Diccionario

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Term Definition
contratante

Que por contrato o contrata conviene acerca de un servicio, proceder o cosa determinada. La Administración o la persona que contrata es el ‘contratante’. La voz “contratante”, en el ámbito forense, se utiliza, también, como sustantivo. contratista. || Quien celebra un contrato.

contratar

Convenir acerca de un servicio, proceder o cosa determinada, de manera que el cumplimiento pueda ser exigido. || Acordar jurídicamente de forma que haya exigibilidad de lo acordado y que se determine la responsabilidad ante el incumplimiento. || Convenir de manera que haya obligación de hacer o no hacer. || Pactar de modo que haya efectos jurídicos. || Concertar para recibir un bien o un servicio a cambio de dinero o precio. || Emplear a alguien.

contratiempo

Suceso accidental que dificulta o imposibilita el curso normal de algo. Dijo Sutana que tuvo un contratiempo y que llegará tarde.

contratista

Persona que tiene a su cargo, en virtud de un contrato, la ejecución de una obra. || Quien contrata con la Administración para ejecutar alguna cosa. || Que por contrato o contrata presta un servicio, se compromete a determinado proceder o a la realización de una obra. contratante. || En asuntos laborales persona que, con organización empresarial y capital propio, contrata los servicios de alguien para que ejecute un trabajo en favor de otro. Se puede entender que el elemento diferenciador entre un contratista y un intermediario es la organización empresarial y capital propio del primero y por ello único obligado frente a sus trabajadores; mientras que el segundo es solidariamente responsable con el beneficiario de la prestación del servicio. intermediario (a).

contrato

Convenio, oral o escrito, entre dos o más partes, relativo a materia, servicio, proceder o cosa determinada, cuyo cumplimiento puede ser exigido. || Acuerdo jurídico que conlleva la exigibilidad de un proceder y determina responsabilidad ante el incumplimiento. || Convención mediante la cual una o más personas se obligan a hacer o no hacer alguna cosa. || Pacto, de una o varias partes, generador de efectos jurídicos. || Documento en el que consta el pacto acordado entre partes.

contrato a destajo

En materia laboral, contrato de trabajo que se remunera con base en la cantidad de piezas, obras o labores que se realizan, sin consideración al tiempo empleado. a destajo. destajo. salario a destajo. trabajo a destajo.

contrato a plazo fijo

Noción del derecho del trabajo, sinónima de ‘contrato laboral por tiempo determinado’. ► contrato laboral por tiempo determinado.  || Acortamiento de ‘contrato laboral a plazo fijo’.

 

contrato a plazo indefinido

Convenio relativo a servicio, proceder o cosa determinada que se acuerda sin establecer límites temporales en cuanto a su duración. || En materia de trabajo, acortamiento del descriptor “contrato laboral por tiempo indefinido”. contrato laboral por tiempo indefinido.

contrato abstracto

Convenio que produce efectos por la mera voluntad de las partes, independientemente de la causa. Con un contrato abstracto, Perencejo le entrega a Mengano una cantidad independientemente de si es un préstamo, el pago de una deuda o una simple liberalidad.

contrato accesorio

Pacto contractual que se realiza para garantizar la concreción de otro contrato principal de cuya existencia depende. Son ejemplo de contrato accesorio los contratos de fianza, prenda, hipoteca.

contrato administrativo

Pacto, acuerdo o convenio, creador de relaciones jurídicas, entre la Administración —o entidad no estatal en ejercicio de la función administrativa— y otra parte, cuyo objeto son obras y servicios públicos. || Manifestación de voluntad, productora de efectos jurídicos, entre dos o más personas, de las cuales al menos una ejerce la función administrativa. ► contratación administrativa. || El efectuado entre las diferentes administraciones públicas y los particulares.

contrato agrario

Contrato asociativo, vinculado con una función económica y social, que se instituye consensualmente con el fin común de permitir la constitución y el funcionamiento de una empresa agraria que tenga una duración que se proyecte en el tiempo. “El contrato agrario es un contrato asociativo, similar a uno de aparcería, con características de contrato agroindustrial”. (Tribunal Agrario, N.° 14 de 11:01 h de 22 de enero de 2009). actividad agraria. contrato agroindustrial. contrato asociativo. contrato de aparcería agraria. empresa agraria. fundo agrario. función de la propiedad agraria. función económica de la propiedad agraria. || Relación jurídica devenida de un acuerdo de voluntades determinado a mantener derechos y obligaciones de las partes con relación a cosas y servicios agrarios.

contrato agrario asociativo

En el Centro Electrónico de Información Jurisprudencial, descriptor referido al contrato agrario. contrato agrario. contrato asociativo. contrato de aparcería agraria.

contrato agroforestal

Acuerdo o convenio que tiene como eje o finalidad un asunto relativo a plantaciones que combinan la producción de árboles y plantas con otros cultivos agrícolas.

contrato agroindustrial

Acuerdo entre empresarios agrícolas y empresarios industrializadores o comercializadores, tendente a producir, en forma asociada, determinados productos; encargado el empresario agrario del trabajo agrícola, y el pago y contraprestación de servicios o asistencia por parte del empresario comercial o industrializador. El contrato agroindustrial integra la actividad agrícola y comercial. ► contrato agrario. contrato de aparcería agraria. empresa agraria. || Pacto mediante el cual el empresario agrícola y el empresario comercializador o industrializador se vinculan para integrar la actividad agrícola con la comercialización o industrialización de los productos. “Con el contrato agroindustrial los empresarios agrícolas se vinculan con los industrializadores o comercializadores de sus mismos productos para —dentro de un proceso de integración vertical— poder colocar con mayor seguridad sus bienes en el mercado, y a su vez tener ventajas económicas de etapas superiores —como la industrialización o la comercialización— de los bienes por ellos producidos; y la formación de consorcios o asociaciones de productores, pues por su medio los empresarios se unen entre sí —en una integración horizontal— para lograr enfrentar a otros sectores productivos, los retos del mercado, o bien para simplificar sus procesos económicos”. (Sala Primera de la Corte, N.° 190 de 14:00 de 11 de octubre de 1994).