 
					 Disciplina que estudia las causas y contexto de la conducta delictiva. || Rama del derecho que investiga acerca del delito, el delincuente, su represión y tratamiento. || Tratado o estudio del crimen. || Conjunto de ciencias y disciplinas que estudia el delito; al delincuente; a la víctima; y la conducta delictiva, individual o colectiva. || Tratado de la etiología criminal, la prevención del fenómeno delictivo y los remedios necesarios.				 
				
												
				
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| criminología crítica | 				 Tendencia criminológica que estudia los procesos de creación de las normas punitivas, la discriminación en los intereses legales protegidos y el desencadenamiento y operación del control social. ► control social. criminología.  | 
			
| crio (a) | 				 Niño de corta edad. || Coloquial y, en ocasiones peyorativo, persona adulta que se comporta con inmadurez o ingenuidad. || Animal en su etapa de cría. ► cría.  | 
			
| crisis | 				 Dificultad o problema que generalmente apareja un conflicto o situación de cuidado. Las diversas crisis que han atravesado los países y sus habitantes. || Situación o condición mala. La situación de la selección de fútbol es de crisis. || Cambio intenso o amplio de derivaciones, efectos o corolarios. || En Medicina, aumento súbito o violento de los síntomas de una enfermedad. || Cambio brusco en una enfermedad del que deriva un empeoramiento. || En Economía, reducción en el crecimiento de la producción. || Fase más baja de un ciclo económico.  | 
			
| crisis climática | 				 Variación intensa o brusca del clima planetario y que, dadas la magnitud o consecuencias, pone en peligro la vida en la Tierra. Se considera que la crisis climática es provocada por la acción del ser humano. ► calentamiento global. cambio climático. efecto invernadero. emergencia climática.  | 
			
| criterio | 				 Pensamiento, creencia u opinión que se tiene de alguien o algo. || Facultad para entender algo o para formarse una opinión. Carmen es una mujer con mucho criterio. || Norma para conocer la verdad o falsedad de alguien o algo. || Pauta para pensar o actuar.  | 
			
| criterio de fraude a la ley | 				 En Costa Rica, descriptor del Centro Electrónico de Información Jurisprudencial que corresponde a ‘fraude de ley’. “En doctrina se distingue el acto contra legem agere y el acto in fraus legis; en el primero contrario a la ley, el acto choca en forma abierta y directa contra la norma positiva; en el segundo, en fraude a la ley, la violación se cumple de manera encubierta, velada, pues aparentando conformidad con el texto legal se infringe su contenido. El fraude a la ley consiste en las maniobras o procedimientos tendientes a eludir, en forma indirecta, la aplicación de la ley imperativa, para obtener bajo forma lícita un resultado prohibido por la ley”. (Tribunal Segundo Civil, Sección Primera, N.° 183 de 09:20 h de 24 de mayo de 2002). ► fraude de ley.  | 
			
| criterio de fraude de ley. | |
| criterio de oportunidad | 				 Pauta para la aplicación del principio de oportunidad. ► principio de oportunidad.  | 
			
| criterio de oportunidad - testigo de la corona | 				 En Costa Rica, en la Sala Tercera, descriptor que engloba las nociones de ‘criterio de oportunidad’ y de ‘testigo de la corona’. Posibilidad legal del fiscal para que se prescinda, total o parcialmente, de la persecución penal, en caso de que haya un coimputado que testifique en contra de otro u otros implicados y a cambio obtiene inmunidad o una reducción de la condena. ► principio de oportunidad. testigo de la corona.  | 
			
| criterio del caso regla | 				 En materia punitiva, pauta para la imposición de una pena, mayor o menor, consistente en la comparación que hace el juez, según su criterio y experiencia, entre la forma común de realizar una conducta delictiva y los casos que rebasan esa manera de delinquir. Con respecto al criterio del caso regla se ha dicho que “Es posible pensar que los extremos mínimos y máximos [para la imposición de la pena] que [el legislador] incluyó en la incriminación penal tendrán que ser decididos entre los casos que son “cotidianos” o “frecuentes” y aquellos que por su forma de ser realizados exceden las formas frecuentes del caso-regla”.  | 
			
| criterios objetivos de selección para la fiscalización tributaria | 				 Normas o pautas para elegir o escoger contribuyentes para que sean inspeccionados o examinados en cuanto a lo que se refiere a sus tributos. El Reglamento sobre Criterios Objetivos de Selección de Contribuyentes para Fiscalización, No 25925-H, en lo relativo a los criterios objetivos de selección para la fiscalización tributaria, en su artículo 1, apunta: “Artículo 1°-La selección de contribuyentes para fiscalización de los impuestos que administra el Ministerio de Hacienda, por medio de la Dirección General de la Tributación Directa, se fundamentará en al menos uno de los siguientes criterios: a) Todos los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Nacionales podrán, cuando así lo defina y convenga a los intereses de la Administración Tributaria, ser seleccionados para ser fiscalizados, corresponde a la Dirección General de Tributación emitir los criterios para la clasificación de los contribuyentes dentro de la categoría de Grandes Contribuyentes; b) Que la información consignada en las declaraciones tributarias correspondientes a los distintos impuestos administrados por la Dirección General, registre valores diferentes a los detectados por medio de información interna o externa; c) Que sus indicadores tributarios o financieros se desvíen significativamente de los indicadores promedio de la actividad económica en que se desempeñan; d) Que generen saldos a favor en el impuesto sobre las Ventas, durante tres o más meses consecutivos o alternos del periodo comprendido de octubre de un año a setiembre del siguiente, y tratándose del Impuesto sobre el Valor Agregado, de enero a diciembre de un mismo año. También se podrá aplicar este criterio de selección en aquellos casos en que los créditos aplicados en la declaración de un mes determinado, representen un monto significativo en relación con el impuesto declarado; e) Que gocen de beneficios fiscales amparados a contratos especiales (forestales, industriales, turísticos, de exportación y otros que se lleguen a dar); f) Que hubieren incurrido en alguno de los siguientes incumplimientos a sus deberes tributarios: 1. Que hubieren omitido la presentación de alguna de las declaraciones impositivas o informativas, a que estuvieren obligados. 2. Que no hubieren atendido adecuadamente los requerimientos de información de trascendencia tributaria que se le hubieren formulado. 3. Que no hubieren practicado las retenciones que establecen las leyes impositivas o que las practicadas muestren diferencias con respecto a los valores detectados por la Administración Tributaria. 4. Que, previamente requerido para que presente las declaraciones tributarias que hubiere omitido, las presente igualando los ingresos que se le imputan con los costos y deducciones o cuando estos últimos superen a aquellos […]”. ► fiscalización tributaria.  | 
			
| croata | 				 
					 Perteneciente o relativo a Croacia.				 
				
												
				
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